Cómo calcular la liquidación al terminar el contrato de trabajo

Cuando el trabajador termina su contrato de trabajo, el empleador debe pagarle la liquidación a que tiene derecho el trabajador y aquí explicamos cómo se hace.

A tener en cuenta para calcular la liquidación.

La liquidación se calcula a partir del salario del trabajador, el cual incluye los distintos conceptos como horas extras, recargos nocturnos, trabajo dominical o festivo, comisiones, etc.

La liquidación depende del tiempo a partir del cual se le hizo la última liquidación de prestaciones sociales y vacaciones al trabajador.

Las prestaciones sociales se deben liquidar por lo menos cada año, al finalizar el año, y no sólo al terminar el contrato de trabajo.

Conceptos a liquidar.

Cuando el trabajador termina el contrato se le deben liquidar los siguientes conceptos:

  • Cesantías.
  • Intereses sobre cesantías.
  • Prima de servicios.
  • Vacaciones pendientes de disfrute.

Como se observa, son los mismos conceptos que se deben liquidar todos los años en vigencia del contrato de trabajo, de manera que al terminar el contrato se liquidan los mismos conceptos a partir de la última fecha en que se liquidaron, así que la liquidación como tal no incluye conceptos distintos a los que se liquidan cada año regularmente.

Recordemos que estos conceptos se liquidan cada año en las siguientes fechas:

Cesantías  31 de diciembre de cada año
Intereses sobre cesantías  31 de diciembre de cada año
Prima de servicios 30 de junio y 20 de diciembre de cada año.
Vacaciones  Cuando el trabajador cumpla un año de trabajo o desde las últimas vacaciones.

En consecuencia, al calcular la liquidación cuando el trabajador sale de la empresa, se toman como referencia las fechas en que se hizo la última liquidación de cada uno de esos conceptos, y eso determina los días trabajados sobre los que se hace la liquidación.

Así, por ejemplo, si un trabajador lleva trabajando para la empresa 5 años, la liquidación no se hace por 5 años, sino por el tiempo que haya transcurrido desde la fecha en que se liquidó por última vez cada uno de los conceptos anteriormente señalados.

De manera que si el trabajador se retira en marzo de 2021 la liquidación corresponde únicamente al tiempo transcurrido entre enero y marzo de 2021, ya que en diciembre de 2020 se debieron liquidar cesantías, intereses sobre cesantías y prima de servicios.

Las vacaciones se liquidan desde la última vez en que se otorgaron al trabajador.

Así se calcula la liquidación.

Teniendo claro los anteriores conceptos, la liquidación se hace con base al salario del trabajador aplicando las siguientes fórmulas:

Concepto a liquidar. Fórmula para hacer la liquidación.
Cesantías  (Salario mensual * Días trabajados) /360
Intereses sobre cesantías  (Cesantías * Días trabajados * 0,12) /360
Prima de servicios  (Salario mensual * Días trabajados en el semestre) /360
Vacaciones  (Salario mensual básico * Días trabajados) /720

Para hacer la liquidación sólo debemos reemplazar los valores de cada fórmula y hacer los cálculos respectivos.

Ejemplo en el cálculo de la liquidación.

Supongamos un trabajador que tiene un salario de $1.500.000 mensuales que se retira el 20 de abril de 2021, y la última vez que salió a vacaciones fue el 20 de septiembre de 2020.

Para hacer la liquidación debemos determinar los días trabajados que solicita cada fórmula, y para ello debemos contar los días que han transcurrido entre la última liquidación y la fecha en que el trabajador se retira, así:

Concepto Última liquidación Retiro Días transcurridos
Cesantías 31 de diciembre de 2020 20/04/2021 110
Intereses sobre cesantías 31 de diciembre de 2020 20/04/2021 110
Prima de servicios 31 de diciembre de 2020 20/04/2021 110
Vacaciones 20 de septiembre de 2020 20/04/2021 210

Aquí partimos del supuesto que el empleador liquidó las prestaciones sociales a 31 de diciembre del 2020, así que sólo se adeuda lo correspondiente a 2021. Si no es el caso, se toma como referencia la fecha en que se hizo la última liquidación, como por ejemplo diciembre 31 de 2019, o junio de 2020, etc.

Si el trabajador es nuevo y por la corta duración del contrato, previo a la fecha de retiro no se ha liquidado ningún concepto, se utiliza como referencia la fecha de ingreso del trabajador para hacer la liquidación.

