En este artículo 16 secciones
- Tarifas de riesgos laborales 2026.
- Cotización ARL en 2026 sobre un salario mínimo.
- Calcule el aporte a riesgos laborales según su salario.
- Cómo se define el nivel de riesgo de los empleados en una empresa.
- El nivel de riesgo no cambia las prestaciones.
- Preguntas frecuentes.
- ¿Cuánto es el porcentaje de la ARL riesgo 3?
- ¿Cuánto se paga de ARL en riesgo 4 y riesgo 5?
- ¿La ARL se paga sobre el salario mínimo para todos los empleados?
- ¿Cómo sé qué nivel de riesgo tiene mi empresa?
- ¿Todos los trabajadores de la empresa tienen el mismo nivel de riesgo?
- ¿El nivel de riesgo influye en la indemnización o la atención?
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La cotización a riesgos laborales depende del nivel de riesgo de la actividad, en cinco clases: 0,522% para el riesgo I, 1,044% para el II, 2,436% para el III, 4,350% para el IV y 6,960% para el V, según el artículo 2.2.4.3.5 del decreto 1072 de 2015. El porcentaje se aplica sobre el ingreso base de cotización del trabajador, y el nivel lo determina la actividad económica de la empresa o del centro de trabajo. ¿Cuánto se paga en 2026 y cómo se define el nivel de riesgo?
Tarifas de riesgos laborales 2026.
El sistema de riesgos laborales clasifica las actividades en cinco niveles, del menor al mayor riesgo. A cada uno le corresponde una tarifa, que es un porcentaje del ingreso base de cotización:
| Nivel de riesgo | Tarifa | Actividades de ejemplo |
|---|---|---|
| Riesgo I | 0,522% | Trabajo de oficina, actividades financieras, administrativas y educativas |
| Riesgo II | 1,044% | Algunos procesos manufactureros, comercio, almacenes, algunas labores agrícolas |
| Riesgo III | 2,436% | Procesos manufactureros como fabricación de agujas, alcoholes y artículos de cuero; algunas actividades de salud y de comercio de repuestos |
| Riesgo IV | 4,350% | Transporte de pasajeros y de carga, vigilancia privada, fabricación de aceites y vidrios |
| Riesgo V | 6,960% | Construcción, areneras, manejo de explosivos y asbesto, bomberos, explotación petrolera y minera |
Estas son las tarifas iniciales de cada clase. La norma permite que, dentro de cada clase, la tarifa suba o baje entre un mínimo y un máximo según la siniestralidad de la empresa y su gestión de prevención, pero la mayoría de las empresas cotiza con la tarifa inicial.
Cotización ARL en 2026 sobre un salario mínimo.
El porcentaje se aplica sobre el ingreso base de cotización del trabajador, que es su salario, no sobre el salario mínimo. Para quien gana el salario mínimo de 2026, $1.750.905, los aportes mensuales son:
| Nivel de riesgo | Aporte mensual |
|---|---|
| Riesgo I | $9.140 |
| Riesgo II | $18.279 |
| Riesgo III | $42.652 |
| Riesgo IV | $76.164 |
| Riesgo V | $121.863 |
La planilla aproxima cada aporte al múltiplo de cien superior, de modo que el valor pagado puede variar en unos pesos. Para un trabajador que gana dos salarios mínimos, $3.501.810, el aporte en riesgo III es de $85.304, y en riesgo V, de $243.726.
Calcule el aporte a riesgos laborales según su salario.
Seleccione el nivel de riesgo e ingrese el monto del salario para calcular el aporte a riesgos laborales.
Recordemos que en el trabajador dependiente la ARL la paga en su totalidad el empleador, y que en el contratista la paga él mismo en los riesgos I a III y el contratante en los riesgos IV y V, como explicamos en el artículo sobre los riesgos laborales en trabajadores independientes.
Cómo se define el nivel de riesgo de los empleados en una empresa.
En una empresa, los trabajadores desarrollan actividades con riesgos distintos, pero el nivel de riesgo no se asigna trabajador por trabajador. Se determina según la actividad económica principal de la empresa, identificada con su código CIIU, al afiliarse a la ARL.
Así, si la actividad principal de la empresa es de riesgo II y uno de sus trabajadores hace una labor de riesgo IV, ese trabajador se afilia en riesgo II. Y si la empresa es de riesgo V, su secretaria también se afilia en riesgo V, salvo que la empresa tenga centros de trabajo separados.
La tabla del decreto 768 de 2022.
El decreto 768 de 2022 contiene la tabla que asigna el nivel de riesgo a cada actividad económica. Cuando la actividad de la empresa no está en la tabla, su artículo 5 dispone:
«Cuando una actividad económica no se encuentre en la tabla contenida en el anexo del presente Decreto, la empresa y la Administradora de Riesgos Laborales – ARL efectuarán la clasificación de acuerdo con la actividad más afín contemplada en la tabla, para lo cual deberán tener en cuenta el peligro y riesgo laboral, las materias primas, los materiales o insumos que se utilicen, los medios de producción, procesos, almacenamiento y transporte.»
