Permiso del padre o madre para sacar un niño del país

Para que un menor de edad pueda salir del país sin uno de sus padres, se requiere la autorización del otro padre.

¿Necesito permiso del padre para viajar con mi hijo?

Una madre no puede viajar fuera del país con su hijo menor de edad sin el permiso firmado por su padre; al igual que el padre no puede viajar con su hijo fuera del país sin la autorización de la madre.

Esa limitación aplica únicamente para viajar fuera del país, de modo que dentro del país se puede viajar sin la autorización del otro padre o progenitor.

El permiso para que los menores de edad puedan salir del país está regulado por el artículo 110 de la Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y Adolescencia.

Permiso para la salida de un menor de edad.

La necesidad de contar con un permiso para abandonar el país con un hijo tiene su origen en el artículo 110 de la Ley 1098 de 2006:

«Cuando un niño, una niña o un adolescente que tiene residencia en Colombia vaya a salir del país con uno de los padres o con una persona distinta a los representantes legales deberá obtener previamente el permiso de aquel con quien no viajare o el de aquellos, debidamente autenticado ante notario o autoridad consular. Dicho permiso deberá contener el lugar de destino, el propósito del viaje y la fecha de salida e ingreso de nuevo al país.»

Si el niño viaja con los dos padres no es necesario firmar ningún documento. Si viaja con una persona distinta a los padres, requiere autorización de los padres.

Cómo debe darse la autorización de salida del país de un menor de edad.

Para autorizar la salida del país de un hijo menor de edad, se diligencia un formulario que Migración Colombia ha desarrollado (Descargar), y se hace autenticar ante una notaría, y si está en el exterior, ante un consulado.

Ese formulario exige los siguientes datos:

  1. Número de documento o pasaporte del menor,
  2. Lugar de destino.
  3. Propósito del viaje.
  4. Fecha de salida.
  5. Fecha de ingreso de nuevo al país.

Téngase presente que los tiquetes deben coincidir con el lugar de destino indicado en la autorización de salida, de manera que, si la autorización se dio para viajar a España y el tiquete indica Argentina como lugar de destino, migración impedirá la salida del menor.

Permiso de salida del país otorgado por el defensor de familia.

Cuando no es posible conseguir la autorización de salida del país por parte de uno de los progenitores, existe la posibilidad de tramitar la autorización ante el defensor de familia, de acuerdo al artículo 110 de la Ley 1098:

«Cuando un niño, niña o adolescente con residencia en Colombia, carezca de representante legal, se desconozca su paradero o no se encuentre en condiciones de otorgarlo, el permiso para la salida del país lo otorgará el Defensor de Familia con sujeción a las siguientes reglas:»

Las reglas a que se refiere la norma son las siguientes:

  • Legitimación. La solicitud deberá ser formulada por quien tenga el cuidado personal del niño, niña o adolescente.
  • Requisitos de la solicitud. La solicitud deberá señalar los hechos en que se funda y el tiempo de permanencia del niño, niña o adolescente en el exterior. Con ella deberá acompañarse el registro civil de nacimiento y la prueba de los hechos alegados.
  • Trámite. Presentada la solicitud, el Defensor de Familia ordenará citar a los padres o al representante legal que no la hayan suscrito y oficiará a Migración Colombia si existe impedimento para salir del país del menor de edad.
  • Si dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación o al emplazamiento, ninguno de los citados se opone, el funcionario practicará las pruebas que estime necesarias, si a ello hubiere lugar, y decidirá sobre el permiso solicitado.
  • En firme la resolución que concede el permiso, el Defensor de Familia remitirá copia de ella al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. El permiso tendrá vigencia por sesenta (60) días hábiles, contados a partir de su ejecutoria.

Luego señala la norma:

«En caso de que oportunamente se presente oposición a la solicitud de permiso, el Defensor de Familia remitirá el expediente al Juez de Familia, y por medio de telegrama avisará a los interesados para que comparezcan al juzgado que corresponda por reparto.»

Eso aplica para los casos en que, por alguna razón distinta a la negativa de uno de los padres, no se pueda extender la autorización de salida del menor de edad.

