Declaración de renta en ceros

La declaración del impuesto de renta debe ser presentada por todo contribuyente obligado a declarar, incluso si la declaración queda en ceros.

¿Cuándo una declaración de renta queda en ceros?

En realidad, una declaración de renta nunca queda en ceros, puesto que por lo menos se debe diligenciar el renglón del patrimonio, y toda empresa o persona tiene un patrimonio por poco que sea.

Cuanto nuestros lectores nos consultan sobre la obligación de presentar la declaración de renta en ceros, entendemos que el consultante se refiere a una declaración en la que no ha ingresos, ni gastos ni costos, o en la que el impuesto a pagar es cero.

En cualquier caso, la declaración de renta se debe presentar, incluso si hipotéticamente todos los renglones quedan con un valor cero, pues la ley no considera una excepción como si lo hace con la declaración de retención en la fuente o la declaración de Iva.

Declaración de renta en ceros y obligación de declarar.

En el caso de las personas naturales, no deben presentar la declaración cuando cumplen con todos los requisitos para no ser declarantes, como por ejemplo el monto de sus ingresos, de su patrimonio o de sus consignaciones.

Obligados a declarar renta.Personas naturales que deben declarar renta. Topes, requisitos y otros aspectos relevantes.

Aquí nada tiene que ver la declaración en ceros, sino que la persona no supera los topes para estar obligada a declarar.

Si una vez la persona queda obligada a declarar, y su declaración la de un impuesto de cero, se debe presentar de todos modos.

Por último, recordemos que la obligación que tiene una persona de presentar su declaración de renta, se determina individualmente por cada año o periodo, de manera que en un año puede estar obligada a declarar, y en el siguiente no si para ese año en particular no supera los topes.

La obligación de presentar la declaración de renta no está condicionada a que en los años anteriores la persona natural hubiera estado obligada a declarar.

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3 Opiniones
  1. CESAR BOLIVAR Dice:

    MUCHAS GRACIAS POR TAN IMMPORTANTE INFORMACION

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  2. Yulian Dice:

    Buenos días. Si no cumplo los topes en cuanto a consumo con tarjetas de crédito, pero sí tengo que declarar por tener patrimonio, debo sumar esos consumos; y en caso tal, en dónde los sumo?

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  3. Ivan Orjuela Dice:

    Buenos dias, si mi declaración de renta una vez liquidada el valor a pagar es cero, al igual que los años anteriores, y en esos años debía igual llevarla al banco para el sello de “pagado en cero”, pero ahora con la firma electrónica la declaración viene con un sello digital de la DIAN que dice “acuse de recibido” Igualmente debo llevarla al Banco?

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