Régimen de Iva en las SAS

Las S.AS o sociedad por acciones simplificadas están dentro del régimen de responsabilidad en el impuesto a las ventas en la medida en que desarrollen actividades gravadas con el impuesto a las ventas.

SAS, responsables del impuesto a las ventas.

Anteriormente se hablaba de régimen común y régimen simplificado, y hoy la ley simplemente habla de responsables y no responsables del Iva.

Responsables y no responsables del Iva.Personas o contribuyentes que son responsables del Iva y quiénes no son responsables del impuesto a las ventas.

En el caso de las SAS, estas siempre harán parte del régimen de los responsables del Iva, anteriormente conocido como régimen común.

Al régimen simplificado solo pueden pertenecer las personas naturales, y la S.A.S es una persona jurídica.

Lo que dice la norma.

Lo anterior en virtud de parágrafo tercero del artículo 437 del estatuto tributario, que sólo excluye del régimen responsable del Iva a las personas naturales que cumplan con los topes allí señalados.

Dice la norma:

«… con excepción de las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas, los pequeños agricultores y los ganaderos, así como quienes presten servicios, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:»

Las sociedades por acciones simplificadas creadas por la ley 1258 de 2008, constituyen una persona jurídica tal como lo expresa el artículo 2 de dicha ley:

«Personalidad jurídica. La sociedad por acciones simplificada, una vez inscrita en el Registro Mercantil, formará una persona jurídica distinta de sus accionistas.»

En consecuencia, siendo la SAS una persona jurídica siempre será responsable del Iva, incluso si está conformada únicamente por una persona natural.

SAS – Sociedad por Acciones Simplificada.Una SAS es una Sociedad por Acciones Simplificada, figura societaria con características especiales.

En la eventualidad en que la SAS desarrolle una actividad que no esté gravada con el impuesto a las ventas, no será responsable de este impuesto, siempre que la totalidad de las actividades desarrolladas no estén sometidas al Iva, pues con una sola que lo esté será responsable del Iva.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Sí. Las SAS, en caso de desarrollar una actividad gravada con el Iva son responsables del régimen común, hoy responsables del Iva.

Es régimen común, ya que nunca podrá ser un régimen simplificado que sólo aplica para personas naturales.

Sí. La SAS puede optar por el régimen simple siempre y cuando cumpla con los requisitos señalados en el artículo 905 del estatuto tributario.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, mayo 12). Régimen de Iva en las SAS [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/regimen-en-el-impuesto-a-las-ventas-de-las-sas.html

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