Qué puede hacer el trabajador cuando el empleador no paga los aportes a pensión, o cuando no afilia a sus trabajadores el sistema de pensiones.
Aportes a pensión no pagados por el empleador.

El impago de los aportes a pensión se puede presentar en los siguientes casos:
- El empleador no afilió al trabajador.
- El empleador afilió al trabajador, pero no pagó las cotizaciones.
Como se observa, los aportes a pensión no pagados por el empleador pueden obedecer a dos causas, cuando no se afilia al trabajador, o cuando a pesar de estar afiliado no se pagan los aportes respectivos, incluso si hace el descuento correspondiente al trabajador, lo que es más grave.
El tratamiento o camino a seguir depende de las anteriores situaciones, como pasamos a explicarlo.
Aportes a pensión cuando el empleador no afilió al trabajador a un fondo de pensiones.
En los casos en que el empleador no afilia al trabajador a un fondo de pensiones, se presenta lo que se llama omisión de afiliación.
En tal caso el trabajador debe demandar el empleador a fin de que el juez le ordene al empleador que afilie al trabajador con efectos retroactivos desde el inicio de la relación laboral.
Por ejemplo, si el trabajador inició el contrato el 20 de enero de 2015 y el trabajador demanda al empleador en 2020, el empleador debe afiliar al trabajador desde el 20 de enero de 2015, como debió hacerlo desde un principio.
Recordemos que la responsabilidad del empleador va desde el pago de la pensión sanción, al pago de los aportes con intereses en mora o al pago del cálculo actuarial.
Calculo actuarial de los aportes a pensión en la omisión de la afiliación.
Cuando el empleador omite afiliar al trabajador al sistema de pensiones, como ya señalamos el camino a seguir la afiliación retroactiva del trabajador, ya sea por orden de un juez o por voluntad propia del empleador.
El empleador debe afiliar al trabajador desde esa pretérita fecha, y en lugar de pagar cada mes de cotización de forma retroactiva con intereses moratorios, debe pagar al fondo el llamado cálculo actuarial, con base al literal c del artículo parágrafo 1 del 33 de la ley 100 de 1993, con el cumplimiento de lo dispuesto por el siguiente inciso de la referida norma:
«En los casos previstos en los literales b), c), d) y e), el cómputo será procedente siempre y cuando el empleador o la caja, según el caso, trasladen, con base en el cálculo actuarial, la suma correspondiente del trabajador que se afilie, a satisfacción de la entidad administradora, el cual estará representado por un bono o título pensional»
Para ilustrar el tema transcribimos apartes del concepto 1151562 del 11 de febrero de 2013 emitido por Colpensiones:
«Es la omisión de la afiliación una de las causas de la posibilidad de trasladar al Sistema General de Pensiones una reserva actuarial o un título pensional, con el fin de que esas semanas laboradas y no cotizadas por falta de afiliación se contabilicen dentro de la historia laboral del afiliado.»
Luego señala Colpensiones;
«De lo anterior se concluye que el cálculo actuarial del que trata la consulta elevada se origina en la falta del cumplimiento de las obligaciones de un empleador derivadas de la relación laboral, puntualmente en la falta de afiliación y pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones.»
De esta forma, para efectos cumplir el requisito de tiempo para apensionarse, se le reconoce al trabajador el tiempo que no estuvo afiliado por la empresa, siempre que el empleador afilie al trabajador y además traslade al respectivo fondo el monto determinado en el cálculo actuarial.
El cálculo actuarial lo hace Colpensiones con base al último salario devengado por el trabajador, y tomando en cuenta la fecha desde que se debe afiliar el trabajador hasta la fecha presente, o hasta la fecha en que haya indicado el juez según las particularidades de cada caso.
En este link de Colpensiones puede proyectar el cálculo actuarial.
Fórmula para liquidar el cálculo actuarial.
El cálculo actuarial se hace con la formula contenida en el artículo 3 del decreto 1887 de 1994, con base al salario de referencia determinado conforme lo señala el artículo 4 del mismo decreto.
En razón a que la fórmula es en exceso extensa no la reproducimos en este espacio, pero puede consultarse directamente en el decreto desde este enlace.
