De los ladrillos, los bloques, el cemento o concreto y demás materiales de construcción, sólo los dos primeros están excluidos del IVA y los demás están gravados.
Ladrillos y bloques excluidos del IVA.
Según el artículo 424 del Estatuto Tributario, los ladrillos y bloques clasificados en la partida arancelaria 69.04.10.00.00 están excluidos del IVA. Esta partida corresponde a los siguientes productos:
«Ladrillos de construcción y bloques de calicanto, de arcilla, y con base en cemento, bloques de arcilla silvocalcarea.»
Son los únicos productos que están excluidos del IVA.
Definición de bloques o ladrillos.
Respecto a lo que se debe entender por bloque o ladrillo, la sección cuarta del Consejo de Estado, que en sentencia 14098 de 19 de mayo de 2005, dijo:
«Atendiendo el artículo 29 del Código Civil, el sentido que les otorgan a las expresiones “ladrillos y bloques” quienes se dedican a profesiones relacionadas con la arquitectura o con la ingeniería civil, no se incluyen los tablones, las tabletas o las tejas, los cuales en esas ciencias, son productos diferentes de los “ladrillos y bloques”.
Los “ladrillos y bloques” se usan para construir la estructura básica de muros para edificaciones (casa, edificios, bodegas, etc.). Los demás productos son los llamados “acabados”, que no son elementos fundamentales para conformar la estructura esencial de una construcción.
Es por ello que la Sala comparte el criterio de la representante del Ministerio Público en cuanto a que la forma es determinante para la descripción de estos bienes, lo que significa que son productos fabricados con arcilla, cal o base de cemento, pero si tienen apariencia diferente, no son ladrillos o bloques.»
Es decir que lo que no califique o clasifique como bloque o ladrillo está sujeto al impuesto a las ventas.
Cemento, concreto y demás materiales de construcción están gravados con IVA.
En el pasado, el cemento, el concreto y el asfalto estaban exentos del impuesto a las ventas, pero hoy ya no lo están, y tampoco son excluidos.
Ni el artículo 424 ni el 477 del Estatuto Tributario contemplan estos productos, así que han quedado gravados con el IVA a la tarifa general del 19%.
Los otros materiales de construcción, como hierros, pinturas, perfilería, etc., siempre han estado gravados con el impuesto a las ventas.
¿Los materiales de construcción están exentos de IVA?
Ningún material de construcción está exento de IVA. Los bloques y ladrillos están excluidos del IVA, que es diferente.
Los demás materiales de construcción diferentes a ladrillos y bloques están gravados con el IVA a la tarifa general.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
Sí. La venta de arena está gravada con la tarifa general del IVA en razón a que este producto no figura dentro del listado de bienes excluidos del IVA de que trata el artículo 424 del Estatuto Tributario.
Sí. La gravilla está gravada con IVA a la tarifa general por la misma razón de que no está dentro de los productos exentos, excluidos o que no causan IVA.
Sí. Los productos de ferretería tienen IVA, excepto los ladrillos y similares que ya explicamos.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2023, octubre 1). Iva en ladrillos y demás materiales de construcción [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/ladrillos-y-bloques-frente-al-impuesto-a-las-ventas.html
Buenas noches. Quisiera saber si se puede facturar el IVA del 19% a unos ladrillos de obra. ¿Qué puede pasar si facturo este IVA?
Buenas noches. Quisiera saber si se puede facturar el IVA del 19% a unos ladrillos de obra.
Buenas noches,
¿Y el material de río? ¿Balastro, arena, arenón?