Pensión máxima en Colombia

En Colombia existe un límite máximo al monto de la pensión, o mejor, del monto máximo de la mesada pensional que puede recibir una persona pensionada.

¿Cuánto es el monto máximo de la mesada pensional en Colombia?

En primer lugar, hay que precisar que en Colombia existen dos regímenes de pensión a saber:

  • Régimen de Prima Media con prestación Definida
  • Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad

El régimen de prima media es gestionado por el estado, actualmente a cargo de Colpensiones.

El régimen de ahorro individual es gestionado por fondos privados.

Monto máximo de la pensión en el régimen de prima media

En el régimen de prima media el monto máximo de la mesada pensional no puede exceder al equivalente de 25 salarios mínimos mensuales según el artículo 18 de la ley 100 de 1993.

No obstante, algunos políticos y magistrados han logrado pensiones infinitamente superiores a ese tope, pero ello no está al alcance del ciudadano común y corriente, quien no podrá aspirar a más de 25 salarios mínimos mensuales.

Monto máximo de la pensión en los fondos privados de pensión.

En cuanto a las personas que están afiliadas a un fondo de pensiones privado, no hay límite superior a su mesada pensional mensual, y su pensión será tan alta como altos sea el ahorro que logró en su vida laboral.

Esto es así porque en el régimen de ahorro individual cada persona se financia su propia pensión, de manera que según lo que ahorre cada persona así será el monto de su pensión, toda vez que esta depende del capital que la persona hay acumulado en su cuenta individual.

Pensión mínima

En los dos regímenes la pensión no puede ser inferior a un salario mínimo, por lo que la persona no se pensionará hasta tanto no se garantice una mesada pensional de por lo menos un salario mínimo.

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