Formato 2276 – Quién debe reportarlo y qué debe reportar

Algunos contribuyentes que estén obligados a reportar información exógena deben reportar el formato 2276. Veamos cuáles son y qué información deben reportar.

Contribuyentes que deben reportar el formato 2276.

Las personas o entidades que deben diligenciar y presentar el formato 2276 son aquellas que estén obligadas a reportar información exógena de acuerdo a los topes y condiciones que señalan anualmente las distintas resoluciones.

El formato 2276 debe ser presentado por quienes realicen pagos por rentas de trabajo y pensiones.

Es decir que, si el contribuyente debe reportar información exógena por cualquier causa, razón o concepto, debe presentar el formato 2276, siempre que haya realizado pagos por los conceptos que se deben incluir en dicho formato.

A quién se debe reportar en el formato 2276.

En este formato se reportan a las personas naturales que reciban pagos por rentas de trabajo y pensiones, como salarios, servicios, honorarios, viáticos, etc.

Información que se reporta en el formato 2276.

La resolución 000162 de 2023 que trata sobre la información exógena, dispone que se debe reportar la siguiente información.

  1. Entidad Informante
  2. Tipo de documento del beneficiario
  3. Número de Identificación del beneficiario
  4. Primer Apellido del beneficiario
  5. Segundo Apellido del beneficiario
  6. Primer Nombre del beneficiario
  7. Otros Nombres del beneficiario
  8. Dirección del beneficiario
  9. Departamento del beneficiario
  10. Municipio del beneficiario
  11. País del beneficiario
  12. Pagos por Salarios
  13. Pagos por emolumentos eclesiásticos
  14. Pagos realizados con bonos electrónicos o de papel de servicio, cheques, tarjetas, vales, etc.
  15. Valor del exceso de los pagos por alimentación mensuales mayores a 41 UVT, art. 387-1 E.T.
  16. Pagos por honorarios
  17. Pagos por servicios
  18. Pagos por comisiones
  19. Pagos por prestaciones sociales
  20. Pagos por viáticos
  21. Pagos por gastos de representación
  22. Pagos por compensaciones trabajó asociado cooperativo
  23. Valor apoyos económicos no reembolsables o condonados, entregados por el Estado o financiados con recursos públicos, para financiar programas educativos.
  24. Otros pagos
  25. Cesantías e intereses de cesantías efectivamente pagadas al empleado
  26. Cesantías consignadas al fondo de cesantías
  27. Auxilio de cesantías reconocido a trabajadores del régimen tradicional del Código Sustantivo del Trabajo, Capítulo VII, Título VIII Tarte Primera Pensiones de jubilación, vejez o invalidez
  28. Total ingresos brutos por rentas de trabajo y pensión
  29. Aportes obligatorios por salud a cargo del trabajador
  30. Aportes obligatorios a fondos de pensiones y solidaridad pensional a cargo del trabajador
  31. Aportes voluntarios al régimen de ahorro individual con solidaridad - RAIS
  32. Aportes voluntarios a fondos de pensiones voluntarias
  33. Aportes a cuentas AFC.
  34. Aportes a cuentas AVC.
  35. Valor de las retenciones en la fuente por pagos de rentas de trabajo o pensiones
  36. Impuesto sobre las ventas - IVA, mayor valor del costo o gasto
  37. Retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas - IVA.
  38. Pagos por alimentación mensuales hasta 41 UVT
  39. Valor ingreso laboral promedio de los últimos seis meses.
  40. Tipo de documento del dependiente económico
  41. Número de Identificación del dependiente económico
  42. Identificación del fideicomiso
  43. Tipo documento participante del contrato
  44. Identificación participante del contrato

Aquí se pueden observar los diferentes conceptos que se deben reportar en el formato 2276, que incluye pagos como comisiones, servicios, viáticos, gastos de representación, prestaciones sociales, etc.

Reporte a comerciantes.

En este formato no se reporta a comerciantes independientes a los que se les haya comprado mercancías o materias primas, puesto que esos pagos no constituyen una renta de trabajo, dado que la renta de trabajo es la remuneración que se paga a una persona por la utilización de su fuerza de trabajo, independientemente de si está vinculada con un contrato de trabajo o de servicios.

Estas compras se reportan en el formato 1001 que corresponde a los costos y deducciones.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Sí. Se reporta junto con los salarios, como parte del salario o en su defecto como otros pagos.

No. Solo se reportan las cesantías que se hayan consignado en el fondo de cesantías y las que se hayan pagado directamente al trabajador.

En el caso del régimen tradicional de cesantías, se reportan las que han sido reconocidas al trabajador, que técnicamente son las causadas, puesto que estas solo se pagan cuando el trabajador se retira.

Sí. Se reporta junto con el salario en dinero, como un todo, pues el salario es único.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2025, marzo 30). Formato 2276 – Quién debe reportarlo y qué debe reportar [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/formato-2276.html

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