Aportes a pensión cuando se afilia al trabajador pero no se pagan las cotizaciones.
El asunto de la responsabilidad cambia cuando el trabajador sí ha sido afiliado pero los aportes nunca se hicieron o se hicieron extemporáneamente.
En este caso, la responsabilidad de la pensión puede ser del empleador o del fondo de pensión, dependiendo de si el fondo de pensión hizo las gestiones necesarias para lograr el pago de los aportes.
Para dejar claro el asunto, transcribimos apartes de una reciente sentencia de la sala laboral de la corte suprema de justicia, de fecha 7 de febrero de 2012 expediente 43023 donde se aborda el asunto referido:
«Es por esa razón que la Sala en sentencia de 22 de julio de 2008, rad. N° 34270, varió su jurisprudencia sobre los efectos de la mora patronal y estableció el criterio de que cuando se presente omisión por parte del empleador en el pago de las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social en Pensiones y esto impida el acceso a las prestaciones, si además medió incumplimiento de la administradora en el deber legal que tiene de cobro, es a esta última a quien le incumbe el pago de las mismas a los afiliados o sus beneficiarios.
Precisó la Corte para el caso de los afiliados en condición de trabajadores dependientes, que si han cumplido con el deber que les asiste frente a la seguridad social de prestar el servicio y así causar la cotización, no pueden salir perjudicados ellos o sus beneficiarios, por la mora del empleador en el pago de los aportes y que antes de trasladar a éste las consecuencias de esa falta, resulta menester verificar si la administradora de pensiones cumplió con el deber de cobro.»
Y más adelante dice la corte:
«Concordante con lo dicho, no sería sensato equiparar la responsabilidad jurídica del empleador que tiene a sus trabajadores afiliados, pero se encuentra en mora en el pago de cotizaciones, con el patrono que no afilia, pues es evidente que en este segundo evento toda la responsabilidad en el pago de las prestaciones de seguridad social recae sobre él, situación que razonable y proporcionalmente no se puede predicar del empleador moroso en tales aportes, toda vez que tiene la opción de pagar, ponerse al día y contribuir con el sistema actualizando sus deudas para con el sistema de seguridad social.»
Se concluye entonces que:
El empleador no afilió al trabajador | Responde el empleador. |
El empleador lo afilió, pero no pagó los aportes y el fondo hizo la gestión de cobro pero sin éxito | Responde el empleador. |
El empleador lo afilió, no pagó los aportes y el fondo de pensión no hizo la gestión de cobro respectiva | Responde el fondo o administradora de pensiones. |
Hoy en día cuando el empleador no paga los aportes a pensión, la UGPP se encarga de ello, y en caso que ni la UGPP ni Colpensiones hagan las gestiones necesarias para conseguir el pago de los aportes en mora, Colpensiones se hace responsable por ello.
Cobro coactivo de los aportes a pensión.
Los fondos de pensión tienen la obligación legal de recuperar o recaudar los aportes de pensión por la vía coactiva si los empleadores o empresas incumplen con su pago.
Suele suceder que el trabajador no se entera si su empresa consigna o no los aportes a pensión, y en ese sentido queda desprotegido, ignorando que es responsabilidad y obligación del fondo de pensión al que se ha afiliado hacer el cobro coactivo de los aportes en mora.
Así los faculta el artículo 24 de la ley 100 de 1993:
«Acciones de cobro. Corresponde a las entidades administradoras de los diferentes regímenes adelantar las acciones de cobro con motivo del incumplimiento de las obligaciones del empleador de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional. Para tal efecto, la liquidación mediante la cual la administradora determine el valor adeudado, prestará mérito ejecutivo.»
Por su parte el decreto 2633 de 1994 en su artículo primero contempla:
«El cobro de los créditos por jurisdicción coactiva se sujetará a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil, en especial los artículos 561 a 568, las normas que lo modifiquen o adicionen y las disposiciones del presente Decreto.
