La ley 1280 de 2009 se creó la licencia remunerada por luto en Colombia, una licencia obligatoria que el empleador debe otorgar al trabajador en caso del fallecimiento de algún familiar cercano a este.
- Días de licencia por luto.
- Familiares que cubren el derecho a la licencia por luto.
- Término para otorgar la licencia por luto.
- Requisitos para otorgar la licencia por luto.
- ¿Qué pasa si el trabajador se toma la licencia por luto sin cumplir requisitos?
- ¿La licencia por luto la paga el empleador o la EPS?
Días de licencia por luto.

La licencia por luto es de 5 días hábiles, tal como lo señala el inciso primero del numeral 10 del artículo 57 del código sustantivo del trabajo adicionado por la ley 1280 de 2009.
«Conceder al trabajador en Caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, una licencia remunerada por luto de cinco (05) días hábiles, cualquiera sea su modalidad de contratación o de vinculación laboral. La grave calamidad doméstica no incluye la Licencia por Luto que trata este numeral.»
Al ser días hábiles se descuentan domingos y festivos, y aplica para todos los trabajadores, incluso aquellos con un contrato de prestación de servicios.
Familiares que cubren el derecho a la licencia por luto.
La licencia por luto no se otorga cuando fallece cualquier familiar sino aquellos que están dentro del grado de parentesco señalado por la ley.
Resumiendo, la licencia por luto se otorga cuando fallecen los siguientes familiares del trabajador:
- Padres.
- Hijos.
- Hermanos.
- Abuelos.
- Nietos.
- Cónyuge o compañero permanente.
- Suegros.
Personas por las que no se otorga licencia por luto:
- Tíos.
- Primos.
- Cuñados.
- Novias.
- Bisnietos.
- Bisabuelos.
Se recuerda que el trabajador debe demostrar el grado de parentesco que lo une con el familiar fallecido, lo que se hace con el registro civil de nacimiento.
Término para otorgar la licencia por luto.
La ley no dispuso expresamente cuál es el tiempo en que debe ser otorgada dicha licencia, pero por el objetivo perseguido, debe ser inmediata una vez el empleador conoce de la solicitud del trabajador.
En este tipo de circunstancia se requiere la presencia inmediata del trabajador, puesto que el fallecimiento de una persona exige una serie de ritualidades que se inician inmediatamente después del fallecimiento.
Una licencia por luto luego de sucedidas las exequias del familiar fallecido no cumple con su objetivo, y por tanto esta debe ser otorgada oportunamente.
Igualmente, el empleador no está obligado a otorgar una licencia por luto cuando el familiar del trabajador falleció tiempo atrás, cuando ya el duelo y todo el proceso seguido al fallecimiento ha pasado.
Requisitos para otorgar la licencia por luto.
Por las circunstancias de los hechos que rodean el fallecimiento de una persona, para otorgar la licencia por luto no se exige ningún requisito o documento previo, de modo que es suficiente con la comunicación escrita o verbal del trabajador para que se le otorgue la licencia.
Es por ello que la ley otorga al trabajador 30 días calendario de plazo para que demuestre el hecho mediante documento expedido por la autoridad competente, que suele ser el certificado de defunción.
Además de probar el fallecimiento del familiar, el trabajador debe probar que el fallecido es un familiar que está dentro del grado de parentesco considerado por la ley, de modo que debe adjuntar el registro civil de nacimiento.
En resumen, se deben adjuntar los siguientes documentos:
- Copia del certificado de defunción.
- Registro civil de nacimiento del fallecido y en si es necesario del trabajador.
- Copia del certificado de matrimonio civil o religioso para el caso del cónyuge.
- Documento notariado sobre convivencia para el caso de compañero permanente.
Dependiendo del familiar fallecido será uno o varios documentos que se deban adjuntar.
¿Qué pasa si el trabajador se toma la licencia por luto sin cumplir requisitos?
Si el trabajador no adjunta los documentos señalados o no cumple los requisitos que la ley exige, la licencia remunerada no procede, y como ya ha sido tomada por el trabajador, el empleador queda facultado para descontar del salario los días de licencia otorgados sin derecho.
Si el trabajador engañó al trabajador al tomarse una licencia por la muerte de una persona que no le daba ese derecho, podrá ser objeto de una sanción disciplinaria.
¿La licencia por luto la paga el empleador o la EPS?
