No todas las empresas están obligadas a contratar o vincular aprendices el Sena o estudiantes universitarios, así que vernos cuáles son las que tienen la obligación de hacerlo.
Quiénes deben contratar aprendices.
Al respecto dice la ley 789 de 2002 en su artículo 32:
«Empresas obligadas a la vinculación de aprendices. Las empresas privadas, desarrolladas por personas naturales o jurídicas, que realicen cualquier tipo de actividad económica diferente de la construcción, que ocupen un número de trabajadores no inferior a quince (15), se encuentran obligadas a vincular aprendices para los oficios u ocupaciones que requieran formación académica o profesional metódica y completa en la actividad económica que desempeñan.
Las empresas industriales y comerciales del Estado y las de Economía mixta del orden Nacional, departamental, distrital y municipal, estarán obligadas a la vinculación de aprendices en los términos de esta ley. Las demás entidades públicas no estarán sometidas a la cuota de aprendizaje, salvo en los casos que determine el Gobierno Nacional.
El empresario obligado a cumplir con la cuota de aprendizaje podrá tener practicantes universitarios bajo la modalidad de relación de aprendizaje, en el desarrollo de actividades propias de la empresa, siempre y cuando estos no superen el 25% del total de aprendices.
Parágrafo. Empresas de menos de diez (10) trabajadores podrán voluntariamente tener un aprendiz de formación del SENA.»
Respecto a la cantidad de aprendices que las empresas deben vincular, dice el artículo 33 de la ley 789:
«Cuotas de aprendices en las empresas. La determinación del número mínimo obligatorio de aprendices para cada empresa obligada la hará la regional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, del domicilio principal de la empresa, en razón de un aprendiz por cada 20 trabajadores y uno adicional por fracción de diez (10) o superior que no exceda de veinte. Las Empresas que tengan entre quince (15) y veinte (20) trabajadores, tendrán un aprendiz.
La cuota señalada por el SENA deberá notificarse previamente al representante legal de la respectiva empresa, quien contará con el término de 5 días hábiles para objetarla, en caso de no ceñirse a los requerimientos de mano de obra calificada d demandados por la misma. Contra el acto administrativo que fije la cuota procederán los recursos de ley.
Parágrafo. Cuando el contrato de aprendizaje incluida dentro de la cuota mínima señalada por el SENA termine por cualquier causa, la empresa deberá reemplazar al aprendiz para conservar la proporción que le haya sido asignada. Se prohíbe la celebración de una nueva relación de aprendizaje expirada la duración de una anterior, con la misma o distinta empresa.»
Las empresas que tengan menos de 15 empleados pueden optar voluntariamente por vincular un aprendiz, según lo expone el decreto reglamentario 933 de 2003 en su artículo 11 parágrafo 1.
Las empresas que en estas normas no estén obligadas a vincular aprendices, deben en todo caso realizar los respectivos aportes parafiscales al Sena sin importar el número de trabajadores que tengan, en caso de no estar exentos según la ley 1819 de 2016.
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mayo 27th, 2019 a las 1:00 pm
Las fundaciones sin animo de lucro o religiosas están obligados a tener aprendiz del sena?… Gracias
septiembre 16th, 2019 a las 1:57 pm
Buenas tardes, si la empresa solo cuenta con 2 empleados puede tener igual numero de practicantes? Gracias.
octubre 25th, 2019 a las 5:12 pm
Quiero saber si una empresa que su actividad económica es construcción y obras no tienen la obligación de contratar aprendices sena.
¿pero en el área administrativa pueden solicitar aprendices?
diciembre 2nd, 2019 a las 3:11 pm
Buenas tardes
Las Entidades Sin Animo de Lucro, están obligadas a tener aprendiz del SENA?
enero 29th, 2020 a las 5:54 pm
Una empresa de productos para la construcción, que tiene 7 empleados, va ha realizar una obra con un constructor y contratara dos obreros. Esta obligada a pagar el F I C ?
febrero 19th, 2020 a las 10:02 am
Buenos días, necesito saber si una empresa es nueva ( Colegio privado), y empieza este año 2020 esta obligada a tener aprendices?
junio 19th, 2020 a las 9:46 am
Buenos Días.
Las remuneracioes pagadas a los aprendices, en la información exogena, en que formulario se informan?
junio 16th, 2021 a las 8:41 am
Buen dia mi duda es si la empresa es beneficiaria ley 1819 de 2016 en cuanto a aprendices sena, este ultimo no cotiza salud por parte del patrocinador, es decir no paga nada de salud y podría acceder a programas de salud como cotizante.