La mayoría absoluta hace referencia a la mitad de los votos más uno. Es decir, que, si una asamblea está conformada por 100 personas, la mayoría absoluta se alcanza con 51 votos.
La mayoría calificada es aquella mayor a la absoluta, establecida por una ley, norma o estatuto, y que puede ser 2/3, el 60%, 80%, etc., según cada caso particular.
La mayoría calificada es distinta en cada institución, empresa o cuerpo colegiado, y es definida por una ley o por el estatuto interno de cada organización.
Recomendados.
Liquidador de intereses moratorios Dian
Calendario tributario 2025
Empresa puede colocar cámaras de video en el lugar de trabajo
Omisión de agente retenedor
Comparendos de tránsito y fotomultas
BEPS. Guía completa
Déjenos un comentario o una pregunta
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes
Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir nuestras actualizaciones