¿Debo pagar horas extras, así el empleado no cumpla con las 42 horas semanales?

Existe debate respecto a si se le deben pagar horas extras al trabajador así no cumpla con las 42 horas semanales, o las 44 horas, según sea la jornada semanal vigente o aplicable en cada caso, y, en nuestro criterio, sí deberían pagarse si en uno o más días se supera la jornada laboral diaria ordinaria.

Causación de las horas extras o trabajo suplementario.

Las horas extras, o trabajo suplementario, como lo llama el código sustantivo del trabajo, es aquel que supera la jornada laboral ordinaria, según reza el artículo 159 del código sustantivo del trabajo:

«Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal.»

La norma no dice si se supera la jornada ordinaria diaria o semanal, lo que ha dado lugar a que algunas personas interpreten que se puede tomar como base la jornada laboral ordinaria semanal para concluir que las horas extras se pueden determinar semanalmente, y, en ese caso, si en la semana no se superan las 42 o 44 horas, entonces no se pagan horas extras, criterio que no compartimos.

La jornada laboral es diaria.

Según la RAE, la jornada es el tiempo de duración del trabajo diario, así que la jornada laboral debe interpretarse como la cantidad de horas que se deben laborar cada día, de modo que, si se supera ese número de horas, se causan horas extras.

Es así como el artículo 161 del código sustantivo del trabajo dispone que la jornada ordinaria de trabajo es de 8 horas al día, de manera que, si se superan esas horas, se causa trabajo suplementario para ese día.

Si la ley establece una jornada laboral diaria máxima, al superarse, necesariamente se causan horas extras a la luz del artículo 159 del código sustantivo del trabajo, y esas horas no se pueden compensar con trabajo ordinario en los siguientes días por corresponder a tipos de horas distintas con remuneración distinta, lo que hace inviable determinar las horas extras de forma semanal, porque, se insiste, implicaría compensar horas ordinarias con extras, algo que la ley no contempla, y que, además, al tener valores distintos, no son comparables ni intercambiables.

¿Es justo pagar horas extras cuando no se laboró la semana completa?

El empleador puede interpretar que no es justo tener que pagar horas extras cuando en la misma semana no se superaron las horas máximas legales, pero eso se puede resolver de un modo que no implique compensar horas extras con ordinarias.

Supóngase que la jornada laboral semanal es de 42 horas y la jornada laboral diaria es de 7 horas de lunes a sábado, y el trabajador laboró 5 horas el lunes porque llegó tarde y laboró 9 horas el martes.

Lo que el empleador debe hacer es descontar las horas que el trabajador no laboró el lunes y pagar las horas extras que laboró el martes.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2025, octubre 15). ¿Debo pagar horas extras, así el empleado no cumpla con las 42 horas semanales? [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/debo-pagar-horas-extras-asi-el-empleado-no-cumpla-con-las-42-horas-semanales.html

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