¿Quién paga la pensión alimenticia si el padre muere?

Cuando el padre obligado a pagar la cuota alimentaria de un menor de edad fallece, si estaba pensionado, la cuota alimentaria deberá ser pagada con cargo a la pensión de sobrevivientes, a quien sea que le corresponda ese derecho.

El pago de la cuota alimentaria se realiza con cargo a la pensión de sobrevivientes, incluso si no existe ningún beneficiario de dicha pensión, como lo dispuso la Corte Constitucional en la sentencia T-462/21.

En consecuencia, si no existe ningún beneficiario que pueda reclamar la pensión de sobrevivientes, y por lo tanto esta muere, el fondo de pensión aún deberá seguir pagando la cuota alimentaria hasta que desaparezca ese derecho, es decir, hasta que cesen los motivos o causas por las que se otorgó la cuota alimentaria.

Si el padre fallecido no estaba pensionado, la cuota alimentaria queda a cargo de la masa sucesoral, es decir, se debe satisfacer con los bienes dejados por el difunto como se explica en esta nota.

Si la persona no tenía bienes o los bienes que tenía no son suficientes para cubrir la cuota alimentaria, esta desaparece, pero aún el menor de edad o su representante tiene la alternativa de buscar otro alimentante, que serían los abuelos.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, noviembre 14). ¿Quién paga la pensión alimenticia si el padre muere? [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/quien-paga-la-pension-alimenticia-si-el-padre-muere.html

Profesionales en nuestro directorio

Aida Soraya Iglesias Giraldo
Abogado · Derecho civil
Alexander Paniagua Gaviria
Abogado · Derecho civil
James Gutierrez
Abogado · Derecho civil

Recomendados.

Registro gratis en Gerencie.com

Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:

  • Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
  • Cuando realice una pregunta será notificado en su correo al recibir respuesta.
  • Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
  • Podrá agregar (Archivar) artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
  • Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
  • Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
  • Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones gratuita.
  • Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.

El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.

Regístrate aquí
Deje su opinión o su pregunta. Trataremos de darle respuesta.
Su comentario o pregunta será editada automáticaente por el sistema.

Regístrese para informarle cuando se responda su pregunta.