No. La venta de activos fijos no causa IVA, aunque el bien esté gravado cuando se vende como mercancía, según el parágrafo del artículo 420 del Estatuto Tributario. Las excepciones son los aerodinos y los activos fijos que un intermediario vende habitualmente por cuenta de terceros, caso en el que el IVA recae sobre su comisión. ¿Qué es exactamente un activo fijo para este efecto y qué pasa con los bienes usados?
La regla del parágrafo del artículo 420.
El parágrafo del artículo 420 del Estatuto Tributario excluye la venta de activos fijos de los hechos que causan el IVA:
«El impuesto no se aplicará a las ventas de activos fijos, salvo que se trate de las excepciones previstas para los bienes inmuebles de uso residencial, automotores y demás activos fijos que se vendan habitualmente a nombre y por cuenta de terceros y para los aerodinos.»
La razón es que el IVA grava el consumo que se produce en la cadena de comercialización. Un activo fijo no se compró para venderlo, sino para usarlo, y su dueño ya soportó el IVA al comprarlo, porque no pudo descontarlo, como explicamos en el artículo sobre el IVA en la compra de activos fijos. Gravar su venta sería cobrar el impuesto dos veces.
Qué es activo fijo para este efecto.
Lo que decide si una venta causa IVA no es el bien, sino la calidad que ese bien tiene para quien lo vende. Un activo fijo es el bien que la empresa usa en su actividad y que no está destinado a la venta; si lo está, es inventario.
Por eso un mismo televisor puede causar o no IVA según quién lo venda:
- El almacén de electrodomésticos que vende un televisor de su inventario cobra IVA.
- El mismo almacén que vende el televisor que tenía en su sala de espera para que los clientes vieran los partidos no cobra IVA, porque era un activo fijo.
- La empresa de cualquier sector que vende el televisor de su sala de juntas tampoco cobra IVA.
Lo determinante es la destinación real del bien, que debe poder demostrarse con la contabilidad y el uso que se le dio. Un bien registrado como activo fijo que en realidad se compró para revenderlo no escapa al IVA por el solo registro.
Los bienes usados.
La venta de bienes usados sigue la misma regla. Si el vendedor los usó como activo fijo, no causan IVA. Si se dedica a comprar y vender artículos usados, como una compraventa de electrodomésticos o de muebles, son su inventario y su venta sí causa IVA, como cualquier mercancía.
Las excepciones.
La norma prevé dos casos en que la operación sí causa IVA.
Los aerodinos.
La venta de aviones, helicópteros y demás aerodinos causa IVA aunque el vendedor los tenga como activo fijo, y el literal b) del artículo 437 hace responsables del impuesto a los vendedores ocasionales de aerodinos.
La venta habitual por cuenta de terceros.
Cuando alguien vende habitualmente activos fijos de otros, a nombre y por cuenta de ellos, como la compraventa de vehículos que vende en consignación o el comisionista de maquinaria usada, la operación causa IVA. Pero no sobre el precio del bien, sino sobre la remuneración del intermediario, según el artículo 456:
«En las ventas de activos fijos realizadas habitualmente por cuenta y a nombre de terceros, la base gravable estará conformada por la parte del valor de la operación que le corresponda al intermediario, más la comisión, honorarios y demás emolumentos a que tenga derecho por razón del negocio.»
El artículo 457 fija una base mínima para esa remuneración. Y quienes compran vehículos usados a personas que los tenían como activo fijo, para revenderlos, liquidan el IVA sobre la diferencia entre el precio de venta y el de compra, según el artículo 457-1.
Los inmuebles.
La mención de los inmuebles de uso residencial en el parágrafo se refiere a la intermediación habitual. La venta de inmuebles tiene su propio tratamiento, que explicamos en el artículo sobre el IVA en la venta de inmuebles.
Otros casos frecuentes.
Algunas operaciones con activos fijos generan dudas:
- La venta de un activo fijo al exterior no causa IVA por partida doble: es un activo fijo y es una exportación, exenta por el artículo 479.
- El cobro al cliente por un equipo alquilado que no devolvió no es una venta sino una indemnización, que no causa IVA. De acuerdo con nuestro criterio, tampoco lo causaría si se tratara como venta, porque el equipo era un activo fijo del arrendador.
