¿Puedo pagar sólo la pensión y no a salud?

¿Una persona puede afiliarse para pagar solamente los aportes a pensión y no pagar los aportes a salud? Veamos lo que se puede hacer.

Aportes a pensión y salud van de la mano.

La regla general es que toda persona debe estar afiliada al sistema de seguridad social integral, e integral significa salud, pensión y riesgos laborales.

En razón a ello, no es posible que una persona pague únicamente aportes a pensión, sin estar afiliado a una EPS como cotizante.

De forma muy excepcional es posible que algunas personas puedan pagar pensión sin pagar salud, como en el caso de personas que trabajan por días y devengan un salario inferior al mínimo, tema que se desarrolla más adelante.

Aportar a pensión sin ser cotizando en salud.

Las personas que no tiene un trabajo formal no pagan ni salud ni pensión, pero en tal caso tienen el servicio de salud por intermedio del Sisben, pero no hay forma de disfrutar de una pensión si no es cotizando, pero la ley no permite que una persona cotice a pensión sin que también cotice a salud.

En vista a ello, el estado por intermedio del Fondo de solidaridad pensional ofrece el Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP) a fin de subsidiar las cotizaciones a pensión de algunos sectores de la población calificados como vulnerables.

Estas personas además de poder cotizar a pensión sin ser cotizantes a salud (pueden ser beneficiarios en salud en el régimen contributivo o afiliados al Sisben), el estado les puede subsidiar parte de las cotizaciones a pensión.

A continuación, se enumeran las personas que pueden beneficiarse de este sistema de subsidio, junto con los requisitos señalados por el fondado de solidaridad pensional:

Personas mayores de 40 años.

  • Edad: Mayor de 40 años y menor de 65 años.
  • Semanas cotizadas: Con mínimo 650 semanas cotizadas al Sistema General de Pensiones.
  • Sisbén: Que pertenezcan a nivel 1 y 2 del Sisbén.

Ediles.

  • Que no perciban ingresos superiores a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. El subsidio se concederá solamente por el periodo en el que ostenten la calidad de edil.
  • Edad: Hasta los 65 años de edad.
  • Semanas cotizadas: No exige un mínimo de semanas cotizadas.
  • Sisben: No refiere.

Madres Sustitutas.

  • Siempre que no sean afiliadas obligatorias al Sistema General de Pensiones.
  • Semanas cotizadas: No exige un mínimo de semanas cotizadas.
    Sisben: No refiere
  • Documentos: Certificado que ostente la calidad de madre sustituta, expedida por el ICBF o por la representante legal de la asociación a la que pertenece.

Concejales.

  • Porcentaje de subsidio: 75% del total del aporte.
  • Ser concejal activo de un municipio de categoría 4ta, 5ta o 6ta.
  • No tener otra fuente de ingreso adicional a los honorarios como concejal.
  • Semanas cotizadas: No exige un mínimo de semanas cotizadas.
  • Edad: Hasta los 65 años de edad.
  • Sisbén: No refiere.
  • Se requiere presentar fotocopia de la credencial del concejal y certificado del concejo municipal en el que conste que se encuentra activo.
  • El subsidio se mantendrá solo por el periodo en el que ostente la calidad de concejal.

Personas con discapacidad.

  • Personas que cuenten con una calificación de invalidez que refleje una pérdida de la capacidad laboral superior al 50% y que tengan más de 40 años y no superen los 65 años.
  • Contar con un mínimo de 500 semanas cotizadas al Sistema General de Pensiones.
  • Deberán tener un Sisbén niveles 1 y 2.

Aportes a pensión en el Sisben.

Las personas que no cumplen los requisitos para beneficiarse del Programa de Subsidio al Aporte en Pensión, y que están afiliadas al Sisben, puede cotizar a pensión en la medida en que se vinculen laboralmente a tiempo parcial, es decir, por días.

Es el caso de las personas que trabajan uno o dos días en la semana, o trabaja por días para distintos empleadores.

