Formato 2276 – Quién debe reportarlo y qué debe reportar

Algunos contribuyentes que estén obligados a reportar información exógena deben reportar el formato 2276. Veamos cuales son y que información deben reportar.

Contribuyentes que deben reportar el formato 2276.

Las personas o entidades que deben diligenciar y presentar el formato 2276, son aquellas que estén obligadas a reportar información exógena de acuerdo a los topes y condiciones que señalan anualmente las distintas resoluciones.

Además, este formato debe ser presentado por quienes realicen pagos por rentas de trabajo y pensiones.

Es decir que, si el contribuyente debe reportar información exógena por cualquier causa, razón o concepto, debe presentar el formato 2276, siempre que haya realizado pagos por los conceptos que se deben incluir en dicho formato.

A quién se debe reportar en el formato 2276.

En este formato se reportan a las personas naturales que reciban pagos por rentas de trabajo y pensiones, como salarios, servicios, honorarios, viáticos, etc.

Información que se reporta en el formato 2276.

El artículo 35 de la resolución 000124 de 2021 que trata sobre la información exógena para el año 2022 que se reporta en 2023, dispone que se debe reportar la siguiente información.

  1. Entidad Informante.
  2. Tipo de documento y número de identificación del beneficiario.
  3. Apellidos y nombres del beneficiario
  4. Ubicación del beneficiario.
  5. Pagos por salarios.
  6. Pagos por emolumentos eclesiásticos.
  7. Pagos realizados con bonos electrónicos o de papel de servicio, cheques, tarjetas, vales, etc.
  8. Valor del exceso de los pagos por alimentación mayores a 41 UVT, art. 387-1 E.T.
  9. Pagos por honorarios.
  10. Pagos por servicios.
  11. Pagos por comisiones.
  12. Pagos por prestaciones sociales.
  13. Pagos por viáticos.
  14. Pagos por gastos de representación.
  15. Pagos por compensaciones por el trabajo asociado cooperativo.
  16. Valor apoyos económicos no reembolsables o condonados, entregados por el Estado o financiados con recursos públicos, para financiar programas educativos.
  17. Otros pagos.
  18. Cesantías e intereses de cesantías efectivamente pagadas al empleado.
  19. Cesantías consignadas al fondo de cesantías.
  20. Auxilio de cesantías reconocido a trabajadores del régimen tradicional del Código Sustantivo del Trabajo, contenido en el Capítulo VII, Título VIII Parte Primera.
  21. Pensiones de jubilación, vejez o invalidez.
  22. Total ingresos brutos por pagos de rentas de trabajo o pensiones.
  23. Aportes obligatorios por salud a cargo del trabajador.
  24. Aportes obligatorios a fondos de pensiones y solidaridad pensional a cargo del trabajador.
  25. Aportes voluntarios al régimen de ahorro individual con solidaridad - RAIS.
  26. Aportes voluntarios a fondos de pensiones voluntarias.
  27. Aportes a cuentas AFC.
  28. Aportes a cuentas AVC.
  29. Valor de las retenciones en la fuente por pagos de rentas de trabajo o pensiones.
  30. Impuesto sobre las ventas -IVA, mayor valor del costo o gasto.
  31. Retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas -IVA.
  32. Pagos por alimentación hasta 41 UVT.
  33. Valor ingreso laboral promedio de los últimos seis meses. Únicamente para trabajadores que aplique el numeral 4 artículo 206 E.T.
  34. Tipo de documento y número de identificación del dependiente económico .
  35. Identificación del fideicomiso.
  36. Tipo documento e Identificación del participante en contrato colaboración.

Aquí se pueden observar los diferentes conceptos que se deben reportar en el formato 2276, que incluye pagos como comisiones, servicios, viáticos, gastos de representación, prestaciones sociales, etc.

Reporte a comerciantes.

En este formato no se reporta a comerciantes independientes a los que se les haya comprado mercancías o materias primas, puesto que esos pagos no constituyen una renta de trabajo, debido a la renta de trabajo es la remuneración que se paga a una persona por la utilización de su fuerza de trabajo, independientemente si está vinculada con un contrato de trabajo o de servicios.

Estas compras se reportan en el formato 1001 que corresponde a los costos y deducciones.

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  1. MARIA (mayo 4 de 2022)

    Muy buena noche he tratado de pasar al prevalidador el formato 2276 pero no me deja porque dice que la entidad informante no es 1 informante general
    ALGUIEN me puede colaborar

    muchas gracias

    Responder
  2. Germán (mayo 23 de 2022)

    Error que genera el formato 2276 cuando la entidad informante es 1:
    “Identificación del fideicomiso o contrato – Esta casilla debe estar diligenciada solo con números”

    Esta columna debe ir vacía para el caso del informante general y al parecer el programador de la macro le dejó espacios.
    Se corrige ingresando a la columna AJ y eliminando los espacios que tiene.
    Corrija la primera fila eliminando los espacios y después copia esa celda de ahí hacia abajo

    Responder
    • LY en respuesta a Germán (mayo 23 de 2022)

      Hola, no funciona sigue saliendo “error en fideicomiso” en este formato 2276 alguna otra opción? Gracias

      Responder
  3. MILAGROS (mayo 25 de 2022)

    LAS PRESTACIONES SOCIALES PAGADAS EN EL AÑO 2021 DE PERSONAL RETIRADO EN EL 2020, SE INCLUYEN EN EL FR 2276, ME COLABORAN POR FAVOR, GRACIAS

    Responder
  4. Lorena Estrada (marzo 15 de 2023)

    Buenos días, tengo una inquietud respecto al calculo del Valor del Ingreso Laboral promedio de los últimos 6 meses. Si a un trabajador se termina el contrato en noviembre, como procedo a realizar el calculo, me pueden orientar por favor, gracias

    Responder
    • sandra en respuesta a Lorena Estrada (abril 21 de 2023)

      Buenos días, de acuerdo a la información que me brindo ayer la DIAN, en esa casilla se debe reportar el salario de los últimos 06 meses (julio a diciembre) siempre y cuando no exceda los 350 uvt es decir $13.301.400 entonces tomas el salario de cada empleado de julio a diciembre y lo reportas siempre y cuando no se pase de los 13.301.400 . si trabajo hasta noviembre reportas de julio a noviembre.

      Responder
  5. Milena (abril 21 de 2023)

    Buenos días
    En el tipo de documento de dependiente economico lo debo dejar en blanco o se coloca alli la cedula del empleado? hablo de las 4 ultimas casillas del formato 2276

    Gracias

    Responder
  6. Marcela (abril 23 de 2023)

    Buena Noche, dando continuidad a la pregunta de Lorena Estrada, cual seria el periodo para promediar los ingresos mensuales de una persona que tuvo relación laboral hasta enero del 2022; teniendo en cuenta el Articulo 206 del E.T numeral 4. ” El auxilio de cesantía y los intereses sobre cesantías, siempre y cuando sean recibidos por trabajadores cuyo ingreso mensual promedio en los seis (6) últimos meses de vinculación laboral no exceda de 350 UVT.”

    Quien me puede sacar de la duda . Gracias

    Responder
  7. GEGE (junio 5 de 2023)

    Buenas tardes, tengo la misma inquietud de Milena, que debo diligenciar en las columnas de Dependientes economicos en el Formato 2276.

    Responder

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