Los aportes a seguridad social cuando el trabajador devenga un salario integral, se realizan sobre el 70% del salario integral.
Base de cotización a seguridad social en el salario integral.
El salario integral comprende un factor salarial y un factor prestacional, y como los aportes a seguridad social se realizan únicamente sobre el factor salarial, debe excluirse ese factor prestacional del salario integral para efecto de liquidar las cotizaciones a seguridad social.
Si bien el factor prestacional por ley debe ser de por lo menos el 30% del total del salario, en algunos casos no es así, así que la ley estandarizó la base de cotización en el salario integral sobre el 70%.
Así lo señala expresamente el último inciso del artículo 18 de la ley 100 de 1993:
«Las cotizaciones de los trabajadores cuya remuneración se pacte bajo la modalidad de salario integral, se calculará sobre el 70% de dicho salario.»
Tema que fue reglamentado por el artículo 2.2.1.1.2.1 del decreto 780 que en su cuarto inciso viene a decir lo mismo:
«Las cotizaciones de los trabajadores cuya remuneración se pacte bajo la modalidad de salario integral se liquidarán sobre el 70% de dicho salario.»
En razón a lo anterior, se toma el total del salario integral y se le aplica el 70% para determinar el ingreso base de cotización a seguridad social.
Por ejemplo, si tenemos un salario integral de $15.000.000, la seguridad social se liquida sobre el 70%, esto es, sobre $10.500.000, que resulta de la siguiente operación:
15.000.000 x 70% = 10.500.000.
Recordemos que los aportes a salud y pensión se hacen sobre la misma base, de manera que para los dos aplica el mismo procedimiento.
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mayo 20th, 2020 a las 10:26 am
Por favor, ¿que diferencia hay entre salario integral y el de por prestación por servicios?
abril 20th, 2021 a las 4:55 pm
Para los efectos de aportes en seguridad social, el primero es salario, el segundo no, por tanto los aportes a seguridad social corren por cuenta del prestador del servicio, sobre una base del 40% del valor de éste.
abril 20th, 2021 a las 5:00 pm
En el primero la seguridad social se paga entre el empleador y el empleado en la proporciones standard Pension (12%+4%) Salud (8,5%+4) Arl 100% la empresa; sobre la base de: 70% del salario integral
octubre 8th, 2020 a las 4:35 pm
Hola, no es muy claro el ejemplo, me gustaria saber que pasaria cuando la base supera los 25 salarios, se toma la base o se limita a los 25? gracias,
El articulo tiene errores de ortografia y redaccion.