La sanción mínima que se debe pagar por obligaciones tributarias a la Dian es de $498.000 para el 2025. La sanción mínima es de 10 UVT, y considerando que para el 2025 el UVT vale $49.799, el resultado, luego de la aproximación a la unidad de mil más cercana, como ordena la ley, es de $498.000.
Por ejemplo, cuando se corrige una declaración, cuando se presenta extemporáneamente, cuando no se declara, o cuando hay que corregir los reportes de información exógena (entre otras), que son las sanciones más comunes que paga un contribuyente, la mínima sanción que se paga es de $498.000.
La sanción mínima no se paga cuando se trata de las sanciones por no inscribirse en el RUT o por no actualizarlo.
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