Periodicidad del IVA en empresas nuevas

En el impuesto a las ventas existen dos periodos gravables, uno bimestral y otro cuatrimestral, y para el caso de las empresas nuevas la periodicidad será siempre bimestral.

Inicio de actividades durante el ejercicio.

Cuando la empresa apenas inicia actividades, generalmente lo hace cuando ya ha iniciado el periodo gravable, sea cuatrimestral o bimestral.

Por ejemplo, el primer periodo tanto bimestral como cuatrimestral inicia el 01 de enero, pero la empresa puede iniciar actividades el 20 de enero, o el 5 de marzo, etc.

Además, en las empresas nuevas no existe un año anterior que sirva de referencia para determinar el periodo de Iva con base a los ingresos.

Periodo del IVA para empresas muevas.

Respecto al periodo de Iva de una empresa nueva aplica lo señalado en segundo inciso del parágrafo único del artículo 600 del estatuto tributario:

«Cuando se inicien actividades durante el ejercicio, el período gravable será el comprendido entre la fecha de iniciación de actividades y la fecha de finalización del respectivo período de acuerdo al numeral primero del presente artículo.»

El 1.6.1.6.3 del decreto 1625 de 2016 es más preciso al indicar de forma expresa que el periodo será bimestral:

«Los nuevos responsables del impuesto sobre las ventas que inicien actividades durante el ejercicio deberán presentar su declaración y pago de manera bimestral, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del parágrafo del artículo 600 del Estatuto Tributario.»

La empresa que inicie actividades en el 2023, su periodo gravable será siempre bimestral, y sólo en el 2024 puede plantearse cambiar de periodo gravable considerando los ingresos brutos a 31 de diciembre de 2022, que para entonces será el año anterior, que es el que sirve de referencia para determinar el periodo gravable.

De tal manera, en el 2024 esa empresa creada en el 2023 podrá cambiar a un periodo cuatrimestral si a 31 de diciembre de 2023 obtuvo ingresos brutos inferiores a 92.000 Uvt ($3.901.947.000).

Durante el 2023 esa empresa nueva no podrá cambiar a periodo cuatrimestral, porque al ser una nueva empresa no existe un año anterior con ingresos que puedan servir de referencia. El año anterior sólo surge en el segundo año de vida de la empresa, en este caso, el 2024.

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11 Opiniones
  1. Nestor Uribe Dice:

    Agradezco su amable interpretación. Gracias

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  2. Yeimi Tejeda Dice:

    En el caso en que la empresa no es nueva es decir lleva mas de un periodo gravable, pero apenas comienza a comercializar productos con IVA, su periodicidad para la presentación del impuesto sobre las ventas será de igual manera bimestral?

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  3. yesid Dice:

    buenos dias, para una empresa nueva creada en 2020 que no tuvo ingresos, cual seria su periodicidad de impusto a las ventas si empezo a facturar en abril de 2021?

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    • Patricia Dice:

      El periodo sería cuatrimestral.

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      • Nathalia Dice:

        Hola, aplicaría también cuatrimestral, si empezó a facturar en marzo?

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    • PAOLA MB Dice:

      Se debe tener en cuenta que la norma indica, inicio de actividad no de constitución, son momentos diferentes

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  4. veronica Dice:

    BUENOS DIAS, UNA EMPRESA JURIDICA QUE SE CONSTITUYO EN JULIO DE 2021, PERO APENAS EN SEPTIEMBRE DE 2021 EMPEZO A GENERAR FACTURAS ELECTRONICAS, QUE IMPUESTOS DEBE DECLARAR?

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  5. Ana Dice:

    En el caso en que la empresa no es nueva es decir lleva mas de un periodo gravable, pero apenas comienza a comercializar productos con IVA, su periodicidad para la presentación del impuesto sobre las ventas será de igual manera bimestral?

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  6. JOSE MIGUEL FORTICH Dice:

    Para una empresa que empezó su actividad en junio 2021, cuando debe cambiar de bimestral a cuatrimestral?

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  7. Iván Dice:

    Señores Gerencie: Creo que hay un error en la redacción del siguiente párrafo: “La empresa que inicie actividades en el 2023, su periodo gravable será siempre bimestral, y sólo en el 2024 puede plantearse cambiar de periodo gravable considerando los ingresos brutos a 31 de diciembre de 2022, que para entonces será el año anterior, que es el que sirve de referencia para determinar el periodo gravable”. Si, de acuerdo al ejemplo, la entidad se crea en el 2023 considerará los ingresos del mismo año para determinar qué periodicidad le correspondería en el año 2024, pero jamás tendrá en cuenta los ingresos del 2022, por cuanto se creó en el 2023.

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  8. Martha Vélez Dice:

    si una empresa constituida en 2020 que ejerce actividades excluidas y de repente comienza en enero de 2023 a ejercer actividades gravadas con iva, que periodo debe tomar? los ingresos año anterior no superan 3.500 uvt aunq solo son de actividad excluida..

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