Estas personas pueden seguir perteneciendo al Sisben, pero el empleador que los contrate por días debe afiliarlos a pensión según se explica en el siguiente artículo.

Seguridad social en trabajadores contratados por días.Aportes a seguridad social de los trabajadores que laboran por días o que no laboran el mes completo.

Para que esto sea posible se deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Que se encuentren vinculados laboralmente.
  2. Que el contrato sea a tiempo parcial, es decir, que en un mismo mes, sea contratado por periodos inferiores a treinta (30) días.
  3. Que el valor que resulte como remuneración en el mes, sea inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.

Es una salida para muchos trabajadores como empleadas del servicio doméstico que laboran por días.

Ser beneficiario en salud y cotizar a pensión.

Una persona que es beneficiario en salud porque hace parte el núcleo familiar del cotizante, como su cónyuge, no puede ser cotizar solo a pensión, a no ser que esté dentro de los beneficiarios del el Programa de Subsidio al Aporte en Pensión, que acabamos de señalar.

Si la persona beneficiaria en salud no califica dentro de las excepciones señaladas, necesariamente debe afiliarse a salud como cotizante para poder realizar aportes a pensión.

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35 Opiniones
  1. SCORTES10 Dice:

    Buenos dias. Respecto a este sistema será que me pueden orientar si a este podria acceder una persona que está cotizando en un fondo privado o solamente aplica para quienes están afiliados al regimen de prima media o sea Colpensiones. mil gracias.

    Responder
  2. Concepcion Dice:

    Mi empleada de servicio es beneficiaria del SISBEN , puede cotizar a pensión.?

    Responder
  3. Lorena Dice:

    Buenas tardes.
    Es factible cotizar a salud y no a pensiones? teniendo en cuenta que hay personas que no tienen capacidad de pago.

    Responder
  4. MARTHA P Dice:

    SI SOLO COTICE COMO 205 SEMANAS SIENDO CONSIENTE QUE NO ME ALCANZO A PENSIONAR PRECISAMENTE POR TEMAS ECONOMICOS Y TENGO UNA HIJA QUE ME PAGA SALUD QUE DEBO HACER PARA PAGAR SOLO PENSION

    Responder
    • Lumen6406 Dice:

      Consulta: Mi esposa es trabajadora independiente y aporta a salud y pensión, pero, por no ganar más de 2 salarios mínimos, es beneficiaria mía y aporto por ella en salud. En consecuencia, la eps recibe dos aportes por mi esposa, el dr ella como independiente y el mio como beneficiaria. En este caso ella puede dejar de pagar por salud?

      Responder
  5. Edgar Gutierrez Vernaza Dice:

    Buena noche. Quisiera saber si mi familiar de 43 años, tiene una discapacidad de 62,23 puntos, el es beneficiario del padre quien es pensionado, el puede tener derecho a la pensión por discapacidad? muchas gracias.

    Responder
    • Ric Dice:

      Se llama pensión por invalidez y claro que sí ya que la perdida fue mayor al 50 por ciento de su capacidad laboral

      Responder
  6. LUIS ERNESTO DIAZ Dice:

    Tengo u familiar, que estuvo afiliado al ISS pensiones, por razones de falta de trabajo, no pudo seguir aportando. Actualmente trabaja INDEPENDIENTE EN LA VENTA POR CATALOGOS. Actualmente esta afiliada al SISBEN. Ella quiere volver al colpensiones. Que procedimiento hay que seguir.

    Responder
  7. Daniel González Dice:

    Hola a todos,

    Por trabajo, me iré los próximos dos años al extranjero, sin embargo, quiero seguir cotizando al régimen de prima media en Colombia.

    ¿Es posible cotizar a pensión y no a salud como independiente durante mi estadía en otro país?

    Gracias.

    Responder
    • Federica Dice:

      buenas tardes, si todavía no le han respondido a su pregunta de Enero del 2020, le comunico que: puede cotizar como colombiano en el exterior, no tiene que pagar salud.
      entre a la página de colpensiones y allí encontrará toda la información.