«Vencidos los plazos señalados para efectuar las consignaciones respectivas por parte de los empleadores, la entidad administradora, mediante comunicación dirigida al empleador moroso lo requerirá, si dentro de los quince (15) días siguientes a dicho requerimiento el empleador no se ha pronunciado, se procederá a elaborar la liquidación, la cual presentará mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 24 de la Ley 100 de 1993.»
Si bien la UGPP se encarga de fiscalizar el pago de aportes a seguridad social, el fondo de pensiones tiene la obligación de adelantar las gestiones pertinentes para conseguir el pago de las cotizaciones en mora.
Cómo pagar aportes a pensión atrasados.
Mediante la PILA se pueden pagar los aportes a pensión atrasados, y el sistema liquida automáticamente los intereses moratorios, que son bastante elevados.
mayo 27th, 2019 a las 6:14 pm
Buenas tardes, son pensionado de la una institución pública pero antes de trabajar para el gobierno trabaje con otras empresas privadas y me pagaron pensión y cesantías teniendo en estas 112 semanas las cuales no me sumaron a las semanas cotizadas con el estado me dijeron que nose podía Entoncez mi pregunta es puedo pedir que se entregué esas 112 semana cotizadas con la empresa privada. Espero haber hecho entender les agradezco muchísimo su asesoría.
junio 9th, 2020 a las 1:01 pm
Entre 1991 & 1993 trabaje con una empresa que nunca nos afilio a pensiones y nos pagaba una medicina prepagada (total 100 semanas), yo tengo constancia laboral de la empresa desafortunadamente la empresa se liquido hace unos 8 anos y desde luego Colpensiones me dice que nunca hubo aportes y por lo tanto no los puede reconocer.. igual me contestaron en la UGPP (aparentemente ellos solo cubren a empleados públicos)
Hay algo que se pueda hacer aqui? la verdad estoy necesitando de esas semanas
He consultado con un par de abogados pero no parecen tener idea de como proceder
gracias por su respuesta
LM
enero 25th, 2023 a las 11:33 am
En el año 1998 realice un contrato por prestación de servicios en un convenio interaministrativo en la Universidad de Antioquia y la Alcaldía de Madellin, en el me tocaba pagar la seguridad social y entregarla en la Universidad, tanto para realizar el cobro como para prorrogar el contrato, pero estos mesescotizados a través de este contrato no se ven reflejados en mi historia laboral.? QUE PUEDO HACER PARA RECUPERAR ESAS SEMANAS COTIZADAS?
junio 10th, 2020 a las 3:10 pm
Hola.
Tengo un empleador que trabaje con el desde el año 1999 y me ingreso al sistema de pensión en el año 2002, tengo testigos y ella sabe.
Soy empleada de servicio.
Sera que puedo hacer que me los pague.
Muchas gracias
junio 26th, 2020 a las 10:47 am
Exelente
marzo 25th, 2022 a las 4:49 pm
Laboré por 2 años y medio en una empresa que entró en liquidacion, y nos hicieron los descuentos respectivos para salud y pensión, pero no aparece reflejado en mis semanas cotizadas ,para pensión.
Quién me responde si colpensiones dice que tiene que responder la súper intendencia de sociedades,quien era la liquidadora y la superintendencia dice que tiene que responder la empresa fiduciaria que ellos nombraron para que realizará la liquidación.
El problema es que la fiduciaria se líquido, y no hay quien responda por lo aportes los cuáles son los que me faltan para reclamar mi pensión.
Mi pregunta es quien responde?
Gracias.
agosto 29th, 2022 a las 2:08 pm
Trabaje tres (3) años de 1990 a 1993 con un señor que nunca me pago los aportes a salud ni aportes a pension, el murio el año 1995, yo puedo pagar para poder pensionarme?
julio 4th, 2020 a las 6:27 pm
Buenas tardes.
Mi padre actualmente tiene 85 años de edad, trabajo en dos empresas por un periodo de 24 años aprox. ferroelectrico y el surtidor eléctrico en la ciudad de cali-valle, sus compañeros de trabajo todos están gozando de su pensión y el no.
Que debo hacer al respecto, o ha donde me dirijo.
