La base en la retención en la fuente por Iva es el total del Iva generado y facturado en la respectiva operación de venta.
Base de retención del Iva.
Como su nombre lo indica, la retención por Iva se aplica sobre el Iva, pues de lo contrario se llamaría retención por compras, ventas, etc., aunque se puede utilizar una base diferente pero equivalente, como el valor de la compra cono en efecto algunos hacen.
Por lo general, la retención por Iva es del 15% sobre el Iva, y el Iva por lo general es del 19% [tarifa general].
En una factura se debe discriminar el Iva cobrado, por lo que no hay ningún problema en identificar el Iva sobre el cual se debe aplicar la retención, y resulta indiferente si la tarifa del Iva es del 19% o 5%, puesto que en la factura el Iva estará en pesos, y sobre ese valor se aplicará el 50%.
Ejemplo de liquidación de la retención por Iva.
Suponiendo una venta de $1.000.000 a una tarifa del 19%, tendremos una Iva de $190.000
La retención por Iva será el 15% del Iva, es decir el 15% de $190.000 para una retención de $28.500 (190.000x0.15)
Pero también podemos aplicar el 15% a la tarifa del Iva, para luego aplicar el resultado sobre el valor de la venta:
Tarifa de Iva: 19%, y 19% por 15% = 2.85%
Valor de la venta: 1.000.000.
Retención por Iva: 1.000.000 x 2.85% = 28.500.
El resultado es el mismo, pero el procedimiento es más engorroso y se corre el riesgo de equivocarnos.
Base mínima en la retención en la fuente por Iva.
La base mínima para efectuar la retención en la fuente por Iva es la misma que en la retención por renta, es decir, 4 Uvt en servicios y 4 27 Uvt en compras, excepto en los pagos al exterior done se aplica sobre el 100% sin importar el monto del pago al tenor del artículo 1.3.2.1.12 del decreto 1625 de 2016.
agosto 27th, 2020 a las 10:39 am
Hola, buen día, sus publicaciones son geniales y muy conocidas en el ámbito universitario, son de hecho reconocidos como una buena referencia o fuente de información. Es por ello que quisiera hacer una observación en esta ocasión, en varias de sus publicaciones he visto algunos errores de ortografía y, como en este caso hay un error en el valor de $18.500 al inicio; si bien es natural y comprensible que nos equivoquemos pues estos errores pueden confundir a las personas o hacer perder algo de credibilidad a la página, es por ello que consideré pertinente la observación.
Ustedes son geniales, gracias.
agosto 10th, 2023 a las 8:56 am
Buenos dias, y si la retencion es por honorarios cual base se aplica, la de honorarios en renta o la de servicios