A un trabajador que se encuentra incapacitado no se le pueden o no se le deben otorgar vacaciones sino hasta que termine su incapacidad laboral, lo que es relevante para trabajadores que llevan largos períodos de incapacidad.
Esto en razón a que las incapacidades laborales suspenden las vacaciones, de manera que si las vacaciones se otorgan mientras el trabajador está incapacitado, estas inician suspendidas y su disfrute solo iniciará cuando finalice la incapacidad laboral del trabajador, lo que tiene poco sentido práctico.
Supongamos que el trabajador lleva 120 días incapacitado y no se sabe cuándo regresará a trabajar. Si se le otorgan vacaciones, estas no iniciarán hasta tanto el trabajador termine su incapacidad, lo que es incierto ya que puede durar otros 120 días incapacitado o incluso más.
En esta situación, lo recomendado es no otorgar vacaciones hasta tanto el trabajador finalice la incapacidad, o en su defecto, compensarlas en dinero, es decir, pagárselas.
También se le podrían otorgar vacaciones en diferido, es decir, con fecha de inicio futuro incierto, pero no es práctico y ello llevaría a complicaciones administrativas.




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