Gracias por la atención.
marzo 26th, 2021 a las 12:12 pm
LA empresa existe .. ya resolvio su duda .. le asesoro
julio 15th, 2020 a las 8:37 am
Mí madre afilió una Sra hace 21 años como empleada trabajo un año con ella y después se fue mí mama fue a dónde la afilió a desafiliar la Sra y le dijeron que ya no pagara más hoy 20 años después le están haciendo un cobro de esa Sra colpensiones por una suma alta que debemos hacer.gracias
octubre 29th, 2020 a las 2:29 pm
Tengo la edad para pensionarme pero me faltan semanas trabaje en empresas privadas pero no me pagaron pensión, como recupero esas semanas
abril 21st, 2021 a las 3:27 pm
Leyendo su caso usted puede hacerlo ante la UGPP pero con los datos del respectivo empleador si es posible obtener el numero patronal y mediante derecho de petición solicitar que conminen a su empleador al pago de sus aportes respectivo con los ajustes de indexación del salario.
octubre 29th, 2020 a las 7:44 pm
Buenas noches trabaje desde 1993 asta 1994, en ALMAGRAN en MEDELLIN pero no me pagaron aportes a pensin, la Empresa se encuentra en BOGOTA en estos momentos, puedo solicitar le sean pagados esos apotes a COLPENSIONES para que me sea reconocida la pension de invlides ya tuve un asidente a el 09/ Julio/ 1994.
marzo 3rd, 2021 a las 2:41 am
Trabaje para un abogado durante 9 años tengo la certificación y liquidación como prueba, no pago aportes a pensión solicite a Colpensiones el señor se presentó y aduce que pierdo mi pensión porque prescribió el tiempo para solicitarle el pago? Sinceramente como es posible que me roben mis años de trabajo? Y que no me pueda pensionar porque ese señor dice que no le cobraron a tiempo. Realmente solo una vez una persona de pensiona y se hace el trámite cuando llegaxel tiempo de solicitar la pensión. Cómo me dicen que cuando ya tengo mi edad para pensionarme que el señor aduce que ya no paga porque prescribió? Y en Colpensiones nunca me dijeron nada teniendo ellos conocimiento de mi caso?
marzo 26th, 2021 a las 12:18 pm
Puede demandar ..hay que revisar varias cosas pero esa demanda es viable .hay que revisar la historia laboral y mediante demanda lograr esos pagos el derecho a reclamar asuntos pensionales No prescriben
abril 21st, 2021 a las 3:30 pm
los aporte a la seguridad social no prescriben hay varia sentencia de la Corte Suprema respecto al caso y hago la solicitud con todos los documentos también ante la UGPP eso son del estado y las multas y sanción son muy duras y la gente paga
febrero 28th, 2022 a las 10:36 am
Debe iniciar la demanda ordinaria laboral en contra del abogado con las pruebas correspondientes para probar la existencia del vinculo laboral y solicitar que el demandado haga los aportes al FONDO., totalmente viable siempre y cuando tenga las pruebas suficientes para probar el vinculo laboral. y no hay prescripcion del derecho pensional asi que puede en cualquier tiempo.
marzo 11th, 2021 a las 3:34 am
Hola
Hace 15 años me retiré de una empresa que ya fue liquidada, trabajé por 5 años pero no pagaron los aportes a pensión por 2 años. Que debo hacer para cobrar eso? a quien le puedo hacer la reclamación?
Muchas gracias
abril 15th, 2021 a las 7:10 pm
¿Qué es un titulo pensional?
mayo 5th, 2021 a las 5:42 pm
soy comerciante PYME y me inicie con mucho entusiasmo cumpliendo con mis obligaciones previsionalesy como comerciante recibi cheques de clientes y sin fondos lo que me trajo incumplimientos en mis deberes con los trabajadores haciendo declaraciones sin pago por unos meses…pero despues al tratar de ponerme al dia…las multas e intereses eran muy altos que no he podido cancelar aparte de los cheques protestados que tampoco me han cumplido….NO PODRIAN BAJAR O ELIMINAR ESAS MULTAS E INTERESES PARA PONERSE AL DIA ?
junio 4th, 2021 a las 5:18 pm
buenas tardes.
que debo hacer si la empresa donde trabaje desde el año 1992 hasta el 2001 aprox 8 años, no pago mis aportes a pensión, esta quebró el dueño murió, pero si me descontaba las cuotas de mi nomina.
