Régimen común y simplificado

El régimen común y simplificado es una clasificación que la ley hace de los responsables del impuesto a las ventas, aunque en la actualidad ya no se les da ese nombre, sino simplemente responsables y no responsables del Iva.

Régimen común.

Se denomina régimen común a quienes son responsables del Iva, y debido a ello deben cumplir obligaciones como facturar el Iva, recaudarlo, presentar la declaración de Iva, y por supuesto, pagar el Iva a la Dian.

Régimen común.Qué es el régimen común den el Iva, quienes pertenecen a él, y obligaciones que debe cumplir el responsable.

Al régimen común pertenecen todas las personas jurídicas que vendan productos o presten servicios gravados con el Iva.

En el caso de las personas naturales, pertenecen al régimen común aquellas que no cumplen los requisitos para pertenecer al régimen simplificado.

Régimen simplificado.

El régimen simplificado es el nombre que se da a las personas naturales que cumplen con los topes que la ley señala para pertenecer al régimen simplificado, que, a pesar de vender productos o servicios gravados con el Iva, la ley no los considera responsables de dicho impuesto.

En consecuencia, al no ser responsables del Iva no deben asumir ninguna obligación respecto a dicho impuesto, así que no deben facturarlo, ni declarar Iva, etc.

Los topes o requisitos para pertenecer al régimen simplificado del Iva están señalados en el parágrafo 3 del artículo 437 del estatuto tributario, y son los siguientes:

  • Que en el año anterior o en el año en curso hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a 3.500 UVT.
  • Que no tengan más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerzan su actividad.
  • Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
  • Que no sean usuarios aduaneros.
  • Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a 3.500 UVT.
  • Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año, provenientes de actividades gravadas con el impuesto sobre las ventas (IVA), no supere la suma de 3.500 UVT.
Régimen simplificado.El régimen simplificado en el Iva hace referencia a las personas naturales que no superan los topes o montos para ser clasificados como responsables del Iva.

Diferencia entre régimen común y régimen simplificado.

La principal diferencia entre el régimen común y el régimen simplificado, radica en la responsabilidad del Iva.

El régimen común es responsable del Iva en tanto el régimen simplificado no es responsable del Iva, aunque realice operaciones gravadas con ese impuesto.

Por lo anterior, mientras el régimen común debe facturar el Iva, el régimen simplificado no, y mientras el régimen común debe declarar Iva el simplificado no.

Si bien los dos deben estar inscritos en el Rut, las responsabilidades frente a la Dian son distintas, y, de hecho, el régimen simplificado no tiene ninguna obligación diferente a la inscripción en el Rut.

Otra diferencia, es que al régimen simplificado sólo pueden pertenecer las personas naturales, y al régimen común pueden pertenecer tanto personas jurídicas como naturales.

Pasar del régimen simplificado al régimen común.

Las personas naturales que pertenecen al régimen simplificado deben pasar o inscribirse en el régimen común del impuesto a las ventas cuando dejan de cumplir uno de los requisitos que le permiten permanecer al régimen simplificado.

Ese cambio debe hacerse en el periodo bimestral del Iva siguiente al que dejen de cumplir los requisititos para pertenecer al régimen simplificado.

Cambio de responsabilidad o de régimen en el Iva.Cuando y qué requisitos se requieren para que una persona se cambie de régimen o responsabilidad en el Iva.

Pasar del régimen común al simplificado.

Las personas naturales que pertenecen al régimen simplificado pueden regresar al régimen común cuando vuelvan a cumplir los requisitos para pertenecer a él.

Requisitos para pasar de régimen común a simplificado.Cambio de régimen común a simplificado. Requisitos para que un responsable del régimen común en el Iva regrese al régimen simplificado.

Señala la parte pertinente del parágrafo 3 del artículo 437 del estatuto tributario:

«Los responsables del impuesto solo podrán solicitar su retiro del régimen cuando demuestren que en el año fiscal anterior se cumplieron, las condiciones establecidas en la presente disposición.»

Es decir que se requiere que en el año anterior se hayan cumplido todos los requisitos para pertenecer al régimen simplificado, para poder regresar a dicho régimen.

¿Cómo saber si una empresa es régimen común o simplificado?

Pasa saber si una empresa es régimen común o simplificado, sólo debe consultar el Rut, ya que en dicho documento figura el régimen al que pertenece.

Recuerde que sólo las personas naturales pueden pertenecer al régimen simplificado.

Para saber si el régimen de Iva en el Rut, en la sección responsabilidades encontrará el código 48 para responsable de Iva (antiguo régimen común) y código 49 para no responsable de Iva, el antiguo régimen simplificado.

¿Régimen simple y simplificado es lo mismo?

No. El régimen simplificado versa sobre el impuesto a las ventas, y el régimen simple versa sobre el impuesto a la renta.

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  1. Juan Andres (febrero 16 de 2023)

    Tengo una duda, en el blog afirman que regimen comun empresas y naturales y regimen simple unicamente naturales. Sin embargo, tengo entendido que persona juridica puede ser también regimen simple

    Responder
    • yo en respuesta a Juan Andres (marzo 6 de 2023)

      Nunca.

      Responder
    • LEIDY VILLAMIZAR en respuesta a Juan Andres (septiembre 29 de 2023)

      no sra en el regimen simple solo estan personas naturales ya que los ingresos deben ser minimos, otra cosa muy diferente es ser regimen comun que era como antes se llamaba ahora se llama RESPONSABLE DE IVA eso es totalmente diferente a un RST

      Responder
      • Rigoberto Pelayo en respuesta a LEIDY VILLAMIZAR (diciembre 18 de 2023)

        Exacto. Las personas jurídicas no pueden pertenecer al régimen simplificado, puede ser no responsables del Iva en el evento en que desarrollen actividades que no estén gravadas con el Iva ni exentas.

        Pero si desarrollan alguna actividad gravada, serán responsables del Iva independientemente del monto de sus ingresos.

        Responder
  2. Odimar (octubre 9 de 2023)

    Exactamente como funciona el régimen simple y como se puede acceder a estar en el bajo que conceptos.

    Responder
    • Rigoberto Pelayo en respuesta a Odimar (diciembre 18 de 2023)

      El régimen simple, como su nombre lo indica, es un régimen simplificado de tributación en el que se incluye 3 impuestos, el de renta, consumo y el de Ica.

      Es decir, que en una sola declaración se declaran los 3 impuestos, de unan forma simplificada, en cierto modo.
      simple se deben consultar los contribuyentes que pueden optar por el, que están señalados en el artículo 905 del Estatuto tributario.

      Responder

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