En el contrato de trabajo verbal no puede existir un periodo de prueba verbal, en la medida en que el periodo de prueba sólo es válido si consta por escrito.
Estipulación del periodo de prueba en el contrato de trabajo verbal.
El artículo 77 del código sustantivo del trabajo dispone que el periodo de prueba debe constar por escrito, incluso en el contrato verbal de trabajo. Señala el numeral primero del referido artículo:
«El período de prueba debe ser estipulado por escrito y en caso contrario los servicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo.»
En consecuencia, para que en el contrato de trabajo verbal pueda ser válido el periodo de prueba, la cláusula que verse sobre el periodo de prueba se debe hacer por escrito, aunque el resto del contrato sea verbal. Ahora, si se una cláusula se hace por escrito, lo mejor es hacer todo el contrato de trabajo por escrito.
Consecuencia de pactar un periodo de prueba verbal.
Si en el contrato de trabajo verbal se pacta un periodo de prueba verbalmente, ese acuerdo no tiene validez, de manera que, si el empleador llegara a despedir al trabajador dentro del supuesto periodo de prueba, se entiende que el trabajador ha sido despedido sin justa causa, a no ser que en realidad exista la justa causa.
En consecuencia, debemos partir del hecho de que en el contrato de trabajo verbal no existe periodo de prueba que permita despedir al trabajador sin previo aviso sin necesidad de sustentar una justa causa objetiva para la desvinculación del trabajador.
En el extraño caso en que exista un contrato verbal y un periodo de prueba escrito, que se puede, entonces el periodo de prueba tendrá los efectos jurídicos que le señala el artículo 80 del código sustantivo del trabajo.
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septiembre 16th, 2019 a las 8:53 pm
Buenas noches. Mí pregunta es: si un empleado asiste al trabajo alcoholizado y drogado que consecuencias contrae . En este caso se decidió suspender por 2 días y descontarle estos días de su salario pero 2 días después de seguir laborando, ella decide renunciar pero exige liquidacion. Quiero saber si hay que liquidar teniendo en cuenta el perjuicio causado por su falta en el trabajo y en la producción del mismo.
Lleva 2 meses y medio laborando y según testigos el día que se presentó en esas circunstancias no fue el único .
Que se hace en estos casos.
octubre 10th, 2019 a las 8:53 pm
Kelly, en casos como esos lo que se debe hacer es pagarle a la trabajadora su liquidación completa en vista de que renunció, y en caso de que debido a su estado de alicoramiento causó perjuicios a la empresa, ésta por conducto de su representante legal deberá demandar civilmente a la ex trabajadora por los daños y perjuicios causados, pero no descontarle o retenerle su liquidación de prestaciones sociales. Atentamente: Ernesto Piedrahita. Teléfono: 313-8830983. Nota: Doy respuesta gratuita a máximo dos preguntas, aclaraciones o inquietudes sobre Derecho laboral, que me hagan llamando a mi celular o escribiendo a mi correo electrónico. correo: [email protected]. Abogado especialista en derecho laboral. Calle 116 No. 18 B- 67 Oficina 501. Bogotá D.C. Asesorías en liquidación de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.
marzo 4th, 2020 a las 2:08 pm
Buenas tardes: Por favor en un contrato de tres meses con una empleada del servicio doméstico de cuánto tiempo comprende el periodo de prueba.? Mil gracias
marzo 17th, 2020 a las 10:12 am
SERÁ MÁXIMO DE 15 DÍAS., NO PODRÁ SER MAYOR A ESE TIEMPO, Y TENGA EN CUENTA QUE EL PERIODO DE PRUEBA DEBE CONSTAR POR ESCRITO.
septiembre 19th, 2019 a las 4:12 pm
Buenas tardes, cuál es el periodo de prueba de un contrato de trabajo a 2 meses?.