1. quien responde en este caso?
2. es negligencia del seguro social (hoy Colpensiones) por no realizar el cobro respectivo?
por favor fueron 8 (ocho) años aprox. descontándome de mi nomina dicha cuota y que el seguro no se hubiese percatado del atraso en los pagos? fuimos varios trabajadores con este mismo caso.
muchas gracias.
quedo muy atento.
septiembre 29th, 2021 a las 7:11 pm
si ya estabas afiliado al fondo de pensiones y tu empleador dejo de pagar, probablemente responde el fondo si no le cobró esos dineros al empleador.
agosto 11th, 2023 a las 10:52 pm
trabaje en pollos crispi desde el 25 de Nv de 1984con un cotracto indefinidoe ellos icieron cambios de Razon socialami no me cancelaron el contracto el dueño murio yo segui afiliado al seguro sosial asta el 2014 colpensiones me dio de baja aclaro ami nadie me liquido no hay quien Responda ya tengo 68 años colpenciones dise que apenas tengo 1010 semanas y devo seguir cotisandotengo la hoja de la historia que desde el año 95 dise no pago asta el 2014 colpensiones si me puede pensionar por vejes estoy afiliado al iss desde 1977 ayudeme por favor
junio 13th, 2021 a las 6:43 pm
Buenas tardes:
Es posible hacer el pago retroactivo como independiente de los meses que deje de laborar, por ejemplo durante el 2020 no cotice enero a junio y en el 2021 de enero a mayo. Puedo generar las planillas y al pagar si me compensa las semanas a pensión.
Por favor me podría escribir al correo y por este medio la respuesta.
Agradezco su atención.
Atentamente,
[email protected]
julio 5th, 2021 a las 11:04 am
Buenas Tardes: tengo problemas con mis aportes de pensión… me fui de Colombia en marzo del 2012 y hasta esa fecha pàgue mis aportes normalmente. En españa donde resido desde esa fecha retome el pago de mis aportes en mayo del 2015, con el pleno consentimiento de Colpènsiones porq tuve q inscribirme a Colombianos en el Exterior y hasta el momento estoy pagando muy cumplidamente cada mes. Hace 15 dias me llega una circular de cobro en mora de Colpensiones en donde me dicen q debo pagar los aportes de esa epoca q no pague pero sin intereses seria en promedio $3.000.000 y con intereses un total de $11.000.000, por lo q no entiendo pues yo siempre he pagado como independiente. Me pregunto porq NO me cobraron antes? y asi mismo no subian tanto los intereses? debo pagar toda esta mora, es legal? si no pago perdere la pension? sera q no puedo seguir pagando mis aportes cada mes hasta completar las semanas incluidas las del periodo que no pague, sin importar la edad en q termine?
Gracias por asesorarme quien pueda le agradezco, no se q hacer….
julio 5th, 2021 a las 11:06 am
MARIA VICTORIA Dice:
julio 5th, 2021 a las 11:04 am
Buenas Tardes: tengo problemas con mis aportes de pensión… me fui de Colombia en marzo del 2012 y hasta esa fecha pàgue mis aportes normalmente. En españa donde resido desde esa fecha retome el pago de mis aportes en mayo del 2015, con el pleno consentimiento de Colpènsiones porq tuve q inscribirme a Colombianos en el Exterior y hasta el momento estoy pagando muy cumplidamente cada mes. Hace 15 dias me llega una circular de cobro en mora de Colpensiones en donde me dicen q debo pagar los aportes de esa epoca q no pague pero sin intereses seria en promedio $3.000.000 y con intereses un total de $11.000.000, por lo q no entiendo pues yo siempre he pagado como independiente. Me pregunto porq NO me cobraron antes? y asi mismo no subian tanto los intereses? debo pagar toda esta mora, es legal? si no pago perdere la pension? sera q no puedo seguir pagando mis aportes cada mes hasta completar las semanas incluidas las del periodo que no pague, sin importar la edad en q termine?
