Aspectos generales sobre los fondos de empleados

Los fondos de empleados son empresas asociativas, de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes y subordinados, con un mínimo de 10 trabajadores.

La constitución se puede hacer mediante documento privado, esto es que no se requiere escritura pública ante notaria. Basta para la constitución un acta firmada por todos los trabajadores asociados fundadores.

La personería jurídica de los fondos de empleados será reconocida por la inscripción en la cámara de comercio de su domicilio.

Los fondos de empleados deben registrar en la cámara de comercio de comercio los libros de contabilidad, de actas y demás exigidos por normas específicas.

Los asociados de los fondos de empleados, deben hacer aportes periódicos y ahorrar de forma permanente, en los montos que establezcan los estatutos del fondo. De la suma periódica obligatoria que deba entregar cada asociado, se destinará como mínimo, una décima parte para aportes sociales.

La cuota obligatoria que debe aportar cada asociado no puede exceder del 10% del ingreso del asociado.

Los aportes y los ahorros quedarán afectados desde su origen a favor de fondo de empleados como garantía de las obligaciones que el asociado contraiga con éste, para lo cual el fondo podrá efectuar las respectivas compensaciones. Tales sumas son inembargables y no podrán ser gravadas ni transferirse a otros asociados o a terceros.

Los aportes, solo pueden ser devueltos cuando se retira el asociado, cuando se liquide el fondo o cuando algún asociado supere el porcentaje máximo de aportes que puede tener un miembro del fondo.

Los Fondos de Empleados responderán ante terceros con la totalidad de su patrimonio y, suplementariamente, con el monto de los ahorros permanentes de los asociados.

Los asociados responderán, en primer término, con el monto de sus aportes, y, en forma suplementaria, hasta el valor de sus ahorros permanentes.

Los fondos de empleados, al ser una entidad sin ánimo de lucro, están sometidos a la vigilancia de la Superintendencia de Economía solidaria.

Los órganos de control interno de los fondos de empleados, están constituidos por:
Asamblea general
Junta directiva
Gerente
Comité de control social
Revisor fiscal

Es importante anotar, que para ser socio de un fondo de empleados, se debe ser dependiente, asalariado, se debe estar vinculado con alguna empresa, aunque sea con el mismo fondo.

Normatividad: Ley 454 de 1998 y decreto 1481de 1989.

07 / 09 / 2008

Opinar o comentar

106 Opiniones en “Aspectos generales sobre los fondos de empleados”
  1. karen piamba dice:

    muchas gracias..quisiera saber si puedo perder mis aportes ante esta situacion en caso de retirarme y en el caso de no retirarme.

    • Luis Bernardo Carrillo Álvarez dice:

      Karen, si decides retirarte en estos momentos deberás asumir acreencias en proporción a tus aportes. Pero si te quedas y ayudas a luchar por tu empresa solidaria tendrás la posibilidad de recuperar el dinero y además de ayudar a sacarla adelante.

  2. karen piamba dice:

    si al fondo de empleados al que pertenesco lo desfalco una funcionariabdel mismo y tienen la cuenta bancaria de este fondo congelada que puedo hacer para que me respondan con mis aportes ahorrados?

    • Luis Bernardo Carrillo Álvarez dice:

      Karen buen día, saludo solidario. En una situación de estas es evidente que algunos asociados vean el retiro como única salida, pero recuerde que el fondo es de ustedes los asociados y los asociados responden con sus aportes. Por otra parte, recuerde que los asociados que quedan deben enfrentar la situación de la mejor forma para que su organización perdure en el tiempo. En este caso se debe acudir a las pólizas de manejo que el fondo debió constituir. Así, la compañía aseguradora deberá responder e iniciar un proceso contra quien o quienes fueron los autores de esos malos manejos que usted cita. Por otra parte se debe revisar la actuación del la Junta Directiva, del Comité de Control Social y de la Revisoría Fiscal y ver su grado de responsabilidad en la situación que se presentó e iniciar los procesos que haya que iniciar.
      Para evitar estas situaciones es importante que el Fondo brinde a todos los asociados la capacitación desde el momento de su ingreso para administrar su organización y adquirir los conocimientos y construir los criterios que les permitan ejercer un control en cualquier momento.
      Les sugiero que antes de pensar en el retiro, piensen en que esta situación puede fortalecer al fondo, busquen la asesoría de entidades especializadas y de reconocido recorrido y de acuerdo con la Ley los asociados deben citar a una Asamblea Extraordinaria a la que vayan con argumentos sólidos para tomar decisiones. La retirada no es la mejor opción, Le sugiero ver la película “A Prueba de Fuego”. Les deseo éxitos.

  3. jaime artunduaga dice:

    al yo retirarme del fondo por alguna situación ¿esto me genera alguna clase de sanción y porque?, muchas gracias.

    • FERNANDO BOGOTA dice:

      Buenos días, normalmente los estatutos de la entidad incluyen sanciones al momento del retiro voluntario, consistentes en un tiempo determinado para volver a asociarse. Esta sanción se establece como una medida para reducir la entrada y salida de asociados sin control, pero cabe anotar que la sanción no puede ser económica bajo ninguna circunstancia.

      Saludos.

  4. JADINSON dice:

    que tanto puede intervenir, o que tanto se puede asociar una empresa a un fondo de empleados. y legalmente como se pude o como intervien el fondo y la empresa

    • FERNANDO BOGOTA dice:

      Buenas tardes, en escencia los fondo de empleados son empresas asociativas integradas por personas naturales, no jurídicas, por lo que la intervención de la empresa o de las empresas que generan el vínculo asociatovo esta dada nornalmente por el apoyo que dan al fondo, mas alla no es posible. Si busca la forma de vincular a la empesa, la figura que les conviene es la de cooperativa

  5. Orlando Gomez dice:

    Buen día

    Somos un grupo de personas, expertas en economía solidaria, con 15 años de experiencia en el sector, dedicadas a la creación y administración de Fondos de Empleados, y nuestro principal propósito es contribuir al mejoramiento en la calidad de vida de las personas.

    Cordial saludo

    Orlando Gómez Gutiérrez

    Asesor del sector solidario

    O.P. CONSULTORES

    Expertos en Fondos De Empleados

    CEL: 3154106382 – 3203787611

    Email: consultoriasolidaria2@gmail.com

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