Proceso de sucesión ante notario

La sucesión notarial no es un proceso como tal, es un trámite sumario que se puede adelantar ante el notario público cuando todos los herederos se encuentran de acuerdo en la forma de repartir los bienes heredados.

Sucesión ante notario.

El trámite de la sucesión notarial se da cuando los herederos son plenamente capaces, proceden de común acuerdo y presenten escrito por intermedio de apoderado judicial ante el notario para hacer el proceso de repartición de bienes.

La solicitud debe ser presentada personalmente por el apoderado ante el notario del círculo notarial que corresponda al último domicilio del causante; si tenía varios el del asiento principal de sus negocios.

El proceso de sucesión por notaria es más sencillo y expedito que un proceso de sucesión judicial, entre otras razones, porque si se hace ante un juez, es porque hay problemas entre los herederos que harán complejo el proceso.

Regulación del trámite de sucesión notarial.

El trámite de sucesión notarial está regulado por el decreto 902 de 1998, que fue modificado por el decreto 1729 de 1989.

Estos decretos remiten al código de procedimiento civil, que hoy corresponde al código general del proceso.

Requisitos de la sucesión notarial.

Los requisitos para poder tramitar la sucesión ante notario son:

  • Herederos plenamente capaces.
  • Que haya acuerdo entre los herederos, no debe haber ninguna discrepancia en cuanto a la sucesión se trata.
  • Se debe presentarse solicitud por escrito por intermedio de apoderado, es decir, se requiere de abogado.

Esta regla se encuentra establecida en el artículo 1° del decreto 902 de 1988 el cual fue modificado por el decreto 1729 de 1989 artículo 1°.

Dicho artículo en su inciso primero establece esta regla de la siguiente manera:

«Podrán liquidarse ante notario público las herencias de cualquier cuantía y las sociedades conyugales cuando fuere el caso, siempre que los herederos, legatarios y el cónyuge sobreviviente, o los cesionarios de éstos, sean plenamente capaces procedan de común acuerdo y lo soliciten por escrito mediante apoderado, que deberá ser abogado titulado e inscrito.»

El heredero único también puede acogerse a este trámite; la solicitud de trámite de sucesión notarial debe contener:

  • Nombre y vecindad de los peticionarios.
  • Interés que les asiste para iniciar el trámite de sucesión notarial.
  • Nombre y último domicilio del causante.
  • La declaración de cómo se acepta la herencia (se acepta pura y simplemente o con beneficio de inventario).
  • Se debe expresar bajo la gravedad de juramento que no se conocen a otros herederos con mejor derecho, o no se sabe de la existencia de otros herederos o acreedores, distintos a los que se deben enunciar en la relación de activos y pasivos.
  • Si el causante era casado se deberá presentar la solicitud junto con el cónyuge, a menos que haya muerto o se demuestre disolución de la sociedad conyugal.

El trámite notarial al ser voluntaria y carente de conflicto entre los herederos, es un proceso muy ágil, contrario al proceso de sucesión ante un juez que puede tardar años según la actitud de los herederos que participan en él.

¿Se puede hacer la sucesión por notaría sin abogado?

El proceso de sucesión por notaria se debe realizar mediante apoderado que debe ser un abogado titulado según dispone el articulo primero del decreto 902 de 1988.

Cuando los activos de la sucesión sean iguales o menores a 15 salarios mínimos, no es necesario contratar a un abogado.

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  1. nedani (marzo 21 de 2022)

    Buenos días. Se puede realizar una sucesión de mutuo acuerdo de mínima cuantía (vía notarial) por medio de apoderado con licencia temporal.

    Responder
  2. Marie 13 (septiembre 5 de 2022)

    Holà, fallecio mi madre despues de mi padre ace 17 meses, 4 herederos vivimos en Francia, 1 en España. Me dice uno de mis hermanos que tenemos cita en el la notaria. Pero el notario no me a confirmado. Como puedo preguntar para que me responda?
    Munchas gracias por su respuesta
    Marie

    Responder
  3. Francisco R. (septiembre 19 de 2022)

    Evidenciando su información es de muchísima ayuda didáctica y practica, pero, en su “Regulación del trámite de sucesión notarial.
    El trámite de sucesión notarial está regulado por el decreto 902 de 1998, que fue modificado por el decreto 1729 de 1989”.

    debe corregir el año del decreto 902 que la correcta seria 1988. sin ánimos de ofender y con todo respeto, solo para que no haya confusiones.

    Excelente labor..

    Responder
  4. JTC1978 (septiembre 24 de 2022)

    La gente de hoy en día quiere todo gratis. Hay que pagar Abogado, para que puedan hacer sus procesos ante Notaría o Juzgado.

    Responder
    • Danilo en respuesta a JTC1978 (diciembre 14 de 2023)

      Considero que si el acuerdo es amistoso, no se debería exigir la intervención de un abogado es un simple trámite notarial donde se deben cancelar los gastos notariales respectivos es un acuerdo de partes extrajudicial y a solo que existan eventos que no se denuncien en el acuerdo no habría lugar a que interviniesen más actores, además la norma permite la exención de 40 SMLV, porque motivo en la distribución de un inmueble que es la casa de familia no se puede realizar dicho trámite de forma consensual,si lo que se establece es que se garanticen a las partes el mínimo derecho a la vivienda.