Cordial saludo
octubre 10th, 2019 a las 8:48 pm
María, en el estricto orden legal el periodo de prueba de un contrato a dos meses es de solo 12 días calendario, tiempo que se obtiene de dividir 60 días por 5. 60/5: 12. En ese orden de ideas en el contrato debe estar especificada la cláusula del periodo de prueba porque si no está, se entiende que no hay periodo de prueba y si la hay pero se establece en más de los 12 días, esa cláusula no tendrá validez. Atentamente: Ernesto Piedrahita. Teléfono: 313-8830983. Nota: Doy respuesta gratuita a máximo dos preguntas, aclaraciones o inquietudes sobre Derecho laboral, que me hagan llamando a mi celular o escribiendo a mi correo electrónico. correo: [email protected]. Abogado especialista en derecho laboral. Calle 116 No. 18 B- 67 Oficina 501. Bogotá D.C. Asesorías en liquidación de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.
diciembre 8th, 2019 a las 7:06 pm
Buenas noches trabajo en una empresa donde me contrataron verbalmente por tres meses como guarda de seguridad pero trabajo más de las horas que se deben prestar y mi descanso es de 2 días al mes trabajo todas las noches,tengo derecho a que prestaciones
enero 24th, 2020 a las 4:08 pm
hola labore por tres años con contrato verbal donde mi empleador dijo pagaba menos del salario minimo,acepte porque necesitaba el dinero hacen un mes deje de laborar con el me llevo a una oficina de trabajo y el inspector me pregunto el tiempo q habia trabajado le dije 3 años y ya despues imprimio 2 copias para q firmaramos .y como son letras pequeñas no me percate donde decia que le habia laborado eventual y eporadicamente donde le trabaje por 3 años con un salario de 650.000 doce horas diarias jornada continua..segun el me da 4.500.000 le debia 3.000.000 en prestamos hechos para cubrir pagos de arriendo y otras cosas total q el resto me lo va a cancelar en dos cuotas mensual. estoy indignada como el inspector no me dijo la suma total de loq me correspondia ..eso como que ya estaba arreglado
marzo 8th, 2021 a las 6:29 am
mi caso es el siguiente, inicie trabajando por primera vez en una empresa de manera formal y ahora que ya me acesore sobre el tema se cometieron demasiadas irregularidades conmigo desde el primer dia laboral, al yo no tener conocimiento sobre contratos, prestaciones y seguridad, no sabia que debia exigir dichos requisitos en mi contratacion, y mi jefe y su jefa al ser abogados debieron actuar con resposabilidad civil, pero se aprobecharon de mi ignorancia en el tema y nunca me presentaron un contrato laboral, el primer dia de trabajo me dieron una arl con un numero de documento ajeno al mio con la justificacion de que yo la podia utilizar para el no perder la plata que habia gastado en ese trabajador, tambien me tenia trabajando 14 y 15 horas diarias durante los 7 dias que duro mi estadia el acuerdo y verbal que tuvimos fue del salario minimo, tampoco me dio constancia de que tenia las prestaciones sociales, el dia que alguien conocido que tenia un poco mas de conocimiento en el tema me dio el concejo de que le exigiera a mi jefe la papeleria en orden, entonces me asesore un poco mas y cuando le pedi que firmaramos el contrato porque habia tenido muchas irregularidades y le pedi el dinero de las horas extras de 4 dias laborados antes de mi primera nomina ya pagada, me despidio y no me quiere responder por el dinero de los otros tres dias con horarios de 14 horas ni las por las horas extras de los primeros 4 dias tampoco me quiere pagar la liquidacion y cuando intente pedirle el dinero, me amendranto con su conocimiento en abogacia diciendome que como no teniamos contrato si le seguia cobrando el dinero el me demandaria por extorcion que recordara que el tanto como su esposa son abogados, entonces no se que hacer, me siento impotente frente a la situacion.
marzo 8th, 2021 a las 6:45 am
tambien tengo todas las pruebas en conversaciones de whatsaap y audios, pero me da temor volverlos a contactar y decir oh exigirles el pago, porque no se cual sea la manera correcta de hacerlo y pueda ocasionar que se agraben las cosas, si alguien me desea ayudar con un poco de asesoramiento sobre que debo hacer, se lo agradeceria mucho ya que no cuento con los recursos para acudir a un acesor legal.
marzo 26th, 2022 a las 1:36 am
Vaya a la oficina de inspección de trabajo de donde vive, y pida que le ayuden con su liquidación, lleve todas las pruebas que tenga, es un deber de sus empleadores pagarle lo que le corresponde, todas sus prestaciones de ley e indemnización dado el caso de un despido sin justa causa.
octubre 17th, 2022 a las 9:55 am
Tenía casi ocho meses trabajando y me enferme y renuncie porque no estabana pagando el seguro por ende no me querían atiender en las entidades médicas, luego de un tiempo me llamaron para que entrara a trabajar nuevamente dure 15 días y en ese transcurso me enteré que tenía 4 meses de embarazo y ahora me sacaron y dicen que me llamarán para trabajar por días eso es legal o ilegal que puedo hacer en ese caso