La ley no dispuso que la EPS pague la licencia por luto, por lo que se entiende que debe pagarla el empleador.
Como se trata de una licencia remunerada, un permiso, durante esos días el trabajador sigue recibiendo la remuneración que normalmente recibe, y se pagará junto con el salario en los periodos de pago acordados.
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junio 8th, 2019 a las 6:38 pm
Buenas tardes fallecio mi abuelito y la empresa me dice que no me puede dar licencia porque la ley no cubre en caso de abuelos quisiera saber como actuar
octubre 21st, 2020 a las 2:15 pm
Hola Gisel, la ley si cubre la muerte de los abuelos.
Saludos.
noviembre 25th, 2019 a las 5:53 pm
Acabo de pasar por esta situación pero me comuniqué con el área responsable de estos casos y me informan que en la empresa donde trabajo solo otorgan dos días. ¿Eso es normal ? Siendo que estoy leyendo que son 5
enero 3rd, 2020 a las 6:44 pm
Una persona viuda a quien le fallece el suegro/a, puede acceder a la licencia de luto?
mayo 23rd, 2020 a las 7:21 am
Si puede.
febrero 6th, 2020 a las 5:07 pm
Una pregunta, y para motivo de contabilidad en que cuenta se llevaría ese gasto ante el empleador
febrero 17th, 2020 a las 11:21 am
Si un familiar falleció hace algunos años, pero solo hasta el día de hoy se logra comprobar su muerte, porque era necesario realizar algunas pruebas para determinar que si era nuestro familiar, aplican de igual manera los 5 días de luto ?
junio 15th, 2021 a las 4:42 pm
No aplica.
febrero 28th, 2020 a las 12:18 pm
Porque aquí dice que a un contrato de prestación de servicios lo cobija la licencia de luto, si en otra publicación hecha por ustedes indica que no lo cobija
marzo 14th, 2020 a las 3:06 pm
Buenas tardes mi pregunta es murio mi suegro y falte 2 días a laborar me solicitan documentos soporte como es mi suegro me.piden registro civil de mi cónyuge( tengo una hija ) y documento notariado ella no quiere hacer ese documento y me lo piden en el trabajo como puedo solucionar en esta situación??
marzo 17th, 2020 a las 3:59 pm
Buenas tardes, mi pregunta es si estoy en una licencia no remunerada y muere mi padre tengo derecho a la licencia de los 5 días, se corre la licencia?
mayo 4th, 2020 a las 1:39 pm
Buenas tardes mi madre murió hace quince y a mi esposo le piden un certificado mio de nacimiento para constar que es mi madre pero tengo problema para sacar uno por la cuarentena las registradurias están cerradas que puedo hacer,
junio 25th, 2020 a las 3:50 pm
HACE QUINCE DÍAS SE MURIÓ MI SOBRINA TENGO DERECHO A UNA LICENCIA
junio 15th, 2021 a las 4:43 pm
No aplica.
diciembre 12th, 2021 a las 11:18 am
No aplica para este caso , porque la licencia es hasta el segundo grado de consanguinidad
junio 30th, 2020 a las 9:59 am
Buenos días, soy empleador y una trabajadora lleve menos de 1 año con su actual pareja conviviendo, falleció la mama del cónyuge y la señora se tomo los días por licencia de luto.
Ellos no superan los 2 años que dice la ley para que sea unión libre!y se casaron bajo una ceremonia evangélica donde no tienen ningún papel que soporte eso ante la Ley.
¿USTEDES CREEN QUE SI APLICARIA ESTA LICENCIA PARA NUESTRA TRABAJADORA, O NO?
enero 29th, 2022 a las 3:59 pm
Hola, sí le aplicaba, usted tiene es que asegurarse de que el señor sí es el marido y que la mamá sí se le murió, si no tienen documentos pero usted sí conocía desde antes que el señor es el esposo, pues por conciencia aplica.
