En este artículo 20 secciones
- Qué pasa cuando se vende un activo fijo.
- Ejemplo de venta con utilidad.
- Efecto en el impuesto de renta.
- IVA y retención en la fuente.
- Preguntas frecuentes.
- ¿Cómo se contabiliza la venta de un activo fijo?
- ¿Qué valor se lleva a la cuenta de ingresos?
- ¿En qué cuenta se registra la pérdida en la venta de un activo?
- ¿La venta de un activo fijo es ganancia ocasional?
- ¿La venta de activos fijos causa IVA?
- ¿El activo que se vende es corriente o no corriente?
- ¿Cómo se registra la venta de un lote por una empresa urbanizadora?
- ¿Qué pasa si el activo estaba totalmente depreciado?
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Al vender un activo fijo no basta con registrar el dinero que entra. Hay que retirar de la contabilidad el costo del activo y su depreciación acumulada, y reconocer la utilidad o la pérdida que resulte de comparar el precio de venta con el valor en libros. En el impuesto de renta, además, esa utilidad se divide en dos partes con tratamientos distintos. ¿Cómo se hace el asiento y qué se declara?
Qué pasa cuando se vende un activo fijo.
El activo sale del patrimonio de la empresa, de modo que deben cancelarse las dos cuentas que lo representan: la del activo, por su costo, y la de la depreciación acumulada, por lo depreciado hasta la fecha.
La diferencia entre esas dos cifras es el valor en libros. Si el precio de venta lo supera, hay utilidad; si es menor, hay pérdida.
A la cuenta de resultados no se lleva el valor total de la venta, sino únicamente esa utilidad o pérdida, porque vender un activo fijo no hace parte del giro ordinario del negocio. Es uno de los casos en que las NIIF exigen presentar la cifra neta, como explicamos en el artículo sobre la compensación en las NIIF.
Estructura del asiento contable.
Con independencia de las cifras, el asiento de la venta siempre tiene esta estructura:
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| Caja o bancos, por el valor recibido | XXX | |
| Depreciación acumulada, por lo depreciado | XXX | |
| Activo vendido, por su costo | XXX | |
| Utilidad en venta de propiedades, planta y equipo | XXX |
Si la venta genera pérdida, la última línea se reemplaza por un débito a la cuenta de gasto por pérdida en venta o retiro de bienes.
Ejemplo de venta con utilidad.
Supongamos que una empresa compró un vehículo por $50.000.000 y lo vende tres años después por $25.000.000. Lo deprecia en línea recta a 5 años, de modo que la depreciación anual es del 20%.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Costo de adquisición | $50.000.000 |
| Menos depreciación acumulada de tres años | ($30.000.000) |
| Valor en libros | $20.000.000 |
| Precio de venta | $25.000.000 |
| Utilidad en la venta | $5.000.000 |
El registro contable, con las cuentas del plan único de cuentas del decreto 2650 de 1993, sería el siguiente:
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 1110 Bancos | $25.000.000 | |
| 159235 Depreciación acumulada, flota y equipo de transporte | $30.000.000 | |
| 154005 Flota y equipo de transporte, autos | $50.000.000 | |
| 4245 Utilidad en venta de propiedades, planta y equipo | $5.000.000 |
Como se puede observar, a la cuenta de ingresos solo llegan los $5.000.000 de utilidad, no los $25.000.000 de la venta.
Ejemplo de venta con pérdida.
Si el mismo vehículo se vendiera en $15.000.000, el valor en libros de $20.000.000 sería mayor que el precio, y la diferencia de $5.000.000 es una pérdida:
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 1110 Bancos | $15.000.000 | |
| 159235 Depreciación acumulada, flota y equipo de transporte | $30.000.000 | |
| 531015 Pérdida en venta y retiro de bienes | $5.000.000 | |
| 154005 Flota y equipo de transporte, autos | $50.000.000 |
La pérdida es un gasto no operacional, porque tampoco proviene del giro ordinario del negocio.
Activos totalmente depreciados y bajas sin venta.
Cuando el activo está totalmente depreciado, su valor en libros es cero y toda la venta es utilidad. El asiento es el mismo: se cancela el costo contra la depreciación acumulada y se reconoce el ingreso por el valor recibido.
