Hora extra nocturna

La hora extra nocturna es la hora laborada de noche adicional a la jornada laboral ordinaria, sea esta la máxima legal o la pactada entre las partes. Se entiende que es una hora nocturna si está entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana. El recargo es del 75% según el numeral 3 de artículo 168 del código sustantivo del trabajo.

Para que se configure la hora extra nocturna deben suceder dos situaciones:

  1. Que sea extra, esto es adicional a la jornada ordinaria.
  2. Que ocurra entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana.

Ejemplo 1. La jornada ordinaria de 8 horas inicia a las 2 de la tarde y el trabajador sale a las 12 de la noche.

  1. El trabajador ha laborado 10 horas, dos de las cuales son extras.
  2. Después de las 10 de la noche el trabajador ha laborado dos horas.

Las dos horas nocturnas son extras, puesto que la jornada ordinaria coincide con la el horario diurno que es hasta las 10 de la noche.

Si la hora tiene un valor de $10.000, cada hora extra nocturna tendrá un valor de $17.500 (10.000x1.75)

Ejemplo 2: La jornada ordinaria de 8 horas inicia a las 3 de la tarde y el trabajador sale a las 12 de la noche.

  1. El empleado ha laborado 9 horas, de las cuales 1 es extra.
  2. Después de las 10 de la noche el trabajador ha laborado 2 horas.

De las dos horas nocturnas trabajadas por el empleado, 1 es extra y la otra es ordinaria teniendo entonces:

  • 7 horas ordinarias diurnas (3pm – 10pm)
  • 1 hora ordinaria nocturna (10pm – 11pm)
  • 1 hora extra nocturna (11pm – 12pm)

Teniendo la hora ordinaria un valor de $10.000  se tiene lo siguiente:

  • 7 horas ordinaria diurnas: 70.000 (10.000x7)
  • 1 hora ordinaria nocturna: 13.500 (10.000x1.35)
  • 1 hora extra nocturna: 17.500 (10.000x1.75)

Ejemplo 3. La jornada laboral ordinaria de 8 horas es iniciada el domingo a las 2 de la tarde y se termina el domingo a las 12 de la noche:

  1. Se han laborado 10 horas, de la cuales 2 son extras.
  2. Después de las 10 de la noche se han laborado 2 horas, siendo estas nocturnas.

Con este  horario se tiene que:

Suponiendo el valor de la hora ordinaria en $10.000 se tiene:

  • 8 horas ordinarias dominicales: 140.000 (10.000x1.75x7)
  • 2 horas dominicales extras y nocturnas: 50.000 (10.000x2.5x2)

El trabajo dominical extra nocturno tiene un recargo del 150%, debido  a que se suma el recargo dominical que es del 75% según el artículo 179 del código sustantivo del trabajo, con el recargo nocturno que también es del 75%, para un total de 150%.

06 / 12 / 2011

Opinar o comentar

13 Opiniones en “Hora extra nocturna”
  1. CARLOS dice:

    ALGUIEN ME PUEDE SACAR DE LA DUDA SOBRE CUANDO SE DEBE PAGAR UNA HORA EXTRA NOCTURNA YA QUE PLANTEO EL SIGUIENTE PROBLEMA

    SI UN TRABAJADOR X SU TURNO AVITUAL ES DE 22:00 HRS A 06:00 HRS PERO LA COMPAÑIA LO NECESITA QUE ENTRE A LAS 20:00 HRS HASTA LAS 06:00 HRS POR LO CUAL HAY DOS HORAS EXTRAS LA PREGUNTA ES ¿ SON HORAS EXTRAS NOCTURNAS O DIURNAS?

    ATENTO A UNA RESPUESTA

  2. rodrigo dice:

    el recargo nocturno inicia a que hora y a que hora termina ordinario
    el recargo festivo diurno
    el recargo festivo nocturno

  3. efrain florez dice:

    Trabajo en unaemepesa, del estado,mitrabajo es al turno, es decir
    10-pm a 6 am , 6 am a 2 pm , 2 pm a 10 pm, de lunes a sabado, tabajando un domingo si y un domingo nó, al mes.
    mi inquietud está, en la forma como nos liquidan el tiempo laborado y las hors extras y su recargo correspondiente.
    Por favor me puedn enviar las formulas o tablas de la maer correcta de liquidar.
    gracias

  4. Wilfredo dice:

    Buenos días
    MI horaio laboral es de 8 am a 5 pm de lunes a viernes y en muchas ocanciones se labora hasta las 12 de la noche.
    Mi duda es ¿ adicional a las horas que trabajo despues de las 10pm solo estoy pasando el cobro por hora extra nocturna, debería tambíen sumarle recargo nocturno es decir debria sumarle el 3.1%, 1.75% de la hora extra nocturna y 1.35% de la ordinaria nocturna?

  5. carlos andres dice:

    por favor si alguien me puede facilitar las formulas para la liquidacion de liquidacion de los recargos nocturnos, dominicales o festivos y recargo nocturno en dominicales. con un ejemplo sencillo… y la norma legal.

    lo que pasa en que donde trabajo estan aplicando la norma a su manera. pero yo se que esta mal… por favor si alguien me ayuda… muchas gracias.

  6. william henao dice:

    trabajo en una empresa de 6 pm a 6 am tengo derecho a horas extras nocturnas teniendo en cuenta que debo hacer 8.5 horas laborales y tambien tendria derecho a recargo nocturno de las horas ordinarias comprendidas de 10 pm a 2:30 am

  7. Iván barrera dice:

    Hola yo rebajo en una epresa de 7pm a 7am y me dan una vonificasion de 124000 adicional quincenal adicional al salario mínimo. me están pagando las horas extras legales o no?

  8. Claudia Peña dice:

    Buenas tardes, encontre este error en la informacion : 8 horas ordinarias dominicales: 140.000 (10.000×1.75×7)… este 7 esta mal !!

    debe ser :8 horas ordinarias dominicales: 140.000 (10.000×1.75×8)

  9. jose luis gomez canchano dice:

    Buenos dias
    Tengo 8anos trabajando en la empresa, de los cuales llevo dos anos trabajando de noche con un horario de 7:00pm a 7:30am de lunes a domingo, en donde mi descanso es un domingo cada 15-dias, teniendo en cuenta que el horario del domingo que trabajo va de 4:00pm a 7:30am sin remuneracion alguna hasta el dia siguiente devengado el salamio minimo $566.700 y un recargo nocturno de $97.500 quincenales adicional.
    Mi pregunta es: que si me estan liquidando mis horas extras y mi recargo nocturno como es debido,y si es justo el descanso que vengo teniendo,y del horario del domingo que me toca trabajar si es justo.
    Muchas gracias que DIOS los bendiga siempre.

  10. kevin dice:

    buen trabajo gracias por ayudarme a encontrar la tarea :-)

  11. Alan dice:

    si un empleado labora todos las noches del mes y del año, lógicamente con descansos pero +o- 2 días x cada 30 días. A este empleado le pagan por domingo trabajado: el día mas el recargo; y si descansó solo el recargo del día que descansado ¿esto representa algo a tener en cuenta en los pagos? lo digo pues escuche algo al respecto de trabajo nocturno ocasional.

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