¿Se puede entregar el inmueble antes de que terminen los tres meses de preaviso?

En el contrato de arrendamiento de vivienda urbana, en general, el arrendador debe notificar al arrendatario la terminación del contrato con una anticipación no inferior a 3 meses. El arrendatario suele preguntarse si, llegado el caso, puede entregar el inmueble antes de que se cumpla el preaviso de los 3 meses, y la respuesta es que no, a no ser que llegue a un acuerdo con el arrendador.

El contrato de arrendamiento no termina antes del preaviso.

El contrato de arrendamiento termina cuando se expira el término pactado o en la fecha en que el arrendador lo notifica al arrendatario, no antes. Mientras el contrato esté vigente, el arrendatario debe cumplirlo, por lo que no puede entregarlo antes sin entrar en incumplimiento.

Sin embargo, entre arrendador y arrendatario pueden llegar a un acuerdo para terminar el contrato en cualquier fecha por mutuo consentimiento, de manera que el arrendatario pueda entregarlo antes de que se venza el preaviso de los 3 meses.

En general, es lo que suele suceder en la práctica, donde arrendador y arrendatario encuentran un punto intermedio sin que ninguno de los dos vea sus intereses afectados.

Cuando a un arrendatario le piden el inmueble, deberá buscar otro y, si lo encuentra antes de los 3 meses, lo natural es que quiera entregarlo para poder alquilar el otro y no pagar doble arriendo o no perder la oportunidad de arrendar el nuevo inmueble. Esto generalmente lo comprende el arrendador y se llega a un acuerdo mutuo.

El inconveniente se suele presentar con las inmobiliarias, que no suelen aceptar este tipo de acuerdo y exigen que se pague el canon de arrendamiento hasta la terminación del contrato.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2025, mayo 26). ¿Se puede entregar el inmueble antes de que terminen los tres meses de preaviso? [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/se-puede-entregar-el-inmueble-antes-de-que-terminen-los-tres-meses-de-preaviso.html

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