Descuento de los aportes a salud del retroactivo pensional

Los pensionados deben pagar la totalidad de sus aportes a salud con cargo a su mesada pensional, incluso sobre aquellas que se pagan retroactivamente.

Aportes a pensión en el retroactivo pensional.

Los fondos de pensiones que son quienes pagan las mesadas pensionales tienen la obligación de descontar los aportes a salud a cargo del pensionado y transferirlos al sistema de salud, y ello incluye a los aportes a salud correspondientes a las mesadas pensionales que se pagan retroactivamente.

Cuando una pensión es reconocida, por lo general se reconoce desde cuando se causó el derecho que suele ser mucho antes del reconocimiento y pago de la misma.

Por ejemplo, la persona adquiere el derecho a pensionarse en enero, pero solo en julio le es reconocida la pensión, y el primer pago lo hacen en noviembre, pago que incluye todas las mesadas atrasadas desde enero.

Fondo de pensiones tiene la obligación de descontar aportes a salud del retroactivo pensional.

El fondo de pensiones tiene la obligación de descontar los aportes a salud correspondiente a ese pago retroactivo de las mesadas pensionales desde el mes de enero según nuestro ejemplo previo.

Aportes a salud de los pensionados.Porcentaje de cotización a salud que se le debe descontar a los pensionados de su mesada pensional. Pago de aportes a salud en los pensionados.

Así lo deja de presente la sala laboral de la Corte suprema de justicia en sentencia 70309 del 12 de septiembre de 2018 con ponencia de la magistrada Clara Cecilia Dueñas Quevedo:

«Debe recordar la Sala que, por ministerio de la ley, las entidades pagadoras de pensiones se encuentran en la obligación de descontar la cotización para salud, y transferirlo a la EPS o entidad a la cual este afiliado el pensionado en salud. Así se desprende expresamente del mandato contenido en el referido inciso 3.º del artículo 42 del Decreto 692 de 1994, cuando señala:

Las entidades pagadoras deberán descontar la cotización para salud y transferido a la EPS o entidad a la cual esté afiliado el pensionado en salud. Igualmente deberán girar un punto porcentual de la cotización al fondo de solidaridad y garantía en salud.

De igual manera, debe tenerse en cuenta que los pensionados en su condición de afiliados obligatorios al régimen contributivo del sistema de seguridad social en salud, deben asumir en su totalidad la cotización, pues solo así puede sostenerse económicamente el sistema y, al mismo tiempo, otorgar las diferentes prestaciones asistenciales y económicas de que trata la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios.»

Más adelante afirma que:

«Así las cosas, el ad quem cometió el yerro jurídico que se le endilga al no autorizar a la administradora demandada a descontar del valor del retroactivo pensional las cotizaciones a salud y, por consiguiente, el cargo está llamado a prosperar.»

En consecuencia, se ajusta a derecho que los fondos de pensión descuenten los aportes a salud a cargo del pensionado por todas las mesadas retroactivas que se le paguen.

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