El cálculo de los días se hace en Excel utilizando la formula DIAS360 en razón a que para efectos laborales el mes se entiende de 30 días y el año de 360 días.

El mes laboral tiene 30 días.Para calcular los valores relacionados con la nómina y el contrato de trabajo el mes se considera de 30 días.

Con base a lo anterior tenemos los siguientes valores:

  • Salario: $1.500.000.
  • Días trabajados: 110 para prestaciones y 210 para vacaciones.

Reemplazando esos valores en las fórmulas tenemos lo siguiente:

Concepto. Fórmula. Valor liquidado.
Cesantías. 1.200.000 x 110 / 360 $458.333
Intereses cesantías. 458.333 x 110 x 0.12 / 360 $16.806
Prima de servicios. 1.200.000 x 110 / 360 $458.333
Vacaciones. 1.200.000 x 210 / 720 $299.167
Total liquidación.   $1.162.637

Para calcular los intereses sobre cesantías primero se deben liquidar las cesantías.

Plazo para el pago de la liquidación.

La liquidación se debe pagar al trabajador el día en que se retire, puesto que la ley no otorga ningún plazo al empleador para el pago.

Plazo para pagar la liquidación.Plazo o término que tiene el trabajador para pagar la liquidación una vez termina el contrato de trabajo, o despide al trabajador.

Este aspecto está regulado en el artículo 65 del código sustantivo del trabajo.

Calculadora de la liquidación.

En Gerencie.com desarrollamos una herramienta en Excel que permite hacer el cálculo automático de la liquidación a partir de los datos que suministre el usuario.

Descargar herramienta.

Téngase en cuenta que además de los conceptos aquí liquidados, se debe pagar al trabajador el salario del último mes laborado, y de los meses que anteriores que estén pendientes de pago.

Adicionalmente, si el trabajador ha sido despedido sin justa causa, se debe liquidar también la indemnización por despido injusto, que puede liquidar utilizando esta herramienta.

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  1. Hell (febrero 14 de 2022)

    Buenos días gracias por información valiosa, solo quisiera consultar un caso muy particular si es posible, cuando el empleado se retira al terminar las vacaciones, la fecha de retiro sería al iniciar vacaciones o al finalizar vacaciones?

    Responder
  2. VaZi (marzo 6 de 2022)

    En el ejercicio para calcular las cesantías, pones 1.200.000, pero el salario es de 1.500.000. ¿Por qué?, y la respuesta de la fórmula da con 1.500.000… por qué?

    Responder
  3. Diana paola torres vera (julio 1 de 2022)

    Quisiera saber yo trabaje 45 días y me echaron sin justa razón como saco el porsentage de la liquidación o q debo hacer

    Responder
  4. Carmen yela (febrero 9 de 2023)

    Ya terminé mi contrato por un año quisiera saber cuánto tengo que recibir la totalidad de la liquidación porfavor saldo

    Responder
  5. Diana Mar (abril 25 de 2023)

    No entiendo, si en el ejemplo de la liquidación dicen que el trabajador gana 1.500.000, porque hacem los ejercicios con un salario de 1.200.000.
    No tiene lógica y el resultado no seria el mismo.

    Responder
  6. Diana Mar (abril 25 de 2023)

    El ejemplo de la liquidacion, ademas del error con el valor que gana y los valores que ponen, LA OPERACION DE LA LIQUIDACON DE LAS VACACIONES TAMBIEN ESTA ERRONEO.

    Ojo que en vez de informar, esto desinforma

    Responder
  7. rosangelica (agosto 3 de 2023)

    hola buenas tardes era para saber cuanto me corresponde liquidacion de 9 mese de trabajo desde el 25 de octubre del 2022 hasta julio 13 del 2023

    Responder
  8. mona (diciembre 14 de 2023)

    hola trabaje 4 meses exactos soy de venezuela y trabajo en medellin colombia. se me dificulta sacar la cuenta de mi retiro. me retiro por problemas nadie me echo. devengo un sueldo minimo de 1.20000

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a mona (diciembre 15 de 2023)

      De prestaciones sociales tendría aproximadamente $1.111.000.

      Puede hacer el cálculo en este enlace, colocando 120 días laboradores, y el auxilio de transporte.

      Saludos

      Responder

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