Es decir que la clasificación la hacen conjuntamente la empresa y la ARL, con base en los peligros reales de la actividad.
Centros de trabajo con riesgos diferentes.
La empresa con dos o más centros de trabajo puede clasificarlos en niveles distintos, según el artículo 2.2.4.3.9 del decreto 1072 de 2015, siempre que se cumplan estas condiciones:
- Que exista una clara diferenciación de las actividades de cada centro de trabajo.
- Que las edificaciones o áreas de los centros de trabajo sean independientes entre sí, de modo que los trabajadores de un área no laboren total o parcialmente en la otra.
- Que los factores de riesgo de la actividad de un centro de trabajo no expongan directa o indirectamente a los trabajadores de los otros.
Es especialmente útil para las empresas de riesgo IV o V que tienen una sede administrativa separada: si cumple las condiciones, esa sede puede clasificarse en riesgo I, con un ahorro importante en las cotizaciones.
Nivel de riesgo de los contratistas.
Para el contratista, el nivel es el mayor entre el del centro de trabajo donde presta el servicio y el de la actividad que él mismo realiza, según el artículo 2.2.4.2.2.11 del decreto 1072 de 2015. Si el contratante no tiene centros de trabajo, la comparación se hace con el riesgo de su actividad principal.
El nivel de riesgo no cambia las prestaciones.
El nivel de riesgo define cuánto cuesta el seguro, no cuánto paga la ARL. Las incapacidades, indemnizaciones y pensiones se liquidan sobre el ingreso base de cotización y la pérdida de capacidad laboral del trabajador, y la calidad de la atención es la misma en cualquier nivel. Lo que cubre el sistema lo explicamos en el artículo sobre el sistema general de riesgos laborales.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Cuánto es el porcentaje de la ARL riesgo 3?
El 2,436% del ingreso base de cotización. Con el salario mínimo de 2026, son $42.652 al mes.
¿Cuánto se paga de ARL en riesgo 4 y riesgo 5?
El 4,350% en riesgo IV y el 6,960% en riesgo V. Con el salario mínimo de 2026, $76.164 y $121.863 al mes.
¿La ARL se paga sobre el salario mínimo para todos los empleados?
No. Se paga sobre el ingreso base de cotización de cada trabajador, que es su salario, con un mínimo de un salario mínimo.
¿Cómo sé qué nivel de riesgo tiene mi empresa?
Por la actividad económica principal registrada al afiliarse a la ARL, según la tabla del decreto 768 de 2022. La ARL puede certificarlo.
¿Todos los trabajadores de la empresa tienen el mismo nivel de riesgo?
Por regla general sí, el de la actividad principal. Solo pueden tener niveles distintos si la empresa tiene centros de trabajo separados que cumplan las condiciones del decreto 1072 de 2015.
¿El nivel de riesgo influye en la indemnización o la atención?
No. La indemnización depende del ingreso base de cotización y de la pérdida de capacidad laboral; el nivel solo define el costo del seguro.
Si me pagan diariamente 75,000 pesos todos los días, trabajo 44 horas a la semana, no trabajo ni festivos ni domingos, pero igual me los pagan y me cancelan ARL. Pero no lo de seguridad social ni liquidación al terminar el contrato, ¿es legal en Colombia? Al igual, al completar el mes me da un valor de $2,250,000 junto con la ARL.
Es legal siempre que se trate de un contrato de prestación de servicios, y parece que no lo es. Si firmó un contrato de prestación de servicios, podría ser demandable para que el juez declare la existencia del contrato de trabajo en realidad. Si firmó un contrato de trabajo, evidentemente es ilegal lo que se está habiendo.
Si reclasifico mi empresa ante la ARL a Riesgo V, ¿debo pagar tanto por personal administrativo como por técnicos el mismo porcentaje del 6.960%?
Sí, a no ser que pueda crear un centro de trabajo específico para la sección administrativa.
Si la empresa es Riesgo 3 código 8610, pero hay un área de mantenimiento de las instalaciones para tener los espacios en óptimas condiciones, ¿se debe crear obligatoriamente un centro de costos para incluir el riesgo 5? ¿Ya se realizan trabajos en altura?
No necesariamente se debe crear un centro de riesgos. Consulte: ¿Cómo se define el nivel de riesgo de los empleados en una empresa?.
