Utilidades decretadas se deben contabilizar como un pasivo

Las utilidades que las sociedades decreten en efectivo se deben reconocer como un pasivo, puesto que una vez decretadas adquieren el carácter de exigibles para los socios o accionistas.

Contabilización de la distribución de utilidades.

Las utilidades se pueden decretar en acciones o cuotas partes o en efectivo, y al hacerse en efectivo, por corresponder a un derecho del socio y a una obligación de la empresa, adquieren la naturaleza de un pasivo.

Al hacer el cierre contable las utilidades se contabilizan en el patrimonio, cuenta 3605, y cuando son distribuidas, se trasladan como un pasivo en favor de los socios.

En efecto, el plan único de cuentas para comerciantes, dispone de la cuenta 2360 [Dividendos o participaciones por pagar], donde se deben registras los dividendos y las participaciones decretadas por la asamblea.

Cuenta contable utilidades decretadas.

Al respecto dice la dinámica de la cuenta 2360.

«Registra el valor de los dividendos o participaciones decretados por la Asamblea General de Accionistas o Junta de Socios y que deberán ser pagados dentro del término legal establecido.»

Recordemos que se hace referencia a dividendos cuando se trata de utilidades distribuidas por sociedad cuyo capital está conformado por acciones como en el caso de las sociedades anónimas, y se hace referencia a participaciones cuando se trata de la utilidad distribuida por sociedades cuyo capital social está compuesto por cuotas partes o cuotas de interés, como es el caso de las sociedades limitadas y asimiladas.

En consecuencia, el asiento contable al distribuir las utilidades sería el siguiente:

Cuenta. Débito. Crédito.
3605 xxx
2360 xxx

Las utilidades decretadas al constituir un pasivo son susceptibles de generar intereses a favor de los beneficiarios del pasivo que en este caso son los socios de la empresa, y si así lo aprueba la asamblea mediante acta, se podrán reconocer intereses por esas utilidades no pagadas, intereses que serán deducibles del impuesto de renta siempre y cuando no superen la tasa de usura, es decir, que cumplan con los requisitos establecidos por el artículo 117 del estatuto tributario.

Utilidades decretadas en las NIIF.

En el contexto de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), las utilidades decretadas por una sociedad se contabilizan de la siguiente manera:

Reconocimiento de las utilidades decretadas. Las utilidades decretadas por una sociedad son reconocidas como pasivos en el balance general en la fecha en que la sociedad aprueba su distribución a los accionistas o propietarios.

El reconocimiento de estas utilidades como pasivos implica una obligación presente de la entidad de transferir recursos (generalmente efectivo) en el futuro a los accionistas o propietarios.

Clasificación en el balance Las utilidades decretadas se clasifican generalmente dentro de los pasivos corrientes o no corrientes según se espere que se paguen en un plazo menor o mayor a un año, respectivamente.
Divulgación Las NIIF requieren que las empresas proporcionen una adecuada revelación en las notas a los estados financieros para describir la naturaleza y el monto de las utilidades decretadas y cualquier restricción que pueda existir sobre su distribución.
Impacto en el estado de resultados La distribución de las utilidades decretadas se reflejará en el estado de resultados cuando efectivamente se pague a los accionistas o propietarios.

Es importante destacar que las utilidades decretadas no representan un gasto para la entidad, ya que son una asignación de los beneficios acumulados a los accionistas o propietarios y no afectan directamente el resultado del período. Sin embargo, su registro y revelación son fundamentales para proporcionar información transparente sobre la situación financiera y la capacidad de la empresa para distribuir dividendos.

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  1. oswaldo meza (marzo 13 de 2023)

    son una de las mejores herramientas para nosotros los contadores…gracias

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