      Responder
      • Ric Dice:

        Caballero, si estuvo trabajando, debe acudir a su eps con un médico ocupacional para que determinen una pérdida de capacidad laboral y así optar por la pensión de invalidez

        Responder
  8. Juan Pillajo Dice:

    Necesito una pencion tengo discapasidad y no tengo trabajo

    Responder
  9. YENNY AMAYA Dice:

    Quisiera saber si en estos momentos están afiliando en prosperar para lo del pago de aportes para pensión.

    Responder
    • Ric Dice:

      El consorcio prosperar desapareció pero te puedes acercar a Colpensiones para que te orienten con el tema si ahorita en 2023 no lo has hecho.

      Responder
  10. Claudia Dice:

    En esas excepciones hay un vacío, pues yo estoy sin trabajo ahora soy ama de casa y soy beneficiaria en salud por mi esposo, alcance a cotizar mientras estuve laborando y tengo 635 semanas, quisiera seguir aportando a pensión así sea sacando del presupuesto de la casa y no entiendo como es posible que no me permitan hacerlo, este sistema de aporte que tenemos en nuestro país no da oportunidades.

    Que hacen los congresistas para apoyar a personas que como yo no tenemos oportunidad de laborar tengo 47 años y no me dan empleo, he solicitado pero no me dan la oportunidad, soy Administradora de Empresas y no tengo trabajo hace 7 años.

    Responder
  11. Stefania Dice:

    Buenas tardes,

    Mi consulta es:

    Yo puedo cotizar solo pensión y ser beneficiario de mi esposo en la EPS?????

    Responder
  12. gloria Dice:

    Buenas tardes

    En estos momentos estoy sin trabajo por el covid 19 me cancelaron mi contrato, pero tengo 51 años y necesito seguir cotizando ya que solo me quedan 7 años para adquirir mi pensión tengo 940 semanas. puedo seguir cotizando solo a pensión estoy afiliada a EPS como beneficiaria.

    Responder
  13. Nydia Lizarazo Dice:

    Hola me encuentro en el registro único de víctimas x desplazamiento como puedo aplicar para la pensión tengo 45 años 2 hijos menores de 15 y 8 años. Estoy desempleada, me pueden xfavor acesorar para aplicar a la pensión gracias!

    Responder
  14. nsrcolombia Dice:

    Hola a todos,

    Me iré los próximos dos años al extranjero, sin embargo, quiero seguir cotizando en pensión en Colombia.

    ¿Es posible cotizar a pensión y no a salud como independiente durante mi estadía en otro país?

    Gracias.

    Responder
    • Andrea Dice:

      Buenas tardes le comunico que: puede cotizar como colombiano en el exterior, no tiene que pagar salud.
      entre a la página de colpensiones y allí encontrará toda la información.

      Responder
  15. nsrcolombia Dice:

    Si soy beneficiaria para la atención de salud en la EPS,,, puedo cotizar en pensión sin pagar salud? Gracias,,,

    Responder
  16. alessa amaya Dice:

    mi madre tiene 65 años y esta afiliada a medimas regimen subsididado y desea seguir aportando solo pension, es posible ?

    Responder
  17. ALDEMAR MADRID ALVAREZ Dice:

    BUENOS DÍAS. ME PUEDEN INFORMAR ACERCA DE UNA PERSONA QUE LABORÓ POR ESPACIO DE 25 AÑOS Y A LA FECHA LE FALTAN 52 SEMANAS PARA COMPLETAR LAS 1300 QUE SE REQUIREN. POR PROBLEMAS AJENOS A SU VOLUNTAD SE RETIRÓ DEL LUGAR DONDE TRABAJABA, PERO QUIERE SEGUIR COTIZANDO PARA ACCEDER A SU PENSION. EN DÓNDE PUEDE PAGAR ESTAS SEMANAS RESTANTES. ELLA ACTUALMENTE ES BENEFICIARIA EN SALUD POR PARTE DEL ESPOSO Y CUENTA CON 53 AÑOS DE EDAD. QUÉ VALOR DEBE CANCELAR ESTA PERSONA CADA MES?
    ESPERO SU PRONTA RESPUESTA A MI CORREO PERSONAL [email protected]
    MUCHAS GRACIAS