Buenos días, cordial saludo. Estoy trabajando en una entidad pública como prestador de servicios en archivo y correspondencia en la alcaldía municipal. Soy militar retirado y ya cuento con mi pensión y salud. He estado pagando riesgos profesionales para poder presentar mi informe de actividades y poder cobrar mi mesada, pero no he podido generar el pago por ninguna plataforma. Solicito orientación sobre los pasos a seguir.
No podemos darle una solución sin conocer la razón o el error que le impide hacer el pago, y en todo caso, el camino a seguir es comunicarse directamente con entidad que le genera el error y no deja hacer el pago.
Si la empresa tiene actividad económica 4530 (compra y venta de repuestos para automotores) y tiene dos empleados: 1 secretaria y 1 mensajero, ¿cuál es el nivel de riesgo para cada empleado? Gracias.
De acuerdo al decreto 768 de 2002, a la actividad económica 4530 le corresponde un riesgo de nivel III, que es el que en general aplica para todas las actividades que desarrolle la empresa.
No obstante, si existen centros de trabajo en la empresa, cada centro de trabajo tendrá su nivel de riesgo según la actividades que se lleven allí, y en el caso que hubiera esos centros de trabajo en su empresa, el nivel de riesgo sería II tanto para la secretaria como para el mensajero.
Esta pregunta la realiza un colega desde el 27 de abril de 2023. Yo también quiero saber si la clase de riesgo en la que se está cubierto influye en el tipo de atención y cobertura en un accidente de trabajo. Es parecida a la pregunta del colega, la cual es: ¿El pago de indemnización por parte de la ARL por pérdida de capacidad laboral varía dependiendo de la clase de riesgo a la cual fue afiliado, desde clase o nivel 1 hasta clase o nivel 5?
No. La clase de riesgo afecta el costo o valor de aseguramiento, no la calidad de la atención ni los montos de la indemnización, por cuanto la indemnización depende del porcentaje de pérdida de capacidad laboral según un una tabla de indemnización.
Un trabajador con nivel de riesgo I puede sufrir exactamente el mismo accidente que uno de riesgo V y eso no afecta en nada su atención, tratamiento a indemnización.
Lo que puede ocurrir es que un accidente de un trabajador con riesgo de nivel V pueda causar mayor daño, y por tanto reciba una mayor indemnización, pero no por el nivel de riesgo, sino por la valoración objetiva de la pérdida de capacidad laboral.
Saludos
Buen día. Pregunto con qué salario debe la ARL liquidar una indemnización por enfermedad laboral: ¿con el salario que tenía la persona al momento de iniciar el proceso o con el salario actual que gana?
El artículo 218 del código sustantivo del trabajo señala que para el pago de las prestaciones (indemnizaciones) relacionadas con accidentes y enfermedades laborales, se toma el salario que tenga el trabajador al momento del accidente, o al fecha del diagnóstico de la enfermedad.
Si el salario es variable, se debe tomar el promedio del último año previo al accidente o diagnóstico de la enfermedad.
Saludos
Buenos días. ¿Estaría correcta la afirmación de que la ARL se paga sobre un salario mínimo para todos los empleados y que lo único que varía es el porcentaje de riesgo al cual están expuestos?
Buenos días, Carolina.
No es correcta esa afirmación, pero puede ser posible.
La cotización a riesgos laborales se debe realizar sobre el salario que devengue el trabajador, y si este devenga más de un salario mínimo, se debe cotizar sobre su salario real. Lo que puede ocurrir es que todos los trabajadores de la empresa tengan un salario mínimo, y como esa es la realidad, entonces se cumple la premisa.
Saludos
Buen día, Edwin. Si el colaborador está expuesto a riesgos que involucren su seguridad en niveles de riesgo 4 o 5, lo más pertinente es que sea cubierto con un nivel de riesgo 5, para proteger a la empresa a nivel legal en caso de un accidente de trabajo, así como al colaborador.
Sí, pero debe tenerse en cuenta que el nivel de riesgo se define por centro de trabajo si la empresa tiene más de un centro de trabajo, según la actividad principal desarrollada por la empresa en caso de no tener centros de trabajo o tener solo uno.
Buenos días, tengo una consulta.
En caso de que un trabajador bajo tasa de riesgo I (actividad principal) visite, dentro de su jornada laboral, varios establecimientos de comercio con diferentes tasas de riesgo en referencia a su actividad principal (riesgo II, III y IV), ¿cuál tasa de riesgo debe liquidarse?
Muchas gracias.
Se sigue pagando el aporte del nivel I, que es el que corresponde a su centro de trabajo o al de la actividad principal de la empresa.
El pago de indemnización por parte de la ARL por pérdida de capacidad laboral varía dependiendo de la clase de riesgo a la cual fue afiliado, desde la clase o nivel 1 hasta la clase o nivel 5.
No, el monto de la indemnización no depende del nivel de riesgo, sino del monto del salario del trabajador sobre el que cotizó a seguridad social.