Retención la fuente en las comisiones por ventas

Las comisiones por ventas y por cualquier otro concepto que se paguen están sujetas a retención en la fuente a título de renta.

Qué es una comisión y tipo de comisiones.

Una comisión es un pago o remuneración que se da a una persona por hacer un trabajo o ejecutar una actividad, como una venta, la culminación de un proceso, el desarrollo de un proyecto, etc.

En primer lugar, se debe precisar en qué eventos de generan las comisiones por ventas, pues de ello depende el tratamiento respecto al Iva y la retención en la fuente.

La comisión por venta puede generarse en ejecución de un contrato de trabajo, de servicios, o un contrato de comisión o cualquier otro contrato comercial. El concepto de comisiones aplica no solo a las comisiones por ventas propiamente dichas, sino a cualquier otra comisión que devengue un contribuyente.

Retención en la fuente en las comisiones por ventas.

Los ingresos por comisiones constituyen un ingreso gravado con el impuesto a la renta, y por lo tanto están sujetos a retención en la fuente por este impuesto.

El concepto de retención que se aplica depende de la relación contractual de quien recibe el pago.

Si quien recibe la comisión es un asalariado vinculado con un contrato de trabajo, las comisiones hacen parte integral del salario y el concepto de retención es por salarios o ingresos laborales con forme el artículo 383 del estatuto tributario.

Retención en la fuente por ingresos laborales.Retención en la fuente por salarios o ingresos laborales para asalariados y trabajadores independientes.

Si la comisión se paga en ejecución de cualquier otro contrato, sea civil o comercial, independientemente de cómo se denomine, se aplica el concepto de comisiones según el inciso 3 del artículo 392 del estatuto tributario, y se aplicará una retención del 10% para los no declarantes de renta y o del 11% para los siguientes casos.

  • Cuando del contrato se desprenda que los ingresos que obtendrá la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta superan en el año gravable el valor de tres mil trescientas (3.300) UVT.
  • Cuando los pagos o abonos en cuenta realizados durante el ejercicio gravable por un mismo agente retenedor a una misma persona natural superen en el año gravable el valor de tres mil trescientas (3.300) UVT. En este evento la tarifa del once por ciento (11 %) se aplicará a partir del pago o abono en cuenta que sumado a los pagos realizados en el mismo ejercicio gravable exceda dicho valor.

Este tema se aborda con más detalle en el siguiente artículo:

Retención en la fuente por honorarios.Retención en la fuente por honorarios, cuándo procede, base y tarifas de retención.

En este artículo se deja claro cuándo procede una tarifa de retención del 10% o del 11%, lo mismo que la base de retención, porque es impreciso señalar que los obligados a declarar renta tiene una tarifa del 11%.

Retención por comisiones persona natural.

Las comisiones que reciba una persona natural están sujetas a retención en la fuente en los términos ya explicados, que dependerá de si son comisiones pagadas en virtud de un contrato de trabajo o de un contrato de servicios, y de si es declarante o no de renta.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Si. Dependiendo del contrato se puede aplica retención por ingresos laborales o por comisiones, con tarifa del 10% o del 11%.

Si el comisionista no es declarante de renta la retención es del 10%, de lo contrario será del 11%.

Si. Las comisiones no están sujetas a retención cuando el pagador no es agente de retención, o si fueran devengadas por una entidad que no sea contribuyente del impuesto a la renta.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, junio 17). Retención la fuente en las comisiones por ventas [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/iva-y-retencion-en-las-comisiones-por-ventas-y-demas.html

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  1. Yenny Aguilar (marzo 14 de 2023)

    la comisión que cobran los fondos de cesantías estan gravadas con IVA? y de ser asi o no cual es la norma que lo soporta. Muchas gracias.

    Responder
  2. Adolfo (enero 30 de 2023)

    Estoy elaborando un contrato de servicio, donde se va a dar una intermediación contractual por servicios de mantenimiento de infraestructura y maquinaria, quisiera saber si hay alguna tabla de porcentajes máximo y mínimo para definir lo que se debe pagar por intermediación al contratista.

    Agradezco su ayuda en este tema.

    Responder
  3. Yolima Rodriguez (mayo 16 de 2022)

    Buen dia en la venta de un plan turistico, la comision por venta genera iva y retencion… pero ICA se debe practicar? Teniendo en cuenta que la venta fue en bogota y el agente que comisiona tambien esta en bogota

    Responder

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