Impuesto de renta en la indemnización sustitutiva de pensión

Cuando una persona no cumple los requisitos para pensionarse, recibe una indemnización sustitutiva de pensión, o devolución de saldos o aportes. ¿Qué tratamiento tienen en el impuesto de renta?

Cómo declarar la devolución de aportes a pensión.

Cuando el fondo de pensiones, sea privado o Colpensiones, devuelve los aportes al afiliado en razón a que no cumplió los requisitos para pensionarse, la persona debe declararlos en caso que esté obligado a declarar renta.

Esos ingresos se declaran en la cédula de pensiones, pues corresponde una devolución de aportes a pensión, que técnicamente se conoce como indemnización sustitutiva en el régimen de prima media, y devolución de saldos en los fondos privados de pensión, pero coloquialmente se conocen como devolución de aportes.

Parte de esos recursos están exento del impuesto a la renta, como parte de las renta exentas del artículo 206 del estatuto tributario,  como pasa a explicarse.

Renta exenta en la devolución de aportes a pensión.

Las pensiones son parcialmente exentas del impuesto de renta según el numeral 5 del artículo 206 del estatuto tributario, y la devolución de aportes también es parcialmente exento del impuesto de renta según el numeral 6 del mismo artículo:

«El mismo tratamiento tendrán las Indemnizaciones Sustitutivas de las Pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional. Para el efecto, el valor exonerado del impuesto será el que resulte de multiplicar la suma equivalente a 1.000 UVT, calculados al momento de recibir la indemnización, por el número de meses a los cuales ésta corresponda.»

El procedimiento es sencillo; se toman el número de meses al que corresponde la devolución de aportes, y se multiplica por 1.000 Uvt, y ese será el valor exento del impuesto de renta.

Declarar renta por recibir devolución de aportes.

Una persona que no está obligada a declarar renta puede quedarlo al recibir una indemnización sustitutiva de pensión o una devolución de saldos.

La razón es que estos dineros se consignan, y dependiendo del valor de los aportes devueltos, puede superar el tope de consignaciones.

¿En qué año se declara la devolución de aportes?

La indemnización sustitutiva o la devolución de saldos se declara en el año en que se reciben, teniendo en cuenta que la declaración de se año se presenta en el siguiente año.

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