En algunos trabajos como en el servicio doméstico, los trabajadores laboran algunos días al mes, o generalmente un día a la semana. ¿Cómo se liquidan y pagan las vacaciones en esos casos?
Vacaciones en trabajadores que laboran por días.
El artículo 186 del código sustantivo del trabajo señala que por cada año de trabajo el trabajador tiene derecho a 15 días hábiles consecutivos de vacaciones, lo que no cambia por el hecho de que el trabajador labore unos pocos días en el mes.
La intención de la ley es que durante 15 días hábiles consecutivos el trabajador no labore, y si durante esos 15 días el trabajador normalmente labora 2 o 3 días, pues esas serán sus vacaciones.
Como el trabajador laboraba un día a la semana, durante poco más de dos semanas el trabajador no irá a trabajar ese día a la semana que acostumbra hacerlo. El asunto se complica un poco cuando se trata de liquidar y pagar ese periodo de descanso remunerado.
Cómo liquidar vacaciones por días.
El artículo 192 del código sustantivo del trabajo señala que el trabajador será remunerado en sus vacaciones con el sueldo que esté devengando el día en que salga a vacaciones, y como es lógico, si el trabajador laboraba un día casa semana, no se puede pretender que los 15 días de vacaciones le sean remunerados en su totalidad, sino que es preciso determinar la proporcionalidad en función del día semanal que labora.
Siendo así, primero hay que determinar el sueldo mensual según el número de días que trabaja en un mes.
Supongamos que el empleado trabaja un día a la semana y se le pagan $40.000 diarios.
Determinación del salario mensual.
Para determinar el sueldo mensual multiplicamos los 40.000 x 4.33, que es el número de semanas que tiene un mes.
Si el trabajador labora un día a la semana, significa que en promedio cada mes labora 4.33 días, que resultan de dividir las 52 semanas que tiene el año entre los 12 meses que tienen el año.
Entonces tenemos 4.33 x 40.000 = 172.300
El trabajador devenga mensualmente $172.300 y esa es la base para calcular las vacaciones.
Liquidación de las vacaciones.
Habiendo determinado el salario base para liquidar las vacaciones aplicamos la conocida fórmula de las vacaciones:
Salario X días trabajados ÷ 720>
Cómo vamos a liquidar un año completo, hacemos el siguiente cálculo:
172.300 x 360 /720 = 86.150.
Como podemos observar, $86.150 equivale a la mitad del sueldo toda vez que la vacaciones corresponden a 15 días, teniendo en cuenta que probablemente se deba hacer un ajuste debido a que las vacaciones son 15 días hábiles, que terminan siendo más de 15 días calendario en razón a los fines de semana y días festivos.
Si el periodo de vacaciones a liquidar no fuera un año sino 6 meses, se determina la proporción respectiva así:
172.300 x 180 /720 = 41.075.
Lo que ha cambiado es que los días trabajados no son 360 días, sino 180 días.
En resumen, primero hemos determinado el salario mensual que devenga el trabajador según los días laborados, y a partir de ese valor se liquidan las vacaciones normalmente.
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diciembre 2nd, 2020 a las 10:11 am
Excelente y muy bien explicado el artículo de Gerencie.com y para aclarar un poco más el tema, considero que en la práctica, para liquidar las vacaciones para trabajadores por días, el legislador debió haber interpretado mejor la fórmula matemática para dicho cálculo y debería tener un nombre diferente en la parte que dice días trabajados, ya que muchos empleadores aplicando textualmente el término “días trabajados” lo que hacen efectivamente es sumar los días exactos laborados por el trabajador por días. Ejemplo: En el caso aquí expuesto suponiendo que el trabajador laboró 6 meses, o sea 180 días, pero lo hacía un día a la semana, ocurre que los días efectivos fueron 24 en los 6 meses y eso es cierto pero es erróneo a la hora de aplicar la fórmula de las vacaciones porque lo que se debe interpretar es el extremo laboral o el periodo contratado, que en éste caso del ejemplo son 180 días, es decir que la fórmula matemática para el cálculo de las vacaciones y en general las prestaciones sociales de los trabajadores por días, debió haberse expuesto de la siguiente manera: Salario base x periodo contratado / 720. Cordialmente: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral.
agosto 17th, 2021 a las 11:28 pm
Estoy de acuerdo en lo que manifiestas, los conceptos nombrados en la formula de vacaciones, deben ajustarse específicamente para estos casos en particular.
diciembre 2nd, 2020 a las 1:06 pm
El resultado de 4.33 x 40.000 = 173.200
Luego si trabajara un año le correspondería por vacaciones, aplicando la fórmula, $86.600
Y si lo hiciera por un tiempo de seis meses su liquidación daría $43.300
abril 6th, 2021 a las 6:53 am
Buen dia
si un trabajador, labora solo 45 dias y se retira; el empleado tiene derecho a vacaciones.
agradezco la informacion que me puedan dar.
German NIETO
[email protected]
abril 18th, 2022 a las 12:17 pm
Hola buenas tardes si yo como empleado me gano 908.500 y trabaje todo el año menos los domingos y saque 5 de vacaciones cuanto me debe la empresa en plata
septiembre 22nd, 2022 a las 11:52 am
Hola buen dia, tengo esta duda.
Tengo un contrato laboral con una persona que labora 2.5 dias a la semana (lunes medio dia, miercoles y jueves dia completo), esta persona pide 15 dias habiles para disfrutar sus vacaciones, pero no he podiddo encontrar como conmutar los dias que ella disfrutara. La pregunta es debo contar los 15 dias habiles consecutivos o solamente cuento como habiles los dias en que ella efectivamente trabaja (lunes medio dia, miercoles y jueves dia completo)??. Agradezco mucho a quien pueda aclarar mi duda.
enero 16th, 2023 a las 9:39 am
Buenos dias aca tengo dos dudas, si se trabajan los sabados se cuenta como dia habil? y si los dias de descanso de vacaciones suma 17 dias contando dominicales se deben pagar completos?