- La venta de un establecimiento de comercio con su mercancía causa IVA sobre la parte que corresponde al inventario, pero no sobre la de los activos fijos, como explicamos en el artículo sobre el IVA en el retiro y la liquidación de inventarios.
En renta, en cambio, la venta de un activo fijo sí tiene efectos: puede generar una utilidad gravada o una ganancia ocasional, y la de las personas naturales está sometida a retención en la fuente. Sobre la facturación, puede consultarse el artículo sobre si se debe facturar la venta de activos fijos.
Cómo se contabiliza la venta de un activo fijo.
Supongamos que una empresa vende por $5.000.000 un equipo que le costó $10.000.000 y que tiene una depreciación acumulada de $6.000.000. Su valor en libros es de $4.000.000, de modo que la venta deja una utilidad de $1.000.000. El registro, sin IVA, sería el siguiente.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 1110 Bancos | $5.000.000 | |
| 1592 Depreciación acumulada | $6.000.000 | |
| 1524 Equipo de oficina | $10.000.000 | |
| 4245 Utilidad en venta de propiedades, planta y equipo | $1.000.000 |
Si la venta dejara pérdida, se registraría en el débito de la cuenta de pérdida en venta de activos, dentro de los gastos no operacionales.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿La venta de activos fijos genera IVA?
No, según el parágrafo del artículo 420 del E.T., salvo en la venta de aerodinos y en la venta habitual de activos fijos por cuenta de terceros, donde el IVA recae sobre la remuneración del intermediario.
¿La venta de activos fijos es exenta o excluida?
Ninguna de las dos. Simplemente no es un hecho generador del IVA, porque la norma dispone que el impuesto no se aplica a esas ventas.
¿La venta de bienes usados tiene IVA?
Depende del vendedor. Si los usó como activo fijo, no. Si se dedica a comprar y vender bienes usados, son su inventario y su venta causa IVA.
¿La venta de un vehículo de la empresa tiene IVA?
No, si era un activo fijo. Si lo vende un intermediario habitual por cuenta de la empresa, el IVA se cobra sobre la comisión del intermediario.
¿Cómo se contabiliza la venta de un activo fijo?
Se da de baja el costo del activo y su depreciación acumulada, se registra el valor recibido y la diferencia se lleva a utilidad o pérdida en venta de activos. No se registra IVA.
Voy a enviar un activo a otro país. Se debe enviar como equipo exportado; la factura se realiza por el valor actual, es decir, menos la depreciación. ¿Se factura IVA? Gracias.
No se factura IVA por dos razones: es un activo fijo para la empresa y es una exportación (artículo 479 E.T).
Yo me dedico al alquiler de elementos y equipos para construcción. Los adquiero nuevos y los alquilo a mis clientes. Cuando uno de ellos no me devuelve el equipo alquilado, yo le cobro ese equipo en reposición; es decir, le cobro por el valor que yo considero que vale mi equipo. No es una venta como tal, pues mi objeto social es alquilar. La pregunta es: ¿le facturo el valor de mi equipo usado con IVA a mi cliente? Sí o no, y por qué.
Muchas gracias por su respuesta.
En nuestro criterio, no se debe facturar IVA por dos razones: 1. No es una venta. 2. Si fuera una venta, sería la venta de un activo fijo, y esta no genera IVA.
No me queda del todo clara la justificación por la que no debo cobrar el IVA. ¿Hay en el ET algún artículo que señale de manera específica que no debo cobrar IVA en una reposición de esta clase para yo recuperar mi equipo mediante el pago que haga mi cliente? Quedo atenta. Muchas gracias.
El hecho generador del IVA, según el artículo 420 del Estatuto Tributario, es la venta de bienes. En el caso que usted plantea, no hay una venta de bienes, por lo que no ocurre el hecho generador. Habría que determinar bajo qué concepto se cobra la reposición, como puede ser una indemnización, caso en el cual tampoco habría lugar a facturar el IVA.
CIA S.A.S. posee una finca, la urbaniza y registra sus costos, sabiendo que va a vender sus lotes. ¿Es o no responsable de IVA? ¿Registra o no sus lotes después de matriculados en inventarios? Sus gastos o pérdidas anuales ¿incrementan su costo del activo o inventarios?
No es responsable del IVA en razón a que la venta de inmuebles no está gravada con el IVA desde la ley 1943 de 2018.
Debe registrar sus lotes como inventarios, puesto que su objeto social es la venta de lotes urbanizados.