En este artículo 17 secciones
- Los dos cálculos de las vacaciones.
- Cómo calcular los días de vacaciones que corresponden.
- Cómo saber cuántos días de vacaciones tengo.
- Tiempo que se descuenta del cálculo.
- Cómo contar los días de vacaciones en el calendario.
- Cálculo de las vacaciones en jornada de medio tiempo.
- Cálculo del valor de las vacaciones.
- Herramientas para calcular las vacaciones.
- Preguntas frecuentes.
- ¿Cuántos días de vacaciones tengo por cada mes trabajado?
- ¿Cómo se calculan los días de vacaciones proporcionales?
- ¿Las incapacidades descuentan días de vacaciones?
- ¿Cómo se cuentan las vacaciones si mi día de descanso no es el domingo?
- ¿Un trabajador de medio tiempo tiene menos días de vacaciones?
- ¿Se redondean los días de vacaciones?
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Calcular las vacaciones supone resolver dos preguntas distintas: cuántos días de descanso le corresponden al trabajador según el tiempo que lleva laborando, y cuántos días calendario abarcará ese descanso una vez se fije la fecha de inicio, cuentas que salen de los artículos 186 y 187 del Código Sustantivo del Trabajo. ¿Cómo se hacen esas cuentas paso a paso?
Los dos cálculos de las vacaciones.
Antes de sacar cualquier número conviene tener claro qué se está calculando, porque son operaciones diferentes que se hacen con datos diferentes.
- El cálculo de los días. Determina cuántos días hábiles de descanso ha ganado el trabajador. Depende solo del tiempo laborado.
- El cálculo del valor. Determina cuánto dinero se le paga por ese descanso. Depende del salario y de los días calendario que abarque el periodo.
Este artículo se ocupa principalmente del primero, que es el que más dudas genera y el que casi siempre se resuelve mal.
Cómo calcular los días de vacaciones que corresponden.
Si por 360 días trabajados se ganan 15 días hábiles de vacaciones, por cualquier otro periodo basta una regla de tres:
(Días trabajados × 15) ÷ 360
Supongamos un trabajador que lleva 7 meses en la empresa, es decir, 210 días laborales:
(210 × 15) ÷ 360 = 8.75 días hábiles de vacaciones.
Recordemos que para efectos laborales el mes siempre tiene 30 días, aunque el calendario diga 28 o 31.
Esta tabla evita hacer la cuenta cada vez:
| Tiempo laborado | Días laborales | Días hábiles de vacaciones |
|---|---|---|
| 1 mes | 30 | 1.25 |
| 2 meses | 60 | 2.50 |
| 3 meses | 90 | 3.75 |
| 4 meses | 120 | 5 |
| 5 meses | 150 | 6.25 |
| 6 meses | 180 | 7.50 |
| 7 meses | 210 | 8.75 |
| 8 meses | 240 | 10 |
| 9 meses | 270 | 11.25 |
| 10 meses | 300 | 12.50 |
| 11 meses | 330 | 13.75 |
| 12 meses | 360 | 15 |
Como se puede observar, cada mes de trabajo genera 1.25 días hábiles de vacaciones, cifra que sirve para hacer el cálculo mentalmente: basta multiplicar los meses por ese factor.
Cómo saber cuántos días de vacaciones tengo.
Esta es la pregunta más frecuente de los trabajadores y se responde con tres datos.
- La fecha en que se liquidaron las últimas vacaciones o, si nunca se han tomado, la fecha de ingreso.
- La fecha hasta la cual se quiere hacer el cálculo.
- Los días de contrato suspendido que haya en ese lapso, si los hubo.
Supongamos que un trabajador ingresó el 1.º de marzo y quiere saber cuántos días de vacaciones tiene acumulados al 31 de diciembre del mismo año.
Del 1.º de marzo al 31 de diciembre hay 10 meses, es decir, 300 días laborales:
(300 × 15) ÷ 360 = 12.50 días hábiles.
Si el trabajador ya había disfrutado vacaciones en algún momento, el conteo no empieza desde el ingreso sino desde la fecha de la última liquidación, y ese detalle es el que suele desajustar el cálculo en las empresas.
Tiempo que se descuenta del cálculo.
No todo el tiempo que transcurre entre dos fechas genera vacaciones. Los periodos en que el contrato de trabajo estuvo suspendido pueden descontarse, así lo autoriza el artículo 53 del Código Sustantivo del Trabajo:
«Estos períodos de suspensión pueden descontarse por el patrono al liquidar vacaciones, cesantías y jubilaciones.»
Las causas de suspensión son las del artículo 51 del mismo código, entre ellas la licencia no remunerada, la suspensión disciplinaria y la detención preventiva del trabajador.
Conviene subrayar lo que no se descuenta, porque es donde más se equivocan las empresas: las incapacidades por enfermedad general o por accidente de trabajo no figuran entre las causales del artículo 51, de modo que no suspenden el contrato y, en consecuencia, ese tiempo sí genera vacaciones. Lo mismo ocurre con las licencias remuneradas, como la de maternidad, la de paternidad y la de luto.
Volviendo al ejemplo anterior, si en ese lapso el trabajador tomó una licencia no remunerada de 30 días, el tiempo computable baja a 270 días:
(270 × 15) ÷ 360 = 11.25 días hábiles.
Los permisos no se descuentan de las vacaciones.