    Responder
  18. Lucecita Dice:

    ¿Qué opciones tiene un madre, qué por temas de salud de su hija (menor de edad) debe dejar su empleo para dedicarse a su cuidado (ser cuidadora tiempo completo) para cotizar pensión? Si no cuenta con ningún ingreso, y este núcleo familiar depende económicamente del padre quien la tiene como beneficiaria en salud, y cuyos ingresos a duras penas superan el S.M.M.L.V. y poder lograr a futuro una pensión.

    Responder
  19. Samuel Valor Dice:

    Buena noche, soy afiliado al programa del aporte de subsidio a pensión desde abril de 2017 en ese entonces tenía 394 semanas de cotización a pensión como empleado y 46 años de edad.
    Soy beneficiario en salud por mi esposa, según este artículo no puedo pagar pensión porque no tenía las 650 semanas, pero mi esposa en estos momentos completo las 1300 semanas y solo tiene 48 años, no se porque me aceptaron en el programa de aporte a pensión. ¿debería seguir pagando este programa?

    Responder
  20. Americano Dice:

    Hola buenas tardes me cancelaron el contrato donde trabajaba próximamente cumlo 57 años y me faltan aproximadamente un año para cumplir lo que exige la ley para poder pensionarme que debo hacer para seguir cotizando y actualmente estoy en colpensiones

    Responder
    • Elvira Dice:

      Tengo entendido que no te pueden sacar de la compañia sino tienen una causa justa, de lo contrario deben esperar que te pensiones
      consulta con un abogado

      Responder
  21. martha isabel bedoya salazar Dice:

    tengo 49 años de edad y por lo consiguiente tengo 1,100 semanas cotizadas en el mometo quiero cotizar mi pencion como y donde puededo hacerlo por fa comunicarme al correo [email protected] les quedo altamente agradecida

    Responder
  22. Loli Dice:

    Es posible solo pagar salud y no pension en colombia.

    Responder
  23. JULIAN Dice:

    BUENAS NOCHES
    SOY MILITAR Y PAGO SALUD EN MI SUELDO EN ESTE REGIMEN ESPECIAL COMO HAGO PARA NO PAGAR SALUD EN LA PLANILLA Y SOLO PAGAR PENSION

    Responder
  24. Medellin Antioquia Dice:

    Buenas Tardes para todos esta Amable yó como campesino llevando 700 semanas se me Acabo el Empleo y trabajo solo por Dias y quiero terminar de cotizar pensión me dicen cuanto seria el valor y a donde tengo que ir aque me Asesoren.muchas Gracias y MÍ DIOS LOS BENDIGA.

    Responder
    • Victoria Eugenia Díaz rojas Dice:

      cómo hago para seguir pagando la pensión

      Responder
    • MIA LTDA Dice:

      Buenas tardes, si deseas puedes dejar todas tus inquietudes en nuestra página web y serán contestadas con mucho gusto. http://mialtda.com/it_contact.html

      Responder
  25. DIANA TANGARIFE Dice:

    SIENDO BENEFICIARIA DE UNA PENSION DE INVALIDEZ SUPERIOR AL 58% PUEDO SEGUIR PAGANDO SOLO PENSION HASTA COMPLETAR LAS 1300 SEMANAS, YA QUE POR MEDIO DE LA PENSION DE INVALIDEZ SOY COTIZANTE A LA EPS A LA QUE ME ENCUENTRO AFILIADO

    Responder
  26. Hernan cortes Dice:

    Estoy como residente en otro país por tiempo kndefinido estudiando y estoy pagando en mi país de nacimiento solo aportes de pensión como cotizante sobre salarios mínimo kegal . Es decir, no aporto para salud porque no los puedo utilizar,ar. Es correcto?

    Responder
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