El IVA que se paga al comprar o importar un activo fijo no es descontable en la declaración de IVA, porque así lo dispone el artículo 491 del Estatuto Tributario, aunque el activo se use en actividades gravadas. Ese IVA se suma al costo del activo y se recupera vía depreciación, o, si se trata de un activo fijo real productivo, puede tomarse como descuento en el impuesto de renta según el artículo 258-1. ¿Cuál opción conviene y cómo se registra?
Por qué el IVA de los activos fijos no es descontable.
La regla está en el artículo 491 del Estatuto Tributario:
«El impuesto sobre las ventas por la adquisición o importación de activos fijos no otorgará descuento, excepto en el caso establecido en el artículo 485-2.»
Un activo fijo es un bien que la empresa compra para usarlo en su actividad durante varios años, y no para venderlo: la maquinaria, los vehículos, los computadores, los muebles o las edificaciones. La mercancía que se compra para revender, en cambio, es inventario, y su IVA sí es descontable.
Un mismo bien puede ser activo fijo para una empresa e inventario para otra. El computador que un almacén de tecnología compra para vender es inventario y su IVA se descuenta; el que compra para su oficina es activo fijo y su IVA no se descuenta. La excepción del artículo 485-2 se refiere a un descuento especial previsto para ciertos bienes de capital, de alcance muy limitado.
Primera opción: el IVA como mayor valor del activo.
La regla general es que el IVA pagado hace parte del costo del activo y se contabiliza junto con él, sin discriminarlo en una cuenta aparte.
Supongamos que una empresa compra un televisor para su sala de espera por $3.000.000 más $570.000 de IVA. El activo queda registrado por $3.570.000.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 1524 Equipo de oficina | $3.570.000 | |
| 1110 Bancos | $3.570.000 |
Ese IVA se recupera en el impuesto de renta a medida que el activo se deprecia, porque la depreciación se calcula sobre el costo total, IVA incluido. Lo explicamos en el artículo sobre la deducción por depreciación, y el concepto de costo fiscal en el artículo sobre el costo fiscal de los activos fijos.
Segunda opción: el descuento en el impuesto de renta.
Para los activos fijos reales productivos existe una alternativa más favorable. El artículo 258-1 del Estatuto Tributario permite descontar del impuesto de renta el IVA pagado en su adquisición, construcción, formación o importación, incluido el de los servicios necesarios para ponerlos en condiciones de uso.
Un activo fijo real productivo es un bien tangible, depreciable, que participa de forma directa y permanente en la actividad que produce la renta, como la maquinaria de una fábrica, los vehículos de una empresa de transporte o los equipos de un laboratorio. No lo son, en general, los muebles de oficina ni los bienes de uso administrativo.
La diferencia práctica es grande. Con la primera opción, el IVA se recupera poco a poco, en la parte de la depreciación que corresponda y a la tarifa del impuesto de renta. Con la segunda, se resta completo del impuesto de renta del año de la compra, peso por peso.
Supongamos que una fábrica compra una máquina por $100.000.000 más $19.000.000 de IVA. Con el descuento, resta los $19.000.000 de su impuesto de renta del año. Sin él, suma los $19.000.000 al costo de la máquina y, si la deprecia en diez años, deduce $1.900.000 al año, lo que a la tarifa del 35% le ahorra $665.000 de impuesto anual.
Las dos opciones no se pueden acumular: si el IVA se toma como descuento en renta, no puede sumarse también al costo del activo para depreciarlo.
Lo que sí es descontable.
La prohibición del artículo 491 solo alcanza la adquisición o importación del activo. De acuerdo con nuestro criterio, el IVA de las reparaciones y el mantenimiento de un activo fijo usado en actividades gravadas sí es descontable, porque esos servicios son un gasto y cumplen las condiciones del artículo 488, salvo que se capitalicen como mayor valor del activo. Lo explicamos en el artículo sobre el IVA descontable.
Y cuando el activo fijo se vende, esa venta no causa IVA, como explicamos en el artículo sobre la venta de activos fijos.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿El IVA de los activos fijos es descontable?
No en la declaración de IVA, porque el artículo 491 del E.T. lo prohíbe. Se suma al costo del activo o, si es un activo fijo real productivo, se descuenta del impuesto de renta.
¿Cómo se registra el IVA en la compra de un activo fijo?
Como mayor valor del activo, en la misma cuenta del activo y sin discriminarlo. Solo se registra aparte si se va a tomar como descuento en renta.
¿Qué es un activo fijo real productivo?
Un bien tangible y depreciable que participa de forma directa y permanente en la actividad productora de renta, como la maquinaria o los equipos de producción.
¿Puedo descontar el IVA en renta y además depreciarlo?
No. Si el IVA se toma como descuento en el impuesto de renta, no puede sumarse al costo del activo para depreciarlo.
¿El IVA del mantenimiento de un activo fijo es descontable?
De acuerdo con nuestro criterio, sí, si el activo se usa en actividades gravadas y el mantenimiento se registra como gasto, porque la prohibición del artículo 491 solo cubre la compra o importación del activo.
Ha sido instructivo el tratamiento contable del IVA en los casos de adquirir bienes de activos fijos, al indicar que el impuesto pagado se agrega al valor base del activo en la cuenta correspondiente. Es decir, se incorpora al activo adquirido para ser depreciado; no es descontable del IVA, sino del Impuesto sobre la Renta.
Es correcto, se deduce del impuesto a la renta vía depreciación.