      Responder
  5. Liliana Franco (noviembre 7 de 2022)

    Buenos dias , Mi madre fallecio hace 9 meses, soy hija unica, mi padre fallacio anteriormente en año 2000 , me dejo un patrimonio de casa donde vivimos actualmente con mi esposo y mis hijas , he esto validando para realizar el sucesion por notaria , pero me indica lo que he envestigado, que si la sucesion supera un monto de 100 millones debe realizarlo con el poder de un abogado , me gustaria saber cuanto seria los honorarios para este caso del abogado y si es posible los impuestos que debe pagar , si la propiedad esta valorada en 148.000.0000
    gracias por su atencioan prestada….
    atentamente
    Liliana Franco

    Responder
    • Liliana Franco en respuesta a Liliana Franco (noviembre 7 de 2022)

      Buenos dias , hago una aclaracion el valor catastral es 148.000.0000
      gracias por su atencioan prestada….
      atentamente
      Liliana Franco

      Responder
    • jennsy rizo en respuesta a Liliana Franco (diciembre 26 de 2022)

      hola buenas noches, efectivamente debe realizarse con un abogado, con mucho gusto le colaboro y los honorarios los podemos asignar de mutuo acuerdo mi numero es 3007632829 me puede escribir y con gusto la asesoro

      Responder
  6. CARLOS VARGAS (noviembre 17 de 2022)

    SE HIZO LA SUCESION DE MI PADRE QUE MURIO HACE DOS AÑOS CON ABOGADO ANTE NOTARIO UNO DE LOS HERMANOS NOS SOLICITO EL PODER, NO NOS HABIA INFORMADO SOBRE EL TRAMIE HOY DESEO SOLICITAR LA IMPUGNACION PORQUE SE HIZO DE UNA MANERA NO ACORDADA, LESAGRDEZCO ME COLABOREN CON LA RESPUESTA SI SE PUEDE HACER Y COMO SE HACE. GRACIAS

    Responder
  7. josemar (noviembre 28 de 2022)

    Buenos días

    Soy josé Márquez y quiero preguntarles si un notario tiene algún impedimento para hacer una sucesión a miembros de su familia
    Gracias
    Atte
    José Márquez
    CC 8270903

    Responder
  8. Danalon (febrero 1 de 2023)

    Buen día:
    Cuando un bien de $100.000.000 de pesos no tiene afectación familiar, y en el certificado de tradición solo aparece como propietario uno de los cónyuges (la cual en su debido momento, fue comprandole a sus hermanas y hermanos los derechos de cuota, hasta ser propietaria del 100%).

    ¿Al fallecer el otro, es obligatorio hacer sucesion?.

    Aclaro que en la escritura pública: Solo se referencia que la propietaria esta casada con Pedrito Perez…

    Muchas Gracias.

    Responder
  9. Compañera (febrero 7 de 2023)

    Mi compañero permanente fallecio, conviviamos hace mas de 4 años, no tuvimos hijos y él no tiene padres (fallecidos) unicamente un medio hermano, como conviviamos y no legalizamos nuestra union marital, se esta tramitando ante un juez para que se declare, sin embargo el hermano de mi compañero tramito ante notaria la sucecsion como heredero unico (apalancado por un abogado), a la notaria se le informo del proceso pero hizo caso omiso, y continuo el proceso, aunque xiste un proceso judicial en juzgado, … Que sucede en este caso, como puedo y ante quien presentar el fraude cometido, que consecuencias puede acarrear el hermano de mi compañero por mentir. que proceso debo iniciar

    Responder
  10. betinoti (marzo 1 de 2023)

    Si se realizó una sucesión intestada y el área real que le corresponde a cada heredero es menor a la que aparece en el certificado de tradición y escrituras que se debe hacer? teniendo en cuenta que los herederos han aprobado posterior a la escritura y registro, un acta de aclaración donde certifican estas áreas de menor cuantía

    Responder
  11. orcuan (abril 13 de 2023)

    quería preguntarles lo siguiente:

    mi tio murio hace 3 años y tenia una casa en un pueblo resulta que la casa segun las escrituras
    figura a nombre de 3 hermanos que tengo que hacer para arreglar los papeles a nombre de los 2 que siguen vivos para poder venderla

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  12. Diana Hernandez (mayo 31 de 2023)

    El esposo de mi madre falleció hace 2 años en el municupio de la ceja de un infarto fulminante, se encontraba alli dado a que tenía bienes y algunos negocios y para su muerte estaba en la casa de descanso en dicho municipio, pero su domicilio permanente era medellin, pero le dicen que para iniciar el proceso de la sucesión la debe presentar en el municupio de la ceja y algunos abogados dicen que también la puede iniciar en cualquier notaria de medellin, estaban casados por lo civil, no tuvieron hijo en dicha convivencia, pero el si tuvo 2 hijas quienes repudiaros la herencia y mediante poder con abogado le cedieron los derechos a mi madre.

    Mi pregunta es, ella puede iniciar sucesión en medellin?
    Gracias

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  13. Frank (junio 1 de 2023)

    ¿Esta sucesión ante notario se puede realizar cuando la persona fallecida no dejo testamento?

    Responder
    • David en respuesta a Frank (noviembre 14 de 2023)

      Buen día si señor, de las dos formas se puede realizar en notaría con o sin testamento.

      Responder
  14. Jessica Salazar (agosto 9 de 2023)

    Puede un abogado con licencia temporal llevar el trámite de divorcio por notaría ?

    Responder

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