¿Se debe pagar salario a la esposa del mayordomo de la finca?

Una práctica muy común en las zonas rurales tiene que ver con la contratación de una pareja para que se haga cargo de las tareas propias de la finca, pero sólo se hace contrato con el esposo, el cual se conoce como mayordomo y por supuesto que sólo se le paga al mayordomo.

Funciones del mayordomo de la finca.

Las funciones del mayordomo de la finca por lo general tienen que ver con el mantenimiento de la finca, y la realización de las actividades propias de producción y recolección de los frutos y animales que haya en la finca, lo mismo que el cuidado de los jardines, el mantenimiento de las instalaciones de la finca como la casa misma.

No obstante, a que se supone que el mayordomo debe encargarse de todas las actividades de la finca, incluida la casa,  que no se firma un contrato de trabajo con la esposa del mayordomo, y que no se le paga sueldo a esta, la esposa implícitamente asume ciertas obligaciones que en un momento dado podrían derivar en una relación laboral.

Obligaciones laborales de los agricultores.Obligaciones laborales en el sector agrícola, y las alternativa para que algunos agricultores puedan evitar dichas obligaciones.

Por ejemplo, la esposa termina dedicando muchas horas de trabajo a cuidar de las gallinas, los conejos, los peces, etc., lo que sin duda es una actividad laboral en beneficio del empleador dueño de la finca, que debe ser remunerada, así que, o se le paga a la esposa o no le asignan funciones.

Cuando la esposa del mayordomo también trabaja.

La realidad del asunto, es que, para las labores de la finca, generalmente se requiere de dos personas; una que se encarga de las labores propias de la finca y otra para las labores de la casa, y si la esposa llegase a probar que desarrolló actividades en beneficio del propietario de la finca, este bien podría verse obligado a responder por las obligaciones propias de un contrato de trabajo.

Una cosa son las labores domésticas de la casa, como la preparación de los alimentos para su familia, o limpiar la casa donde vive la familia, y otra muy distinta es cuidar de animales, plantas y cultivos para beneficio del dueño de la finca, que es una actividad laboral.

Qué hacer para evitar un contrato realidad con la esposa del mayordomo.

En el contrato con el mayordomo se deben incluir todas las funciones al mayordomo, para que no quede ninguna a cargo de su esposa, y firmar un contrato de arrendamiento por la vivienda o de comodato, para que el mantenimiento y cuidado de la vivienda quede a cargo de la familia como tal, y no como funciones derivadas del contrato de trabajo.

Y, por supuesto, el dueño de la finca no debe asignar ninguna actividad a la esposa del mayordomo, pues en un juicio se acredita que la esposa del mayordomo trabajó para el dueño de la finca, y que él le dio órdenes y la asignó tareas, el juez reconocerá el contrato de trabajo realidad.

Guía Laboral 2024

Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas. Ver más.

Recomendados.

Compártalo en Facebook Compártalo en Twitter
Deje su opinión o su pregunta.

Regístrese para informarle cuando se responda su pregunta.

  1. Blanca C. Rincon (septiembre 21 de 2022)

    Les agradezco por favor me proporcionen un modelo de contrato de trabajo para un cuidador o mayordomo de una finca, quien vive con su esposa e hijo. Mil gracias

    Responder

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.