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¿A las vacaciones se les descuenta salud y pensión?

Sí, cuando las vacaciones se disfrutan, porque ese pago es salario y sobre él se causan los aportes a seguridad social que el trabajador debe asumir; no, cuando las vacaciones se compensan en dinero, porque esa compensación no constituye salario sino una indemnización. Veamos cuánto le descuentan al trabajador y de dónde sale ese descuento.

Sí se descuenta cuando las vacaciones se disfrutan.

Las vacaciones laborales son un descanso remunerado y esa remuneración tiene naturaleza salarial. Al ser salario, hace parte del ingreso base de cotización y genera los aportes de rigor.

Como una parte de esos aportes corre por cuenta del trabajador, el empleador debe descontársela, exactamente igual que cuando trabaja.

No hay aquí ningún trato especial: quien está de vacaciones cotiza como quien está trabajando.

Cuánto se le descuenta al trabajador.

El descuento es del 4% para salud y del 4% para pensión, es decir, un 8% en total.

Supongamos un trabajador con un salario de $2.000.000 que sale a vacaciones y recibe $1.200.000 por ese concepto:

Concepto. Valor.
Vacaciones pagadas 1.200.000
Menos aporte a salud (4%) 48.000
Menos aporte a pensión (4%) 48.000
Neto a recibir 1.104.000

Si el trabajador devenga más de cuatro salarios mínimos, se le descuenta además el aporte al fondo de solidaridad pensional, que se liquida sobre el ingreso base de cotización del mes.

No se descuenta cuando las vacaciones se compensan en dinero.

Cuando el trabajador no descansa sino que recibe el dinero, el tratamiento se invierte.

La compensación de las vacaciones no es salario: la Corte Suprema de Justicia ha sostenido de forma constante que se trata de una indemnización que el empleador paga cuando el descanso no puede disfrutarse. Así lo reiteró la sala laboral en la sentencia SL13747-2017:

«…partiendo del supuesto que la compensación de vacaciones no constituye factor salarial, y por ende, no debe tomarse para su cálculo acorde con lo expresado en la sentencia CSJ SL, 27 feb. 2002, rad. 16974, reiterada en decisión CSJ SL, 3 abr. 2008, rad. 30272.»

Al no ser salario, la compensación no entra en el ingreso base de cotización, y si no hay cotización tampoco hay nada que descontarle al trabajador.

Esta regla aplica igual si la compensación se pacta durante el contrato o si se paga al terminarlo.

De dónde se hace el descuento.

Que las vacaciones causen aportes no significa que el descuento tenga que salir necesariamente del pago de las vacaciones.

La cotización se liquida sobre el total devengado en el mes, y el empleador puede descontar el 8% del pago de las vacaciones, del salario que pague a fin de mes, o repartirlo entre ambos. Lo determinante es que el total descontado en el mes corresponda al 8% del ingreso base de ese mes.

En la práctica, la decisión depende de la fecha en que se paguen las vacaciones y de cómo esté organizada la nómina.

Por qué parece que le descuentan dos veces en el mismo mes.

Es la consulta más frecuente sobre este tema y casi siempre tiene la misma explicación.

El trabajador recibe el pago de sus vacaciones con su 8% descontado y, semanas después, recibe la nómina del mes también con su 8%. Al ver dos descuentos concluye que le cobraron doble.

No hay doble descuento: hubo un solo mes de cotización que llegó en dos pagos separados, uno como vacaciones y otro como salario. Cada pago lleva la parte del descuento que le corresponde.

La forma de comprobarlo es sencilla: se suman los dos desprendibles del mismo mes y se verifica que el total descontado no supere el 8% de lo devengado. Si lo supera, hay un error que debe reclamarse al empleador.

Lo que no se le descuenta al trabajador.

Conviene cerrar aclarando qué no aparece en el desprendible durante las vacaciones.

  • Riesgos laborales. No se cotizan durante las vacaciones y, además, ese aporte lo asume íntegramente el empleador, de modo que nunca se le descuenta al trabajador.
  • Aportes parafiscales. Los paga el empleador en su totalidad; el trabajador no aporta al SENA, al ICBF ni a las cajas de compensación.

La base sobre la cual se liquidan esos aportes durante el descanso, que tiene su propia regla, se explica en detalle en el siguiente artículo.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

¿A las vacaciones se les descuenta salud y pensión?

Sí, cuando se disfrutan. Se descuenta el 8% del pago, repartido en partes iguales entre salud y pensión. Cuando las vacaciones se compensan en dinero no hay descuento alguno.

¿A las vacaciones compensadas se les descuenta salud y pensión?

No. La compensación tiene naturaleza indemnizatoria y no constituye salario, de modo que no genera aportes a seguridad social ni descuentos al trabajador.

¿Se descuenta ARL de las vacaciones?

No, por dos razones: durante las vacaciones no se cotiza a riesgos laborales, y ese aporte lo asume el empleador, así que nunca se le descuenta al trabajador.

¿Por qué me descontaron dos veces en el mes que salí a vacaciones?

Porque el mes le llegó en dos pagos, uno de vacaciones y otro de salario, y cada uno trae su parte del descuento. Sume los dos desprendibles: si el total supera el 8% de lo devengado en el mes, reclame al empleador.

¿Las vacaciones se descuentan del sueldo?

No se descuentan; sustituyen al salario de esos días. Si el empleador anticipó el pago, en la nómina del mes aparece un ajuste para no pagar dos veces los mismos días, y eso es lo que suele leerse como descuento.

¿Al trabajador se le descuenta algo más de las vacaciones?

Además del 8%, se le descuenta la retención en la fuente si está sujeto a ella, el aporte al fondo de solidaridad pensional si devenga más de cuatro salarios mínimos, y las deducciones que él mismo haya autorizado, como libranzas.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2026, julio 24). ¿A las vacaciones se les descuenta salud y pensión? [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/deducciones-de-nomina-por-aportes-a-salud-y-pension-cuando-las-vacaciones-son-disfrutadas-y-pagadas.html

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2 comentarios

  1. Si ese bono es un factor salarial, el aporte del 4% va a ser mayor tanto para la empresa como para el empleado.

    Responder a jordan 1 respuesta
    1. Gbot Asistente

      Así es. Si el bono es un factor salarial, la empresa y el trabajador deben cotizar a seguridad social sobre ese pago.