Arrendamiento operativo

El arrendamiento operativo es un contrato mediante el cual el propietario de un activo transfiere el derecho de uso a otra persona a cambio del pago de un canon periódico.

Qué es el arrendamiento operativo.

El arrendamiento operativo es el arrendamiento común y corriente, es decir, el arrendador lleva como ingreso la totalidad del canon de arrendamiento, y el arrendatario lo lleva en su totalidad como gasto.

Por ejemplo, si se arrienda una bodega en $1.000.000 mensuales, el arrendador contabiliza un ingreso por $1.000.000 y el arrendatario contabiliza un gasto por $1.000.000.

Como se observa, el arrendamiento operativo no tiene ningún tratamiento especial, sino que corresponde al de toda la vida.

Tratamiento fiscal del arrendamiento operativo.

Respecto al tratamiento fiscal del arrendamiento operativo, el artículo 127 señala las siguientes reglas:

  • Para el arrendador: El arrendador del activo le dará el tratamiento de acuerdo a la naturaleza del mismo y reconocerá como ingreso el valor correspondiente a los cánones de arrendamiento realizados en el año o período gravable. Cuando el arrendamiento comprenda bienes inmuebles, la parte correspondiente a terrenos no será depreciable.
  • Para el arrendatario: El arrendatario reconocerá como un gasto deducible la totalidad del canon de arrendamiento realizado sin que deba reconocer como activo o pasivo suma alguna por el bien arrendado.

Cada quien declara el ingreso y el gasto correspondiente, sin que se afecte el activo o el pasivo.

Depreciación en el arrendamiento operativo.

En el arrendamiento operativo el activo arrendado es depreciado por el arrendador, que es el dueño del activo.

Impuesto a las ventas en el arrendamiento operativo.

En cuanto al impuesto a las ventas, si el arredramiento está gravado con el Iva se llevará como descontable o mayor valor del gasto por arrendamiento, según las normas generales sobre la procedencia del Iva descontable.

Diferencie entre arrendamiento operativo y financiero.

El arrendamiento operativo es el arrendamiento clásico, donde el arrendatario paga un canon, que es un gasto, por el uso y goce de un inmueble, en tanto el arrendador obtiene un ingreso.

En el arrendamiento financiero hay una opción de compra, por lo que el arrendatario reconoce tanto un activo como un pasivo por el arrendamiento, y el canon no se lleva en su totalidad como gasto, sino que una parte es abono a capital.

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