La obligación tributaria que por deber constitucional tiene todo ciudadano está compuesta por la obligación formal y la obligación sustancial, de la que nos ocupamos en esta oportunidad.
Sustancial.
Sustancial, o sustancia, hace referencia a lo importante y lo esencial de algo, que también se aplica en los impuestos y demás obligaciones tributarias.
Qué es una obligación sustancial.
La obligación sustancial es la obligación material de satisfacer el pago del tributo impuesto por el ente facultado para ello.
La constitución señala que es deber de todo ciudadano contribuir con la financiación del estado, que se hace pagando impuestos, y el deber de pagar el impuesto es lo que se conoce como la obligación sustancial, primordial o primaria.
Ejemplo de obligación sustancial.
Por ejemplo, en el impuesto a la renta, la obligación sustancial es el pago del impuesto de renta, de modo que el contribuyente cumple con su obligación sustancial cuando paga efectivamente el impuesto.
Y en el caso del impuesto a las ventas, la obligación sustancial de pagar el IVA se cumple cuando se paga el IVA respecto al sujeto pasivo (consumidor), y cuando se consigna a la DIAN respecto al responsable obligado a recaudar el IVA.
En consecuencia, mientras el pago del impuesto no ingrese a las cuentas del estado, no se ha cumplido con la obligación tributaria sustancial de tributar.
Obligados a cumplir la obligación sustancial.
La obligación tributaria sustancial la debe cumplir el sujeto pasivo económico, es decir, quien tiene la obligación económica de pagar el dinero del tributo.
Cuando se crea un impuesto, la ley o norma que lo contiene fija el sujeto activo del mismo, quien tendrá el deber de cumplir con la obligación sustancial.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2022, marzo 4). Obligación tributaria sustancial [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/obligacion-tributaria-sustancial.html
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