¿Quién certifica los estados financieros?

¿Para que un estado financiero se considere debidamente certificado es necesaria la firma del revisor fiscal? ¿Quién debe firmarlo?

Quiénes firman los estados financieros.

Los estados financieros certificados deben ser firmados por el representante legal de la empresa y por el contador público que los elaboró.

En la forma como quedó redactada la ley 222 de 1995, no es necesaria la firma de el revisor fiscal en la certificación de los estados financieros, toda vez que le ley delegó esta responsabilidad exclusivamente en el representante legal y el contador público.

Recuérdese que, si hay revisor fiscal en un sociedad o empresa, también debe haber un contador quien es el encargado de preparar y elaborar los estados financieros, y por supuesto, certificarlo con su firma.

Lo que dice la ley.

Sobre la certificación de los estados financieros dice el artículo 37 de la ley 222 de 199, sobre los estados financieros certificados:

«Estados financieros certificados. El representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de los asociados o de terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.»

Como se puede interpretar con meridiana claridad, para la certificación de un estado financiero no hace falta nada más que la firma del representante legal y del contador público. La ley excluyó al revisor fiscal de dicha responsabilidad.

Así las cosas, no hace falta que el revisor fiscal firme los estados financieros para que estos se consideren debidamente certificados, aún si la empresa tiene el respectivo revisor fiscal.

La firma del revisor fiscal.

La firma del revisor fiscal convierte al estado financiero en dictaminado, en la medida en que se cumpla con los requisitos contemplados por el artículo 38 de la ley 222 de 1995, como es la anexión de la opinión profesional del revisor fiscal.

Recordemos que quien debe elaborar los estados financieros es el contador público, y el revisor fiscal lo que hace es dictaminarlos, un concepto diferente.

El revisor fiscal no prepara ni elabora los estados financieros. Esa es tarea del contador público, y por ello se deben diferenciar los estados financieros certificados de los dictaminados.

¿Quién no firma lo estados financieros certificados?

Evidentemente no los firma el revisor fiscal, ni el auditor, sea interno o externo, ni el presidente de la junta directiva, o de la junta de socios. Sólo lo firman el representante legal y el contador público.

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