¿El día de descanso se cuenta como vacaciones?

¿Los días de descanso obligatorio como domingos y festivos, o sábados cuando no se laboran en la empresa, se cuentan como vacaciones?

Los días de descanso como domingos y festivos no se cuentan como vacaciones en razón a que las vacaciones son días hábiles, por lo que se excluyen los días no hábiles.

Por cada año de trabajo el empleado disfruta de 15 días hábiles, lo que implica que se deban sumar los domingos y festivos a esos 15 días para determinar el total de días que el trabajador tendrá de vacaciones.

Ahora, si el trabajador termina las vacaciones justo antes de un día de descanso obligatorio, no tendrá que ir a trabajar ese día, precisamente por ser un día de descanso obligatorio.

Por ejemplo, si el trabajador termina sus vacaciones el sábado, sólo debe regresar a trabajar el lunes, pues el domingo por su propio derecho es de descanso obligatorio, y si fuera llamado a laborar se le tendrá que pagar el recargo respectivo.

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