Quien adquiere productos o servicios gravados con el impuesto al consumo, ese impuesto hace parte del valor del servicio o de la compra, es decir, se constituye en un mayor valor y en ese sentido se debe contabilizar.
Cuenta contable del impuesto al consumo.
Desde el punto de vista del consumidor, como ya se anotó, el impuesto al consumo hace parte del mayor valor del gasto o del costo.
En consecuencia, tanto el valor del servicio como el valor del impuesto al consumo que se paga por él, se incluyen en la misma cuenta en la que se registra el gasto.
Por ejemplo, si hemos pagado nuestro servicio de telefonía móvil, este es un gasto que se registra en la cuenta 513535 del PUC, junto con el impuesto al consumo. Sin embargo, si queremos discriminar el impuesto al consumo del valor del gasto como tal, se crea una cuenta auxiliar para el impuesto al consumo, algo así como 51353501.
Impuesto al consumo como pasivo.
El impuesto al consumo se contabiliza como pasivo cuando es cobrado por el sujeto responsable de dicho impuesto, es decir, quien lo cobra.
Es el caso de la compañía telefónica o el restaurante que vende los servicios gravados con dicho impuesto.
La cuenta a utilizar es la 24, pero como nuestro antiguo PUC no contempla una para el impuesto al consumo, se debe crear una o utilizar la cuenta 249505, por ejemplo.
Es el prácticamente el mismo tratamiento que se da en el impuesto a las ventas, donde el responsable lo contabiliza en el pasivo, pues luego debe declararlo y pagarlo a la Dian.
diciembre 5th, 2019 a las 12:03 pm
buenas tardes, quisiera saber en una empresa pequeña, que venden pizzas unicamente, no es regimen comun no hay iva, ¿como se sacaria el valor del impuesto al consumo?
yo lo estoy sacando de las ventas brutas le quito el costo de venta y le resto los gastos y el valor que de lo coloco en el formulario
muchas gracias
abril 8th, 2020 a las 4:17 am
No necesitas hacerlo, si eres regimen simplificado, si eres natural declarante ahi si. 8% impuesto al consumo y se declara bimestral.
julio 9th, 2020 a las 2:47 pm
Buenas tardes,
Muchas gracias por esta información me resultó muy útil, sin embargo considero que el ejemplo de la compra del vehículo no es pertinente para el tema del cual trata el articulo, dado el articulo contempla el impuesto al consumo en licores y cigarrillos,impuesto de carácter territorial mientras que en el caso de los vehículos se estaría hablando del impuesto nacional al consumo el cual tiene un tratamiento diferente a nivel contable y tributario.
Gracias.
agosto 16th, 2020 a las 5:28 pm
En el caso del impuesto al consumo de Licores, cerveza y cigarrillo es monofasico y como lo explican para el comprador de la fabrica o distribuido se debe manejar 1330 pero cuando yo lo vendo al consumidor final lo debo recuperar que cuenta se registraría en el momento de la venta?
febrero 16th, 2021 a las 8:21 am
En la causacion del impuesto al consumo surge una inquietud con relación al reporte de información exogena, ya que en esta se debe reportar dicho impuesto. Si se causa como mayor costo o gasto se tendrá la dificultad del reporte del mismo.
febrero 20th, 2021 a las 9:32 am
CUAL SERIA LA FORMA CORRECTA DE CONTABILIZAR EL IMPUESTOS AL CONSUMO DE LICORES Y CIGARRILLOS PARA UN ESTANQUILLO DEL REGIMEN COMUN?
abril 22nd, 2021 a las 8:32 am
como se aplica el impuesto al consumo en licores al vender y al comprar
septiembre 13th, 2021 a las 4:15 pm
BUENAS TARDES, QUIESIERA SABER SI EN LA VENTA VAPEADORES O CIGARRILLOS ELECTRÓNICOS SE COBRA IMPOCONSUMO
noviembre 18th, 2021 a las 11:50 am
cual seria la forma de contabilizar el impuesto al consumo en un distribuidor de licores, asi como cuando se lo cobran, es costo? y al vender un ingreso, gracias ayudarme, [email protected]
noviembre 26th, 2021 a las 8:45 pm
Por favor un distribuidor de licores, que le vende a los hoteles, restaurantes, el ipoconsumo se lleva compras y es un ingreso ‘? Y SOBRE ESA BASE HAY QUE PAGAR ICA, GRACIAS, [email protected]
julio 15th, 2022 a las 4:59 pm
BUENA TARDE, UNA PREGUNTA, UNA PERSONA NATURAL DEL REGIMEN ORDINARIO DE TRBUTACION LA CUAL TIENE MAS DE 2 ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO (HOTEL-RESTAURANTE), ES RESPOSABLE DEL IMPUESTO AL CONSUMO, ASI SUS INGRESOS POR LA ACTIVIDAD RELACIONADA NO SUPEREN LAS $3.500 UVT DEL AÑO 2021??? MUCHAS GRACIAS