Adicionalmente, la ley considera que en los siguientes casos el defensor de familia puede autorizar de plano la salida de un menor de edad del país:

  1. A los niños, las niñas o los adolescentes que ingresan al Programa de Víctimas y Testigos de la Fiscalía General de la Nación.
  2. A los niños, las niñas o los adolescentes desvinculados o testigos en procesos penales, cuando corre grave peligro su vida y su integridad personal.
  3. A los niños, las niñas o los adolescentes que van en misión deportiva, científica o cultural.
  4. A los niños, las niñas o los adolescentes cuando requieren viajar por razones de tratamientos médicos de urgencia al exterior.

Este tipo de autorización es más expedida por las circunstancias que lo ameritan, donde el tiempo apremia.

¿Qué pasa si un padre se niega a dar el permiso de salida del país?

Si el padre o la madre se niega a firmar la autorización para que su hijo menor salga del país, lo que sucede regularmente entre parejas separadas en malos términos, el progenitor que pretenda sacar del país a su hijo debe gestionar el permiso respectivo ante un juez de familia.

Demanda o proceso judicial para autorizar salida del país de un menor de edad.

Si uno de los padres se niega a conceder el permiso o autorización para la salida del país de su hijo, el otro padre debe interponer una demanda ante un juez de familia a fin de que sea este el que otorgue la autorización si a su criterio lo considera pertinente.

Esta demanda se tramita mediante un proceso verbal sumario, de acuerdo al numeral 3 del artículo 390 del Código General del Proceso, que señala los asuntos que se tramitarán en dicho proceso especial:

«Las controversias que se susciten respecto del ejercicio de la patria potestad, las diferencias que surjan entre los cónyuges sobre fijación y dirección del hogar, derecho a ser recibido en este y obligación de vivir juntos y salida de los hijos menores al exterior y del restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes.»

Recuérdese que estos procesos son de única instancia.

Proceso verbal sumario.El proceso verbal sumario, que es un proceso declarativo, es una demanda de única instancia y de mínima cuantía, que no requiere abogado para ser presentada.

¿Si tengo la patria potestad puedo sacar a mi hijo del país?

Cuando uno de los padres ha perdido la patria potestad, el que la conserva puede sacar del país a su hijo sin la autorización del padre que ha perdido la patria potestad.

Esto en aplicación del inciso segundo del artículo 110 de la Ley 1098 de 2006:

«No se requerirá autorización de los padres a quienes se les haya suspendido o privado de la patria potestad.»

Perder la patria potestad implica perder derechos respecto al hijo, por lo que el afectado por esa pérdida no puede impedir al otro progenitor que salga del país con su hijo.

Qué es la patria potestad.Qué es la patria potestad, lo que implica, y causales para la pérdida o privación de la patria potestad.

Permiso de salida cuando uno de los padres tiene la custodia.

Por regla general, la custodia de los hijos es compartida entre padre y madre, pero en algunos casos, uno de los padres pierde la custodia y esta es otorgada solo a uno de ellos. Luego surge la inquietud:

¿Si tengo la custodia de mis hijos puedo sacarlos del país?

Si uno de los padres tiene la custodia, significa que le fue retirada al otro, pero, aun así, se requiere la autorización del padre que no tiene la custodia para sacar al hijo o hijos del país.

La norma suprime la autorización del padre que ha perdido la patria potestad, no la custodia, y la pérdida de la patria potestad es muy distinta a la pérdida de la custodia. En la última, el cuidado del niño pasa a uno de los padres, sin que el padre privado de la custodia pierda derechos distintos a ese cuidado de su hijo.

Distinto es cuando el menor de edad que sale del país tiene residencia en el exterior por un término igual o superior a un año.

Al respecto señala el inciso tercero del artículo 110 de la Ley 1098 de 2006:

«Los menores de edad con residencia habitual en el exterior, igual o superior a un (1) año, y que vayan a salir del país con uno solo de sus progenitores, no requerirán autorización cuando decidan volver a aquella. Para efectos de la salida del país deberán aportar certificación de residencia en el exterior, expedido por el consulado competente o la inscripción consular y copia del documento en el cual se establezca la custodia en cabeza del progenitor con quien va a salir. La solicitud del trámite de custodia podrá presentarse ante la autoridad consular correspondiente, quienes remitirán a la autoridad competente en Colombia.»

Si el hijo menor reside en el exterior, no se requiere la autorización del padre que no tiene la custodia o que la tiene compartida, y el padre o madre que sólo debe acreditar dos cosas:

  1. Residencia en el exterior por un término igual o superior a 1 año.
  2. Que tiene la custodia.

Si el término de residencia es menor a un año, sí se requiere la autorización del otro padre, aun cuando este haya perdido la custodia.

