Los fondos de empleados no son contribuyentes del impuesto a la renta, por lo tanto, no deben presentar la declaración de renta.
Fondo de empleados no declaran renta.
El artículo 23 del estatuto tributario señala que los fondos de empleados no son contribuyentes del impuesto a la renta y, por tanto, no declaran renta ni pagan impuesto de renta.
En su lugar, los fondos de empleados deben presentar la declaración de ingresos y patrimonio, como expresamente lo señala el mismo artículo 23 del estatuto tributario.
Se señala que, en todo caso, la Dian tiene la facultad para solicitar información a estas entidades para garantizar su transparencia.
Cómo se declaran los aportes a los fondos de empleados.
Los fondos de empleados están conformados por empleados que regularmente hacen aportes en dinero. ¿Cómo declaran los trabajadores esos aportes?
No existe un beneficio para los aportes a fondos de empleados, así que esos aportes no se pueden tratar como ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, ni como renta exenta. Tampoco existe norma que permita tratar esos aportes como una deducción o costo, así que los aportes a los fondos de empleados no son deducibles.
Los recursos que el empleado tenga a su nombre en los fondos de empleados y que estén a su disposición deben ser declarados como patrimonio, tal como se declaran los saldos en una cuenta de ahorros.
Buen día, estoy afiliada a un fondo de empleados. El ahorro que tengo en el fondo genera una rentabilidad que me la certifican en el certificado anual de retención en la fuente e incluyen porcentaje de ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, que es del 55.43% año 2025. Estos ingresos, ¿cómo los declaro? ¿Como rentas de capital a pesar de que se van acumulando a los aportes mensuales acumulados? ¿O solo los sumo y los ingreso al patrimonio junto con sus aportes sin relacionarlos en rentas de capital debido a que estas no han sido consignadas en mi cuenta para el disfrute? Agradezco la asesoría que me puedan dar.
Los rendimientos se declaran como ingreso en las rentas de capital, porque es un rendimiento financiero como cualquier otro, y lo que se declara en el patrimonio es el saldo que tenga a 31 de diciembre, y en ese saldo no se especifica qué parte es capital y qué parte es rendimiento acumulado.
Una precisión: no puede declarar como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional el componente inflacionario debido a que el fondo de empleados no es un intermediario financiero y, por lo tanto, no cumple los requisitos que exige el artículo 38 del estatuto tributario.
El fondo de empleados al cual estoy afiliado está obligado a devolverme las utilidades gananciales por el capital ahorrado durante muchos años. Además, estoy obligado a pagar una cuota de aporte a la solidaridad del fondo de empleados mensual, que equivale al 2% de mi salario mensual.
Sí, los aportes, como las ganancias, pertenecen al afiliado y, por tanto, se le deben devolver.
Tengo una pregunta sobre este artículo y si los recursos que tengo en el fondo de empleados los retiro y los consignan en mi cuenta los debo registrar como un ingreso y también en el patrimonio