Reporte a Datacrédito por deudas prescritas

Las deudas reportadas a Datacrédito que prescriben pueden estar reportadas como máximo 4 años desde la prescripción, y si la prescripción no se declara, el reporte negativo permanecerá por 8 años.

¿A los cuántos años caduca una deuda en Datacrédito?

La caducidad del reporte de una deuda en Datacrédito dependiendo del nivel de cumplimiento de la obligación, es decir, de si la deuda se paga con mora o nunca se paga.

  • Cuando la obligación se paga con mora. El tiempo de reporte es del doble del tiempo de mora sin exceder de 4 años.
  • Obligaciones incumplidas. El tiempo de reporte es de 8 años.

Por ejemplo, cuando una deuda se paga 12 meses luego de haberse vencido el plazo, el reporte negativo permanecerá por 24 meses. Si se paga luego de una mora de 2.5 años (30 meses), el reporte negativo permanecerá 4 años, es el término máximo de permanencia. Si la deuda nunca se paga y no se extingue, el reporte negativo permanecerá por 8 años.

Transcurridos esos tiempos se produce la caducidad y el operador debe retirar los reportes negativos.

Caducidad del reporte de la deudas prescritas.

Antes de afirmar cual es el término por el que debe permanecer el reporte negativo por una deuda prescrita se debe precisar el concepto de prescripción, aclarando que la ley 1266 de 2008 nunca hace referencia a la prescripción de la deuda para efectos de la caducidad del reporte negativo.

Una deuda se considera prescrita cuando no es posible exigirlas judicialmente porque la acción para ello ha prescrito, como es caso de la acción cambiaria respecto a los títulos valores como pagarés o letras de cambio.

Además, la prescripción solo puede ser declarada por un juez en el contexto de un proceso ejecutivo cuando el ejecutado presenta la excepción de prescripción y el juez la encuentra probada. En ese momento formalmente se puede hablar de una deuda prescrita, de modo que mientras el juez no haya dictado sentencia en ese sentido la deuda no está prescrita, y para efecto del reporte a Datacrédito es una deuda incumplida nada más.

Caducidad en de las deudas declaradas como prescritas.

Entrando en materia, cuando la deuda ha sido declarada prescrita en un proceso judicial, la deuda se extingue, puesto que la extinción es un modo por el cual se extingue una obligación según el artículo 1625 del código civil, y esto es importante porque el artículo 13 de la ley 1266 de 2008 señala respecto a la permanencia del reporte negativo en las centrales de riesgos:

«El término de permanencia de esta información será el doble del tiempo de la mora, máximo cuatro (4) años contados a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea extinguida la obligación.»

Dice la norma que el tiempo máximo de permanencia del reporte negativo es de 4 años contados desde la fecha en que extingue la obligación, y, en este caso, la obligación se extingue cuando se declara judicialmente la prescripción. Por consiguiente, la deuda prescrita permanecerá hasta por 4 años luego de declarada la prescripción de la misma.

Caducidad de las deudas que no son declaradas por prescritas.

Cuando no existe una declaración judicial de prescripción esa deuda se clasifica como incumplida en los términos del parágrafo primero del artículo 13 de la ley 1266 de 2008:

«El dato negativo y los datos cuyo contenido haga referencia al tiempo de mora, tipo de cobro, estado de la cartera y, en general, aquellos datos referentes a una situación de incumplimiento de obligaciones caducarán una vez cumplido el término de ocho (8) años, contados a partir del momento en que entre en mora la obligación; cumplido este término deberán ser eliminados de la base de datos.»

Si usted no paga una deuda luego de 8 años de mora el reporte negativo caduca y debe ser retirado de Datacrédito.

Ahora, puede suceder que luego de 7 años de mora el acreedor le inicie un cobro ejecutivo, y el juez declare la prescripción de la deuda. En tal caso el reporte negativo permanecerá 4 años más desde la fecha de la sentencia en que se declaró la prescripción de la deuda, por lo que teóricamente es probable que un reporte negativo dure 11 años y 364 días, suponiendo que la sentencia de prescripción se dicte 1 día antes de que se cumplan los 8 años de caducidad del reporte negativo de una obligación incumplida.