¿Si tengo la custodia de mis hijos puedo sacarlos del país?

El padre que tenga la custodia del hijo puede sacarlo del país, pero requiere autorización del padre que no tiene la custodia, excepto si el que no tiene la custodia ha perdido también la patria potestad.

¿Si tengo la patria potestad puedo sacar a mi hijo del país?

El padre que tenga la patria potestad puede sacar a su hijo del país, siempre que al otro padre se le haya retirado la patria potestad.

Los dos padres tienen la patria potestad sobre sus hijos hasta tanto no le sea retirada por la justicia, y mientras los dos padres compartan la patria potestad, es necesario el permiso de uno para que el otro pueda sacar a sus hijos del país.

¿Si soy madre soltera puedo sacar a mi hijo del país, Colombia?

Si el padre no ha reconocido al hijo de la madre soltera, la madre soltera puede sacar a su hijo del país sin problemas, en razón a que legalmente el niño no tiene padre.

Si el hijo tiene padre, así el padre no tenga la custodia, es preciso contar con el permiso del padre para salir del país, excepto cuando el padre ha perdido la patria potestad.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2022, octubre 4). Permiso del padre o madre para sacar un niño del país [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/el-padre-de-mi-hijo-no-me-firma-el-permiso-para-salir-del-pais.html

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21 comentarios
  1. Ruth noviembre 19 de 2023

    Hola, tengo una duda: el padre de mis hijos está en Nicaragua y yo estoy con ellos en Costa Rica. ¿Él me puede enviar el permiso que ocupo para sacarlos del país, de Costa Rica hacia Estados Unidos? ¿Serviría si él está en Nicaragua?

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Ruth noviembre 20 de 2023

      Buenos días, Ruth.

      No lo podemos ayudar con su consulta en razón que este sitio está fundamentado en la ley colombiana, por lo que desconocemos lo dispone la ley en su país.

      Saludos

      Responder
  2. Carolina Rojas junio 7 de 2023

    Buenos días,

    Tengo un niño de 11 años. El padre del niño dejó de pagar sus cuotas desde que mi hijo tenía 4 años; luego, hace poco más de 6 años, no aparece. La última vez que hablé con él fue antes de la pandemia, cuando le pedí permiso para que mi hijo saliera del país. El padre se negó y no supe más de él.

    En diciembre de 2021, presenté una solicitud de patria potestad en el bienestar para quitarle la patria potestad por abandono; sin embargo, no ha avanzado, ya que no localizan al padre. Tenemos un viaje pendiente para octubre y me preocupa no poder sacar a mi hijo del país.

    ¿Hay alguna forma de obtener permiso para que el niño salga sin el consentimiento del padre, dado que él no aparece?

    Gracias.

    Responder
  3. Leidy angel febrero 13 de 2023

    Hola, quiero salir del país con mis dos hijos, pero el papá de mi hija no me quiere dar el permiso y tampoco me ha ayudado económicamente, ni la saca ni la visita; en fin, no responde por la niña. ¿Cómo hago? ¿Me puedes dar información? Gracias.

    Responder
  4. Juanito. enero 11 de 2023

    La custodia de mi nieta de 16 años la tiene la madre (el padre está privado de la libertad), pero yo he sido quien vela por ella desde hace seis años. La niña requiere rendir testimonio ante el Colegio Nacional de Psicólogos en Bogotá; sin embargo, la madre se niega a dar la autorización. Ante la negativa de la mamá, ¿quién puede dar esa autorización?

    Responder
  5. Victor agosto 30 de 2022

    Buenas tardes. Tengo una consulta: me encuentro fuera del país por trabajo y mi esposa y mis hijos están próximos a reunirse conmigo como mis dependientes, pero me es muy difícil acceder a un consulado colombiano para tramitar el permiso que expresan. ¿Tengo alguna posibilidad de hacerlo a través de otro medio? ¿O un notario en la ciudad donde resido podría firmar la carta de autorización de salida del país?

    Agradezco mucho su respuesta.

    Responder
  6. Nina agosto 29 de 2022

    Buenas tardes, quiero viajar a España con mi hija, que no tiene apellidos del padre. Ya tenemos pasaportes y todo. Quisiera saber si tendría algún inconveniente si el papá quiere negarse, pero no figura como padre en su registro.