Gracias por asesorarme quien pueda le agradezco, no se q hacer….mi correo es [email protected]
julio 7th, 2021 a las 12:12 pm
Buenos dias: trabajé para una empresa de marzo del 1989 a noviembre de 1993. Pero solo fuí afiliado al ISS en julio de 1992. Cuando ingresé a la empresa ésta no tenia ningun trabajador afiliado al ISS, cubria y asumía todos los gastos de la seguridad social, e incluso Pensionaba por su propia cuenta a sus trabajadores. Entre los años 1989 a 1993 la empresa cambió de razon social por venta y fusion con otras compañias similares, algunos trabajadores fueron pensionados y otros indemnizados, los trabajadores mas jovenes fuimos afiliados al ISS desde alguna fecha de 1993 sin retroactivo a la fecha de ingreso y quedando este tiempo sin aportes en mi caso son 152 semanas que me hacen falta para la pension, pues ya he cumplido los 62 años y aun no tengo las 1300 semanas que se requieren para la solicitarla. Que procedimiento debo seguir para recuperar estas semanas que me faltan y poder solicitar la Pension a Colpensiones?. Gracias por la ayuda.
Mi correo es [email protected]
octubre 8th, 2021 a las 3:14 pm
SE PUEDE RECLAMAR MEDIANTE TUTELA?
octubre 29th, 2021 a las 11:56 am
Tengo la siguiente situación:
Un empleador afilio a su colaborador, retuvo los aportes pensionales al trabajado en cada una de sus nóminas pero… no las pagó al fondo, hoy el colaborador ya cumplió edad y semanas cotizadas, ya no necesita que el patrono consigne estos valores al fondo, ¿Qué debe hacer el empleador?, ¿Pagar finalmente los aportes al fondo o devolverle los aportes al colaborador?
noviembre 3rd, 2021 a las 5:43 am
Muchas gracias por la información.
Me gustaría saber si el Cálculo Actuarial aplicaría para mi ex-empleador dado que recién me entero que no comenzaron a hacer los aportes de pensión en Febrero de 1997 cuando comencé a trabajar con ellos, sino 18 meses después, en Sept de 1998. El problema es que ya no tengo ningún documento que pruebe que mi contrato de trabajo inició en esa fecha. Solo cuento con testigos. Muchas gracias!
diciembre 13th, 2021 a las 8:42 pm
trabaje para una empresa de construcción de oleoductos,(TECHINT CONSTRUCCIONES TENCO) trabaje como ayudante de bodega durante 6 meses desde nov del año 1993 hasta mayo de 1994, no me afiliaron a la seguridad social, ya han pasado como unos 28 años, se les han demostrado con documentos, contrato de trabajo hojas de pagos de sueldo, etc, ellos reconocen que si trabaje con ellos, les enviado documentacion, se realizo una audiencia de conciliacion via virtual y han demostrado un silencio administrativo, eso no le ocurrió a mi en mi municipio fueron más de de 250 trabajadores y muchos mas por donde paso la construcción de dicho oleoducto, me gustaria como debo proceder, y a que tengo derecho, gracias.
enero 13th, 2022 a las 2:39 pm
BUENAS TARDES
TENGO EL SIGUIENTE CASO DONDE UN EMPLEADOR ME OCUPO DESDE EL AÑO 2001 PERO NO ME PAGO PENSION HASTA EL 2010 A PARTIR DE ESA FECHA PAGUE COMO INDEPENDIENTE AHORA REVISANDO MI HISTORIA LABORAL ME DI CUENTA DE ESO TENGO 1020 SEMANAS COTIZADAS EL EMPLEADOR MURIO COMO DEBO DE PROCEDER ALLI LO OTRO ES QUE MI ESPOSA ME AFILIO A SALUD COMO BENEFICIARIO LLEVO TRES AÑOS DESEMPLEADO COMO PUEDO PAGAR PENSION NECESITO LA MEJOR AYUDA POSIBLE GRACIAS MI CORREO [email protected]
febrero 4th, 2022 a las 9:09 pm
Trabajé como docente en un Colegio de Cali, que todavia existe, en el area de Matemáticas y Física entre 1972 y 1973, totalizando 56 semanas. Nunca me afiliaron al ISS y obviamente no me descontaron nada para pension. En ese entonces yo era muy joven y no tenía idea de nada de esos temas ni de lo importante que eran. Tengo un certificado actual del colegio de esos tiempos trabajados.