Conviene distinguir dos figuras que se confunden con frecuencia y que tienen efectos opuestos.
Un permiso remunerado que la empresa concede por un día o dos no puede después descontarse de las vacaciones. Las vacaciones son un derecho irrenunciable y no pueden cambiarse por permisos, porque se desnaturalizaría su finalidad de descanso.
Si el empleador no quiere asumir el costo del permiso, tiene alternativas legítimas: otorgar una licencia no remunerada, acordar la recuperación del tiempo o conceder formalmente vacaciones parciales, que en la práctica producen el mismo efecto pero respetan la figura.
Cosa distinta es el permiso que suspende el contrato de trabajo, como la licencia no remunerada. Ese tiempo sí se descuenta del cómputo, porque disminuye los días de servicio sobre los cuales se liquidan las vacaciones. Un permiso no remunerado de 10 días deja el año en 350 días y no en 360.
Cómo contar los días de vacaciones en el calendario.
Determinados los días hábiles, falta llevarlos al calendario, y ahí entra la regla que más discusiones genera: los 15 días del artículo 186 son hábiles, no calendario.
Se cuenta desde el primer día de vacaciones hacia adelante, saltando los días que el trabajador no habría laborado de todos modos: los domingos y los festivos, y también los sábados cuando la jornada de la empresa es de lunes a viernes.
Una precisión necesaria para quienes trabajan con jornadas atípicas: desde la Ley 2466 de 2025, el parágrafo 3 del artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo permite que las partes pacten por escrito un día de descanso distinto al domingo. En ese caso, lo que se descuenta del conteo es el día de descanso pactado, no el domingo; los festivos, en cambio, siguen siendo inhábiles para todos.
Cálculo de las vacaciones en jornada de medio tiempo.
El trabajador de medio tiempo tiene exactamente los mismos 15 días hábiles de vacaciones por año que el de tiempo completo, porque el derecho depende del tiempo de servicio y no del número de horas diarias.
Así lo confirma el artículo 197 del Código Sustantivo del Trabajo:
«Los trabajadores tienen derecho a las prestaciones y garantías que les correspondan, cualquiera que sea la duración de la jornada.»
Lo que cambia no son los días sino el valor, porque el salario de medio tiempo es menor y sobre él se liquida el descanso; el trabajador no recibe menos días, recibe menos dinero por los mismos días.
Cálculo del valor de las vacaciones.
Definidos los días, el valor se obtiene multiplicando el salario diario por los días calendario que abarque el descanso.
Con un salario de $2.400.000, el salario diario es de $80.000, y si el periodo de vacaciones abarca 18 días calendario, el valor a pagar es de $1.440.000.
El procedimiento completo, con los conceptos que entran y no entran en la base, se desarrolla en los siguientes artículos.
Herramientas para calcular las vacaciones.
Contar domingos y festivos uno a uno es tedioso y propenso a errores, de manera que hemos automatizado el proceso en dos herramientas.
Liquidador de vacaciones en línea
En el liquidador solo hay que ingresar la fecha de la última liquidación o de ingreso, la fecha de inicio de las vacaciones y el salario base; los días no hábiles se calculan de forma automática.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
¿Cuántos días de vacaciones tengo por cada mes trabajado?
Corresponden 1.25 días hábiles por cada mes de trabajo, que es el resultado de dividir los 15 días anuales entre los 12 meses del año.
¿Cómo se calculan los días de vacaciones proporcionales?
Se multiplican los días laborados por 15 y el resultado se divide entre 360. Por 240 días laborados, por ejemplo, corresponden 10 días hábiles. El caso de quien no completa el año se desarrolla en nuestro artículo sobre vacaciones proporcionales.
¿Las incapacidades descuentan días de vacaciones?
No. Las incapacidades no están entre las causales de suspensión del contrato del artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo, así que ese tiempo se computa normalmente para el cálculo de las vacaciones.
¿Cómo se cuentan las vacaciones si mi día de descanso no es el domingo?
Se descuenta el día de descanso que se haya pactado por escrito, que desde la Ley 2466 de 2025 puede ser distinto al domingo. Los días festivos siguen descontándose en todos los casos, porque son descanso obligatorio para todos.
¿Un trabajador de medio tiempo tiene menos días de vacaciones?
No. Tiene los mismos 15 días hábiles por año. Lo que resulta menor es el valor a pagar, porque se liquida sobre un salario más bajo.
¿Se redondean los días de vacaciones?
Depende. Si se van a pagar en dinero, la fracción se respeta y no se redondea, porque el trabajador tiene derecho al valor exacto. Si el descanso se va a disfrutar en tiempo, hay que fijar una fecha de regreso y en la práctica se redondea, normalmente a favor del trabajador.
Buen día. Me gustaría consultar si el empleado descansa un día de la semana como su día dominical. ¿Cómo se calculan sus vacaciones, teniendo en cuenta que el domingo y el festivo son días ordinarios de trabajo para el colaborador?
El día domingo será ordinario, pero el festivo sigue siendo un día de descanso obligatorio. En consecuencia, para las vacaciones se descuenta el día no laborable que, entre semana, reemplaza al domingo y los días festivos.
Si un empleado no ha disfrutado de sus vacaciones y tiene tres períodos acumulados, ¿con qué salario se calcula el pago de las mismas: con el salario anual de cada período o con el último salario devengado?
Último salario devengado.