Si el activo se retira sin venderlo, por obsolescencia o daño, se cancelan igualmente el costo y la depreciación, y el valor en libros que quede se reconoce como pérdida del periodo.
Efecto en el impuesto de renta.
La utilidad fiscal no se calcula con el valor en libros contable sino con el costo fiscal del activo, que puede diferir por la depreciación solicitada, los reajustes o el avalúo.
Determinada esa utilidad, se divide en dos partes con tratamientos distintos, y este es el punto donde más se equivoca el contribuyente.
Recuperación de deducciones.
La parte de la utilidad que corresponde a la depreciación que se dedujo en años anteriores es renta líquida por recuperación de deducciones, según los artículos 195 y 196 del E.T. Tributa a la tarifa de renta y no como ganancia ocasional.
La lógica es sencilla: si la empresa dedujo una depreciación que el mercado no confirmó, porque el activo se vendió por más de su valor depreciado, esa deducción se recupera.
Ganancia ocasional.
Solo el excedente sobre la depreciación recuperada puede ser ganancia ocasional, y únicamente si el activo se poseyó por dos años o más, según el artículo 300 del E.T. Si se poseyó menos tiempo, toda la utilidad es renta líquida.
Siguiendo el ejemplo, supongamos que el vehículo, poseído cuatro años, se vende en $60.000.000 cuando su costo fiscal es de $20.000.000 y la depreciación solicitada fue de $30.000.000:
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Precio de venta | $60.000.000 |
| Menos costo fiscal | ($20.000.000) |
| Utilidad en la venta | $40.000.000 |
| Renta líquida por recuperación de deducciones | $30.000.000 |
| Ganancia ocasional | $10.000.000 |
En el ejemplo inicial, en cambio, la utilidad de $5.000.000 es inferior a la depreciación solicitada, de modo que toda ella es renta líquida por recuperación de deducciones y no hay ganancia ocasional.
El costo fiscal de los activos fijos lo determina el artículo 69 del E.T., y para los inmuebles el artículo 72 del E.T. permite tomar el avalúo catastral en las condiciones que allí se señalan.
Deducción de la pérdida.
La pérdida en la venta de un activo fijo es deducible en el impuesto de renta, con las restricciones de los artículos 151 a 153 del E.T., que la rechazan cuando la venta se hace a vinculados económicos, a socios o entre parientes.
IVA y retención en la fuente.
La venta de activos fijos no genera IVA. El artículo 420 del E.T. grava la venta de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos, pero exceptúa expresamente los activos fijos, salvo los automotores y demás activos fijos que se vendan a nombre y por cuenta de terceros y los aerodinos.
Aunque no se cause el impuesto, el ingreso sí se informa en la declaración de IVA, dentro de los ingresos brutos por operaciones no gravadas del periodo.
En cuanto a la retención, cuando quien vende un activo fijo es una persona natural, el artículo 398 del E.T. fija una retención del 1% sobre el valor de la venta, que se recauda ante el notario en el caso de los inmuebles y ante la oficina de tránsito en el de los vehículos.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Cómo se contabiliza la venta de un activo fijo?
Se debita el valor recibido en caja o bancos y la depreciación acumulada, se acredita el activo por su costo y la diferencia se reconoce como utilidad o, si es negativa, como pérdida en venta de bienes.
¿Qué valor se lleva a la cuenta de ingresos?
Solo la utilidad de la venta, no el valor total recibido, porque la venta de un activo fijo no es un ingreso de actividades ordinarias.
¿En qué cuenta se registra la pérdida en la venta de un activo?
En la cuenta de gastos no operacionales por pérdida en venta y retiro de bienes, que en el plan único de cuentas es la 5310, con la subcuenta que corresponda al tipo de activo.
¿La venta de un activo fijo es ganancia ocasional?
Solo la parte de la utilidad que excede la depreciación solicitada, y siempre que el activo se haya poseído por dos años o más. La parte que corresponde a la depreciación es renta líquida por recuperación de deducciones.
¿La venta de activos fijos causa IVA?
No, salvo los automotores y demás activos fijos vendidos a nombre y por cuenta de terceros y los aerodinos. El ingreso sí se informa en la declaración de IVA como operación no gravada.
¿El activo que se vende es corriente o no corriente?