Por diferentes circunstancias, en este momento necesito esas 56 semanas para completar mis 20 años y pensionarme. Puedo solicitar en Colpensiones el valor de la reserva actuarial correspondiente a mi tiempo de servicio en ese colegio? Yo estaria dispuesto a pagar ese valor.
Muchas gracias por su ayuda.
febrero 7th, 2022 a las 12:01 pm
Mi email si alguien tiene una sugerencia o ayuda:
[email protected]
Gracias.
febrero 15th, 2022 a las 11:44 am
como puedo hacer para que la empresa en la que labore desde 2012 hasta 11 de febrero de 2022 me responda por los aportes faltantes a seguridad social porque no consignaron la totalidad que deberían por ejemplo aportaron sobre $589.000.oo y el salario era de $2.500.000.oo
julio 18th, 2022 a las 3:54 pm
Muy seguramente debe demandar a la empresa en la medida que exista.
le puedo asesorar y apoderar su demanda.
febrero 24th, 2022 a las 6:00 pm
BUENAS TARDES
Mirando mi historia laboral, encontre que un ad ela empresasa donde laboré, pago los aportes in pago d ela respectiva mora, tal vez por esta razón Colpensiones no me toma como semanas cotiza<das dicho aporte,
ni pregunta es debo hacar corrección de planillas, esa empresa ya no existe, que rumbo de tomar.
gracias por su ayuda.
junio 13th, 2022 a las 10:41 am
buenos dias tengo una duda mi sobrina trabaja en un spa de uñas su jefe las afilio a pension y salud, resullta que el les esta descontando 270.000 y el no esta dando el porcentaje que le corresponde como empresa que debemos hacer ahi, a parte de eso no les esta dando auxilio de transporte y lo que ellas estan ganando es el 35% y la empresa se queda con el 75% muchas gracias
junio 21st, 2022 a las 12:06 pm
Buenas Tardes, tengo una duda, como persona afiliada independiente a Colpensiones , puedo recuperar semanas no pagadas por mi. claro esta con la liquidación y los intereses correspondientes a la fecha, ósea calculo actuarial. durante los años 2002,2003,2004,2005,2006,2007,2008,2009,2010,2011, tengo meses que no pague. seria posible recuperar esas semanas?
gracias
julio 18th, 2022 a las 3:48 pm
Buenas tardes
solicitele a colpensiones un calculo actuarial para efectuar esos pagos. si puede hacerlo
julio 22nd, 2022 a las 7:18 pm
Un docente que tiene pensiones de jubilacion con FIDUPREVISORA y PENSION GRACIA
Cotizo adicionalmente a COLPENSIONES 1300 semanas o mas (Empresa privada), puede acceder a beneficio pensional con esta ultima entidad??
agosto 27th, 2022 a las 6:37 pm
Durante los últimos tres años que me faltaban para mi jubilación, la empresa ha descontado de mi salario el aporte para el seguro social, y no lo ha depositado a la previsional, pagué por mi cuenta lo que faltaba y accedí a la jubilación, después la empresa fue demandada por la previsional y fue rematada para el cobro de los aportes. En ese remate también la previsional recibió el pago de mi aporte que no había depositado la empresa. En síntesis por los tres años mi aporte lo pague doble, la consulta es si la previsional me podría devolver el aporte que me cobraron de más.
agosto 27th, 2022 a las 6:40 pm
Durante los últimos tres años que me faltaban para mi jubilación, la empresa ha descontado de mi salario el aporte para el seguro social, y no lo ha depositado a la previsional, pagué por mi cuenta lo que faltaba y accedí a la jubilación, después la empresa fue demandada por la previsional y fue rematada para el cobro de los aportes. En ese remate también la previsional recibió el pago de mi aporte que no había depositado la empresa. En síntesis por los tres años mi aporte lo pague doble, la consulta es si la previsional me podría devolver el aporte que me cobraron de más. Muchas gracias.