Lo que pudo hacer fué descontarle el auxilio de transporte de ésos días.
noviembre 11th, 2020 a las 12:32 pm
BUENAS TARDES SI YA PASO 15 DIAS DEL FALLECIMIENTO DE MI PADRE PUEDO AUN SACAR LOS DIAS DE LUTO
diciembre 21st, 2020 a las 3:54 pm
Buena tarde Que requisitos documentales se deben presentar a la empresa si fallece mi abuela? Además del acta de defunción?
enero 8th, 2021 a las 2:59 pm
si a un trabajador le fallece el familiar el dia de su descanso a partir de cuando aplicaria su licencia por luto?
febrero 13th, 2021 a las 10:37 am
LOS SOBRINOS NO APARECEN EN LA LICENCIA ?
mayo 17th, 2021 a las 10:52 pm
Buena tarde….si el trabajador lleva menos de 2 meses y fallece la abuela tiene derecho a esta licencia por luto? tambien el contrato es por labor u obra contrada aplica
mayo 25th, 2021 a las 11:42 pm
Buenas noches,
A un colaborador le sucedió, que se murió el fue su suegro.
Pero la compañera aún está afiliada como beneficiaria, tiene derecho a licencia por luto, siendo que ya no eran compañeros permanentes hace varios años…?
junio 16th, 2021 a las 10:37 am
Buenos Dias
tengo una pequeña duda mi padre fallecio un sabado en la tarde, yo trabajo hasta los sabados en la mañana. apartir de ese dia comienzan a contar los dias de licencia? asi yo halla laborado normal?.
agosto 27th, 2021 a las 4:04 pm
Pregunta la muerte de Padrastro no es cubierta por la ley?
septiembre 22nd, 2021 a las 5:13 pm
Buenas tardes si fallece el abuelo de mi esposa puedo pedir la licencia de los 5 días a la empresa???
octubre 7th, 2021 a las 5:16 pm
¿A una persona que venía laborando con nosotros medio tiempo y con un contrato fijo a 6 meses, se le puede aumentar la jornada a 36 horas semanales y con un salario proporcional a las horas laboradas, que en este caso, sería menos del salario mínimo?¿Y si la empresa no tiene una justificación para asignar la jornada de 36 horas, puede asignarla?
octubre 27th, 2021 a las 11:11 am
Buenos dias una empleada se encuentra en licencia de vacaciones en el exterior y durante este periodo fallece su abuela, aplicaria ley de luto??
octubre 27th, 2021 a las 11:14 am
Buenos dias una empleada se encuentra en licencia no remunetrada por vacaciones en el exterior y durante este periodo fallece su abuela, aplicaria ley de luto??
noviembre 17th, 2021 a las 11:38 am
Buen dia una persona le fallece una abuela materna en este caso se le debe solicitar al trabajador estos documentos:
1. Registro civil de la Madre para validar parentesco de la madre y la abuela.
2.Registro Civil del Hijo para validar el parentesco del hijo y la madre
3. Copias de las cedulas de la madre y abuela
4. Certificado de difuncion.
quedo pendiente de sus cometarios
noviembre 17th, 2021 a las 4:06 pm
Buenas tardes,
La licencia por luto se cuenta desde el día del fallecimiento o un día despues?
junio 23rd, 2022 a las 3:09 pm
Desde el día del fallecimiento
diciembre 21st, 2021 a las 10:49 am
Y si el empleado no quiere tomarse la licencia completa, solamente 2 días, por que manifiesta que prefiere trabajar y estar ocupado por que considera que es mejor para su salud física y mental? lo puedo obligar a no trabajar los 5 días completos ?
enero 10th, 2022 a las 3:49 pm
BUENAS TARDES HACE TRES AÑOS ME SEPARE QUIEN ERA MI ESPOSO FALLECIO VIVIMOS DURANTE 20 AÑOS EN UNION LIBRE DEL CUAL HAY DOS HIJOS TENGO ALGUNA LICENCIA REMUNERALBLE O NO CUBRE NADA GRACIAS.
enero 12th, 2022 a las 11:50 am
buenas tardes, me dicen que son 5 dias habiles incluyendo el sabado, que hay un concepto no se que concepto es, q
marzo 11th, 2022 a las 3:55 pm
Buenas tardes, como se reconoce el pago de la licencia por luto a las personas con salario variable porque reciben comisiones por ventas?
abril 1st, 2022 a las 5:33 pm
Gerencie.com, es la mejor ayuda que tengo en muchos temas. Gracias.
junio 10th, 2022 a las 6:41 am
Buenos días.
Mi madre falleció a causa de la pandemia, en ese momento me confinaron por covid y mi jefe me negó los días de luto por ley, manifestó que ya estaban incluidos en los días de resguardo por la pandemia. Es verdad? o aun puedo obtener esos días que me otorga la ley?