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  7. jenn agosto 17 de 2022

    Buenas tardes. En el caso de una adolescente de 16 años que va a salir de Colombia hacia Canadá a estudiar, pero el padre no ha dado el permiso, ¿se puede hacer algo para que pueda salir?

    Responder
  8. Guido Valencia agosto 13 de 2022

    Hola, buen día 🌞🌞. Yo tengo la custodia de mis 4 hijas. Quiero salir de Bolivia hacia Brasil, pero 🙄 aún sigo casado.

    Responder
  9. Alexandria julio 29 de 2022

    Hola, yo soy notaria pública en Estados Unidos y hago trámites para padres que desean sacar a sus hijos legalmente de su país. Mi WhatsApp es 813-328-0050 y mi página en Facebook es Norkas Documents Services LLC. Para obtener información, gracias.

    Responder
  10. Alexandria Norka julio 29 de 2022

    Hola, soy notaria pública en Estados Unidos y hago trámites para padres que desean sacar a sus hijos legalmente de su país. Mi WhatsApp es 813-328-0050 y mi página en Facebook es Norkas Document Services LLC. Para obtener información, gracias.

    Responder
    • Dario en respuesta a Alexandria Norka diciembre 14 de 2023

      ¿Esto es legal?

      Responder
      • Avatar
        Gerencie.com en respuesta a Dario diciembre 15 de 2023

        No es posible saber si el servicio prestado es legal o no, o si es seguro. Es responsabilidad de cada persona si contrata ese tipo de servicios.

        Saludos

        Responder
  11. MARIA junio 13 de 2022

    Buenas tardes:

    Tengo un hijo de 5 años. El padre le dio el apellido y le pasa mensualmente su ayuda económica, la cual se determinó por demanda, ya que no lo quiso reconocer voluntariamente. Le dio el apellido porque se le demandó por la Comisaría de Familia para que lo reconociera y, además, le ayudara económicamente. No cumple con su rol como padre; si bien da su aporte económico y le dio el apellido, yo como madre siempre he estado sola con mi hijo, cuidándolo y pendiente de él.

    Mi pregunta es: ¿puedo salir del país sin la autorización del papá?

    Responder
  12. FRANCI MORENO junio 3 de 2022

    Buenos días. Por favor, necesito orientación. Tengo dos hijos, somos venezolanos y necesito viajar a este país. ¿Dónde debo acudir para pedir un permiso paterno?

    Responder
  13. kiara abril 26 de 2022

    Hola, soy separada, pero su papá no ha reconocido a mi hijo. Quiero sacarlo del país, por favor, ayúdenme; su papá no cumple con sus responsabilidades.

    Responder
  14. inggrid abril 21 de 2022

    Buenas tardes, estoy viviendo en España. Tengo una nena de 6 años en Colombia. Quiero traerla con sus abuelos como turista, pero su padre se niega a darle el permiso y no responde por ella. ¿Qué debo hacer?

    Responder
  15. Elly abril 2 de 2022

    Buenos días,

    Tengo un hijo de 12 años. Soy madre soltera y el padre le dio el apellido, por lo que entablé una demanda de paternidad en su contra. He sido padre y madre para mi hijo. Tomé la decisión de quedarme soltera hasta que él tuviera una edad acorde y por protegerlo a él. Ahora que está más grandecito, he conocido a alguien que es mi pareja actual y él es estadounidense. Desea que nos mudemos los tres juntos.

    No tengo conocimiento del padre del menor desde hace 10 años. ¿Qué debo hacer al respecto para poder salir del país con mi hijo? Mil gracias de antemano, quedo atenta a su pronta respuesta. Bendiciones y feliz fin de semana.

    Responder
  16. rouse enero 31 de 2022

    Hola, tengo una amiga que viajó a Estados Unidos y dejó a su hijo menor de edad en Colombia, pero desea llevárselo. El padre está de acuerdo y dice que firmará el permiso, pero ella no está en el país. ¿Qué debería hacer?

    Responder
  17. silvana enero 13 de 2022

    Tengo una inquietud: el padre de mi hijo está en el extranjero y quiero saber cómo debo hacer para salir con mi hijo y cuál es el trámite que debo seguir para poder salir sin inconvenientes.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a silvana noviembre 28 de 2024

      Puede solicitar al padre que le envíe firmado el permiso de salida o en su defecto, recurrir a un juez de familia para que le autorice la salida.

      Responder

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