septiembre 20th, 2022 a las 4:37 pm
Tengo evidencia de aportes a salud, y en su momento estaba afiliado al sistema de pensiones pero el empleador no pagó los aportes. Pero la empresa de pensiones privada no responde por mis aportes. Que debo hacer?
septiembre 22nd, 2022 a las 10:09 am
vivo en España, estoy afiliado a Colpensiones en Colombia con 106 semanas cotizadas, me afilie al seguro en España y desde que empeze a trabajar he cotizado a pension 2018-2019-2020-2021
por error mi esposa cotizo extemporaneamente los años 2028.2019.2020-2021
Al solicitar informacion a Colpensiones me dicen que puedo solicitar el reembolso de ese dinero que supera los $ 7.000.000.
Por favor explicarme como debo de proceder para la devolucion
Atentamente
OlmedoVallejo V
[email protected]
octubre 24th, 2022 a las 5:54 pm
Cordial saludo. Soy docente licenciada en química y trabajé en 3 colegios privados desde el año 1994 hasta el año 1999.En el primer colegio laboré desde marzo hasta noviembre de 1994, en el segundo colegio laboré en el año 1995 y en el tercer colegio, laboré durante los años 1996,1997,1998 y 1999 (supuestamente yo estaba afiliada al Instituto del Seguro Social en esos años) y por mi historial laboral de mi fondo porvenir (al que me trasladé en el año 2000), observo que no me aparecen las semanas cotizadas en esos 5 años laborados y desafortunadamente esos colegios ya no existen, desde hace más de 20 años los cerraron. Por favor me colaboran en asesoría en cuanto a que si puedo hacer algo para recuperar esas semanas. Agradezco enormemente.
enero 19th, 2023 a las 5:15 pm
Cordial saludo, soy profesional en ingeniería Mecánica y trabaje para una empresa privada como ingeniero en dos periodos: Desde 02 de Septiembre de 1997 a Septiembre 30 de 1999 y Desde 10 de Enero de 2000 a Noviembre 30 de 2002; revisando mi historia laboral en mi fondo de pensiones (Porvenir), me doy cuenta que durante los dos años laborados en la década de los noventa (1997-1999) no me pagaron pensión y durante los diez primeros meses del 2000 (Enero 10 a Noviembre 30 del 2000), tampoco me pagaron pensión.
La empresa privada aun existe como razón social. Agradezco su gentil asesoría respecto a lo que debo de hacer, con el fin de recuperar las semanas no cotizadas durante estos periodos laborados.
Mil Gracias.
Atentamente
[email protected]
febrero 14th, 2023 a las 11:13 am
el ministerio de trabajo puede sancionar por el pago de mora en aportes a la pension ?
febrero 24th, 2023 a las 9:20 am
Buen día, tengo 58 años. Quisiera saber si es viable o no mi situación. Venía cotizando la pension subsidiada desde hace 10 años, mi hija me tenía afiliado como beneficiario a la eps de ella, al siguiente año ya mi hija me tuvo que desafiliar y por cuestiones de poca asesoría solicite a una entidad que me afiliaran a la eps por mi parte para poder seguir cotizando pero sin saberlo esta persona me afilio por medio de una cooperativa y automáticamente el sistema del fondo de solidaridad me desactivo del sistema así sin saber seguí haciendo mis aportes a colpensiones normal pero sin estos versen reflejados en mi historia laboral. La cooperativa me afilio cómo dependiente de ellos trabajando a X empresa cuando les dije q necesitaba era cotizar una salud independiente. Se le solicito a la entidad de la cooperativa que ellos podían hacer la liquidación de ese tiempo que se perdió de cotización y yo asumiría el valor a pagar para no perder ese tiempo pero hasta ahora no he tenido respuesta favorable de parte de ellos.. se puede hacer algo en este caso?
abril 18th, 2023 a las 7:15 pm
Estoy trabajando actualmente en una empresa y resulta que no me han pagado el año 2022 en pensiones …puede aun el empleador pagar …es que me dice que el sistema rechaza los pagos ..ya lo que ni se pago …se perdio ?