Es no corriente, porque es un activo fijo. Al venderlo se convierte en un activo corriente, el efectivo que ingresa, y además se afecta el estado de resultados con la utilidad o la pérdida.
¿Cómo se registra la venta de un lote por una empresa urbanizadora?
Para una empresa cuyo objeto es urbanizar y vender, el lote no es un activo fijo sino un inventario, de modo que su venta es un ingreso de actividades ordinarias y su costo va al costo de ventas.
¿Qué pasa si el activo estaba totalmente depreciado?
Su valor en libros es cero, de modo que todo el precio de venta es utilidad contable, y fiscalmente será renta líquida por recuperación de deducciones hasta el monto de la depreciación solicitada.
Se quiere vender un local de propiedad de la empresa, del cual se reciben ingresos por arrendamientos. Se compró en 1985 por valor de diez millones de pesos. Se ha ajustado de acuerdo al Art. 70 del Estatuto Tributario, ajuste por valorización $92.258.458 a dic. 31 de 2025. El avalúo catastral en el año 2025 mil quinientos millones $1.500.000.000. Se proyecta venderlo en $2.000.000.000. ¿Cuál sería el costo para calcular la ganancia ocasional? ¿Sería el avalúo catastral?
El costo para calcular la ganancia ocasional será el costo fiscal con que se declare en 2025, que se supone debería ser el avalúo catastral.
Está bien el ejemplo para un nivel didáctico muy superficial; para un caso real, no sirve de mucho, por no decir que no sirve para nada.
Gracias por el comentario. Revisamos la estructura del texto.
Buenas tardes, por favor, ¿cómo dar de baja en la contabilidad la venta de un activo fijo que fue vendido, facturado y reportado en declaración de IVA como ingreso no gravado, y cuyo valor de venta fue menor al saldo en libros? Otra inquietud es si no se debió reportar el ingreso en el formulario de IVA.
Como el activo se vendió, este debe salir del activo fijo de la empresa, y como el ingreso obtenido por la venta fue inferior al valor en libros, se genera una pérdida que se contabilizaría en la cuenta 5310.
Los ingresos por ventas de activos fijos sí se deben declarar en el formulario 300, renglón 40.
Por favor, necesito aclaración sobre cómo debo contabilizar la compra de un lote urbanizado que hemos pactado en 60 cuotas para su pago, escritura y entrega. En la promesa de venta se calculó el precio de venta y se añadió un valor adicional, pero no se habla de financiación. La empresa es una S.A.S. dedicada a urbanizar.
Mil gracias.
Considerando que la S.A.S. es una empresa dedicada a urbanizar, se asume que el lote se debe contabilizar como un inventario (cuenta 1417) y no como un activo fijo, porque su propósito es urbanizarlo y comercializarlo.
Como el pago es a crédito, se debe reconocer el pasivo correspondiente, y el valor adicional del cual no se especificó si es una financiación, se puede llevar como mayor valor del costo; es decir, se incluye tanto en el inventario como en el pasivo.
Respecto al registro contable en la venta de activo fijo, se contabilizaría la recuperación de deducciones por la depreciación acumulada. ¿Y qué valor se lleva a la declaración (ganancia ocasional)?
Sí, se lleva la ganancia ocasional que se determine según el valor de la venta y el costo fiscal del activo vendido. El ingreso va en un renglón y el costo en otro, y la diferencia es lo que determina la ganancia ocasional gravable.
Estimados, cuando habla con números me confunde, ya que estoy aprendiendo y eso lo escribo en papel. Lo que necesito saber es: ¿es activo corriente o no corriente? ¿O se agrega en capital o en estado de resultados?
El activo que se vende es un activo no corriente, porque es un activo fijo, y el dinero que llega llega a caja o bancos, que es un activo corriente. Es decir, se cambia un activo no corriente por un activo corriente, y además se afecta el estado de resultados por la utilidad o pérdida que se genere.
El artículo 90 habla de la utilidad; es decir, en el ejemplo, la utilidad sería de $20,000,000 (precio de venta – costo). Así que se debe aplicar la renta ordinaria a $20 millones. Como la depreciación es de $30 millones, solo se alcanza a recuperar $20 millones de esos $30 millones, así que no “sobraría” utilidad para aplicarle la ganancia ocasional.
Es correcta su apreciación. Gracias.