Salario integral en el servicio doméstico

La ley laboral no contempla un salario integral especial para las empleadas del servicio doméstico, así que este será válido sólo si cumple con los requisitos generales del salario integral como tal.

En el servicio doméstico no existe el salario integral.

Son muchos los lectores de Gerencie.com que llegan consultando sobre el salario integral para el servicio doméstico, y hay que decir que este no existe, o mejor, sí existe siempre y cuando se aplique la regla general del salario integral, esto es, que sea igual o superior a 10 salarios mínimos más el factor prestacional.

Contrato de trabajo en el servicio doméstico.Lo que debe considerar al contratar a una empleada del servicio doméstico, que debe hacerlo mediante un contrato de trabajo.

Quien le pague un salario integral a su empleada doméstica que sea inferior a 13 salarios mínimos, se está exponiendo a una demanda laboral en la que el juez lo condene a pagar las prestaciones sociales y recargos que no cubría el supuesto salario integral.

No es correcto pagarle a una empleada doméstica $50.000 diarios para cubrir todo, dicen los empleadores. Esos $50.000 se convierten en el salario básico diario al que hay que sumarle luego prestaciones sociales.

No hay un pago que cubra todo distinto al verdadero salario integral.

Es muy difícil que en Colombia se le pague a una empleada del servicio doméstico un sueldo que supere los 10 salarios mínimos, así que los que están interesados en conocer sobre el salario integral en el servicio doméstico, en realidad quieren saber si le pueden pagar un determinado salario que cubra todo lo que se supone que cubre un salario integral en toda regla.

Por ejemplo, algunas personas creen que si pagan a su empleada la suma de $1200.000 en lugar de $1.000.000 están frente a un salario integral y que en consecuencia no deben pagarle nada más.

Esta es una convicción muy arraigada en nuestro medio, y muy equivocada, porque así le pague más del mínimo a la empleada, igual tendrá que pagarle prestaciones sociales, recargos y demás, y no tendrá que hacerlo sobre el mínimo sino sobre el valor real que se le está pagando.

Y aquí es donde el empleador se lleva una desagradable sorpresa.

Lo que está mal.

Normalmente a una empleada del servicio doméstico le pagan entre $500.000 y $700.000 mensuales y en algunos casos a ese valor le suman el pago en especie que representa la alimentación y la vivienda, y se ha dado el caso en que el empleador acuerda con la empleada pagarle un salario superior a lo normalmente pagado a ese tipo de empleados bajo la firme convicción que será un salario integral.

Pero luego la empleada demanda y el empleador deberá pagar prestaciones y recargos no sobre los 500.000 0 700.000 que hubiera sido el salario no integral, sino sobre los 900.000 que creyó era un salario integral y que resultó no serlo.

Que quede claro, el salario integral para el servicio no existe a no ser que se le pague un salario de 10 mínimos más otros 3 por concepto de factor prestacional, es decir, 13 salarios mínimos mensuales.

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14 Opiniones
  1. Ana Lucia Valencia Dice:

    Yo soy empleada doméstica y mi sueldo es de 250000 medió tiempo para hacer aseo cocinar y planchar está bien o muy poquito el suelo y no me dan transporte ni salud

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    • Ernesto Piedrahita Dice:

      Ana Lucia, por supuesto el salario que devenga ya que por laborar medio tiempo como mínimo debe recibir la suma de $ 512.000 pesos que representan la mitad del salario mínimo y el auxilio de transporte mensual completo. Fuera de lo anterior, como trabajadora usted tiene derecho a que la afilien a todo el sistema de seguridad social y pensiones. Atentamente: Ernesto Pedrahita. Abogado Laboral. Teléfono: 313-8830983. Correo: [email protected], Calle 116 No. 18 B – 67 Oficina 501. Bogotá D.C. NOTA: Respondo de manera gratuita a máximo 2 preguntas o inquietudes que me hagan en temas laborales escribiendo a mi correo o llamando a mi celular.

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      • Ernesto Piedrahita Dice:

        DATOS ACTUALIZADOS: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 3138830983. NOTA: Respondo de manera gratuita máximo dos preguntas en materia laboral que me hagan a mi whatasapp. Asesorías en contratos laborales, despidos e indemnizaciones laborales.

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  2. Ernesto Piedrahita Dice:

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Nota: Doy respuesta gratuita a máximo dos preguntas, aclaraciones o inquietudes sobre Derecho laboral, que me hagan llamando a mi celular o escribiendo a mi correo electrónico. Asesorías en liquidación de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. Mis datos los podrán encontrar en la búsqueda de google pulsando las palabras ernesto piedrahita + gerencie.com

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    • Ernesto Piedrahita Dice:

      DATOS ACTUALIZADOS: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. whatsapp: 313-8830983. NOTA: Respondo de manera gratuita a máximo 2 preguntas o inquietudes que me hagan en temas laborales escribiendo a mi whatsapp o llamando a mi número de celular. Hago asesorías en contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales, Licencias, permisos, despidos con justa o sin justa causa y las indemnizaciones laborales.

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  3. carlos Dice:

    Los felicito, muy bueno los temas dados del salario integral y el de domestico, claro y preciso.

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  4. ARCESIO DIAZ Dice:

    Quiero saber a qué rentas exentas y deducciones tengo derecho por PENSION EXTRANJERA DE EEUU.

    GRACIAS

    ARCESIO DIAZ G.
    [email protected]
    c.c. 315 8853 747

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  5. Pierino Viggiano Dice:

    Buenas tardes,

    Tengo un contrato con salario integral y cumple con lo establecido actualmente, pero quedo establecido en el contrato, que los días dominicales y festivos serán remunerados según los establecido en la ley, que sería el 1,75%. La duda que tengo es en base a que se liquidaría ese dominical con el salario total o con el 70% restando el 30% de las prestaciones sociales ?

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  6. Pierino Jose Viggiano Dice:

    Buenas tardes,

    Tengo un contrato con salario integral y cumple con lo establecido actualmente, pero quedo establecido en el contrato, que los días dominicales y festivos serán remunerados según los establecido en la ley, que sería el 1,75%. La duda que tengo es en base a que se liquidaría ese dominical con el salario total o con el 70% restando el 30% de las prestaciones sociales ?

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  7. mary Dice:

    trabajo en una casa de familia y gano $500.000 mensuales, incluida dormida y alimentacion, solo voy los sabados y domingo y si los lunes es festivo, pero me dicen que es un salario integral. Me podria decir si esta bien lo que me pagan o si tengo derecho a liquidacion. En caso tal cuanto tendrian que pagarme.
    Muchas por respondeme este mensaje.

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  8. Ernesto Piedrahita Dice:

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. whatsapp: 313-8830983. NOTA: Respondo de manera gratuita a máximo 2 preguntas o inquietudes que me hagan en temas laborales escribiendo a mi whatsapp o llamando a mi número de celular. Hago asesorías en contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales, Licencias, permisos, despidos con justa o sin justa causa y las indemnizaciones laborales.

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  9. Ernesto Piedrahita Dice:

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. whatsapp: 313-8830983. NOTA: Respondo de manera gratuita a máximo 2 preguntas o inquietudes que me hagan en temas laborales escribiendo a mi whatsapp o llamando a mi número de celular.

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