Quienes prestaron servicio militar obligatorio tienen derecho a que se les reconozcan las semanas cotizadas a pensión por ese tiempo, que son aproximadamente 50 semanas de cotización por cada año de servicio militar. Algunos prestaron hasta 2 años, por lo que son 104 semanas de cotización. ¿Se justifica reclamarlas?
Cuando sí se justifica.
En general, sí se justifica reclamar las semanas de cotización por la prestación del servicio militar obligatorio, puesto que son semanas que ayudan a completar las semanas requeridas para pensionarse o para incrementar la tasa de reemplazo.
Una persona que prestó servicio militar por un año solo deberá cotizar 1.250 semanas para pensionarse, y si ya tiene cotizadas las 1.300 semanas mínimas requeridas, al reclamar las semanas del servicio militar incrementará su tasa de reemplazo en 1.5%, que en un IBL de $2.000.000, por ejemplo, representa $30.000 más de mesada pensional y si prestó servicio militar 2 años, son $60.000, por lo que evidentemente vale la pena.
Indudablemente, incrementar la tasa de reemplazo es relevante y es lo que se consigue al reclamar las semanas cotizadas correspondientes al tiempo de servicio militar.
Cuando no se justifica.
Sin embargo, hay casos en los que podría no ser conveniente reclamar las semanas de cotización por la prestación del servicio militar, y es cuando la pensión se liquida sobre el IBL promedio calculado sobre toda la vida laboral, y al incluir esas semanas, el promedio disminuye más de lo que se gana incrementando la tasa de reemplazo en el 1.5%.
Las semanas de cotización que se reconocen por el servicio militar se liquidan sobre un ingreso base de cotización de un salario mínimo, de manera que, si el afiliado cotizó sobre valores superiores, al ingresar esas cotizaciones, el promedio puede disminuir.
Para ilustrarlo, vamos a suponer un ejemplo elemental, corto y básico:
Antes de incluir el servicio militar.
Semanas cotizadas | 150 |
IBL de esas semanas | $1.500.000 |
Promedio IBL | $1.500.000 |
Tasa de reemplazo | 75% |
Pensión = 75% × $1.500.000 | $1.125.000 |
Con 52 semanas de servicio militar (IBL = $1.000.000)
Semanas cotizadas totales 150 + 52 | 202 |
Suma IBL 150 × $1.500.000 + 52 × $1.000.000 | $205.000.000 |
Nuevo promedio IBL | $205.000.000 ÷ 202 = $1.371.287 |
Nueva tasa de reemplazo | 75% + 1,5 p.p. = 76,5% |
Pensión | 76,5% × $1.371.287 ≈ $1.049.035 |
Comparación:
- Sin servicio militar → pensión de $1.125.000
- Con servicio militar → pensión de $1.049.035
Aunque la tasa de reemplazo sube 1.5 puntos porcentuales, el promedio IBL baja lo suficiente como para que la pensión final disminuya en $75.000 (6,7%). Este ejemplo muestra por qué, en casos de liquidación sobre el promedio de toda la vida laboral, puede no convenir reconocer semanas cotizadas sobre valores bajos.
No siempre el resultado es negativo, ya que cada caso es distinto según la historia laboral de cada afiliado; por ello, es necesario proyectar los valores y comparar los resultados para determinar si conviene reclamar las semanas de servicio militar.