Tiempo de prescripción de las deudas.

Las deudas prescriben en 3 o 5 años según esté respaldada por un título valor o un contrato que preste mérito ejecutivo, y una vez transcurra el término de prescripción esta debe ser declarada por el juez en el contexto de un proceso ejecutivo donde el ejecutado o demandado alega la prescripción como excepción.

Así, una tarjeta de crédito o un crédito de libre inversión, que están respaldados por un pagaré, prescribe en 3 años, pero la prescripción ni se materializa ni se asume por el simple transcurrir de esos 3 años, sino que solo se configura cuando el acreedor demande, el demandado alegue la prescripción y el juez la declare probada, de modo que, si el acreedor nunca presenta la demanda la deuda nunca prescribirá formalmente, y por ello a ley dispuso que los reportes negativos caducan a los 8 años desde el vencimiento del plazo para cumplir con la obligación así la deuda no haya sido declarada prescrita.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Sí. Debe esperar a que transcurran 8 años o a que se declare la prescripción judicial de la deuda por la cual se ha hecho el reporte y esperar 4 años.

No inmediatamente. Cuando la deuda se declara prescrita se extingue, y a partir de esa fecha se empiezan a contar los 4 años de caducidad del reporte. Ahora, si a lo que se refiere es que han pasado 3 o 5 años y no lo han iniciado un proceso ejecutivo, el reporte será retirado a los 8 años de vencido el plazo para pagar la obligación conforme se explicó previamente.

El reporte negativo se puede hacer a los 20 días calendario de haberse notificado al deudor su situación de mora. Es decir, si vencido el plazo para pagar la deuda el deudor no paga, antes de hacer el reporte negativo el acreedor deberá notificar al deudor, y luego de 20 días de esa notificación puede hacer el reporte negativo a Datacrédito.

El reporte negativo se puede hacer como máximo a los 18 meses de vencido el plazo para pagar la obligación según el numeral 11 del artículo 8 de al ley 1266 de 2008. Es decir que, una vez el deudor se constituye en mora hay plazo de 18 meses para que el acreedor realice el reporte a las centrales de riesgo. Si el acreedor no reporta la información negativa en ese plazo opera la caducidad.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, julio 22). Reporte a Datacrédito por deudas prescritas [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/reporte-a-datacredito-por-deudas-prescritas.html

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  1. mafe (marzo 13 de 2024)

    me pueden por favor indicaar los pasos a seguir para que me retiren de data credito por una deuda de hace mas de 10 años y no cuento con sentencia judicial, ni reclamos en ningun juzgado

    Responder
  2. Sandra Lucía Vanegas (septiembre 26 de 2023)

    Cordial saludo. Estuve reportada por casi 10 años por una tarjeta de crédito. por tiempo borraron mi reporte de Datacre dito . Ahora el banco me está cobrando y amenazando con reportarme. Es posible que me vuelvan a reportar?

    Responder
    • ASESOR LEGAL en respuesta a Sandra Lucía Vanegas (febrero 15 de 2024)

      Cabe la posibilidad de que la vuelvan a reportar, en tal caso, hay que solicitar la eliminación inmediata del reporte. +info.3158247190 Abogado.

      Responder
  3. Sandra D. (septiembre 26 de 2023)

    Cordial saludo. Estuve reportada por casi 10 años por una tarjeta de crédito. por tiempo borraron mi reporte de Datacre dito . Ahora el banco me está cobrando y amenazando con reportarme. Es posible que me vuelvan a reportar?

    Responder
  4. Fernando (julio 6 de 2023)

    Buenas tardes tengo una obligacion de hace ya 4 años atras y la empresa apenas me reporta para esta fecha de mayo del año 2023, es legal que despues de tanto timepo me relaicen un reporte negativo y con una fecha falsa

    Responder
  5. Harold (mayo 15 de 2023)

    Hace aproximadamente 6 o 7 años contrage una deuda con bancoclombia por una tarjeta de credito como de 2 o 3 millones de pesos, deje de pagar porque cai preso, hasta el momento sigo en esta condicion, quiero saber si aparezco en las centrales de riesgo o como puedo averiguarlo, o si me toca pagar eso para empezar a cumplir con mi obligacion. alguien podria ayudarme?

    Responder
  6. Kelly paola (marzo 16 de 2023)

    Me ayudas por favor por que hace mas de 10 años esta esa deuda dicen q adeudo 6 meces de obligaciones pero recuerdo pagarlos solo q no cuento con paz y salvo lo perdí y la entidad fisicamente desapareció no llaman no avisan solo reportan mensual.

    Responder
  7. andrea (octubre 6 de 2022)

    donde puedo encontrar esa ley 2157 del 2021 en la pagina de la superintendecia para poderla leer bien.

    Responder
  8. yefri salcedo (agosto 31 de 2022)

    yo tenia un targeta de creditos con davivienda por un valor 400000 mil pesos no la pude pagar por la pandemia y se la vendieron a una casa de cobro en año 2019 08 02 esa deuda ya prequibio

    Responder
  9. Diana (junio 27 de 2022)

    Buenas tardes quisiera saber si pago una hipoteca que tengo en Colombia y esta como patrimonio familiar en el momento en el que pague esa hipoteca deja de ser patrimonio familiar? Me preocupa ya que tengo deudas con los bancos ya hace 4 años y quisiera saber que tengo que hacer para que los bancos no toquen mi casa.
    Gracias

    Responder
  10. Patricia (marzo 16 de 2022)

    Buenos días.
    Por favor me indican a donde se envía la solicitud para que me retiren de las centrales de riesgo, la deuda lleva mas de 15 años aunque en su momento se pago a una oficina de cobros y de esa me pasaron a otra y a otra, pero sigo apareciendo reportada por otro empresa de cobros; tengo los soportes de las consignaciones y los correos enviado en ese momento.

    Muchas gracias!!

    Responder
  11. Manuel pregunta (febrero 7 de 2022)

    Tengo una deuda con fecha de vencimiento del 01 de mayo del 2013, casi 10 años y estoy reportado por una casa de cobranzas que compro la deuda, y me tiene reportado en data crédito negativamente, ahi se aplicaria la caducidad del reporte?.

    Responder
  12. Fabio (febrero 2 de 2022)

    Hola me gustaría que me ayudarán tuve una deuda con un banco ya hace 13 años en la cual no pude pagar,lo cual el banco me elimino el reporte pero ahora me llaman de una casa de cobranza pidiendo que les pague y diciendo que me van a reportar..lo pueden hacer después de tanto tiempo… gracias

    Responder
  13. Leonardo Diaz (febrero 1 de 2022)

    Que derecho fundamental? se debe citar para hacerle a la empresa la petición de la prescripción de la deuda y así facilitar la tutela en respuesta negativa. Ya que el Debido Proceso es la solicitud ante un juez… será valido el HABEAS DATA como derecho fundamental y Debido proceso del reportado para exigirle al acreedor la prescripción

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  14. charo bello (enero 18 de 2022)

    con la ley de borron y cuenta nueva me eliminaron varios reportes negativos, pero quedo uno vigente de un banco que me contesta a travez de un derecho de peticion que me eliminaran de datacredito el reporte negativo pero que la deuda de hace 15 años aun sigue vigente con ellos por siempre es decir que no se extinguira. ademas quien me tiene reportado es una casa de cobranza o invesora a la cual ellos debieron vender la cartera. que hago en este caso? aunque salga de datacredito ellos me pueden embargar mis bienes aunque dicha deuda haya prescrito?

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  15. Melo (enero 12 de 2022)

    Buenas te ho un reporte en una entidad pague el valor total datacredito coloque un reclamo ellos no contestaron y me bajo pero la cifin no como hago para que ellos me bajen el reporte negativo que tengo e colocado reclamos y me lo niegan que debo hacer

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