Base para la liquidación de la prima de servicios

Para calcular o liquidar la prima de servicios, se toma como base todos los pagos que reciba el trabajador y que constituyan salario.

Recordemos que un pago constituye salario cuando tiene como finalidad  remunerar el trabajo del empleado, cuando ese pago es la contraprestación económica por una labor realizada por el empleado.

Así, dentro de la base para calcular la prima de servicio,  adicionalmente al sueldo básico, se incluye el valor recibido por concepto de horas extras, recargos nocturnos, festivos y dominicales, así como los pagos por comisiones.

Se incluye también dentro de la base para el cálculo de la prima de servicios, los pagos recibidos en especie.

Por expresa disposición legal, y aunque no constituye salario, el auxilio de transporte se debe incorporar a la base para el cálculo de la prima de servicios.

No se incluyen en la base para el cálculo de la prima de servicios, aquellos pagos que no constituyen salario, ya sea por su propia naturaleza o porque así lo han pactado las partes expresamente en el contrato de trabajo.

Cuando el trabajador tiene un sueldo variable, es preciso determinar el ingreso promedio obtenido por el trabajador durante el respectivo semestre.

Recordemos que la prima de servicios se paga en dos cuotas; una que corresponde al primer semestre y otra que corresponde al segundo semestre, de modo que en el caso de los salarios variables, se promedia lo que el trabajador devengó entre el 01 de enero hasta el 30 de junio, para determinar la base de la prima que se paga el 30 de junio. Para calcular la prima correspondiente al segundo semestre y que se paga a más tardar el 20 de diciembre, se promedia el salario devengado por el trabajador desde el 01 de julio hasta el 31 de diciembre.

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Publicado el día 9 de Diciembre de 2008 a las 2:30.PM.

Comentarios

20 Opiniones en “Base para la liquidación de la prima de servicios”
  1. aviduran dice:

    Tengo una pregunta.

    Ingrese a una empresa el 09 de octubre del año en curso. Antes del 10 de noviembre debe la empresa pagar parafiscales y seguridad social. Me informa la señora que venia haciendo los pagos por estos conceptos que ellos pagan un mes adelantado lo que tine que ver con salud. Entonces antes del 10 de noviembre, la empresa por mi debe pagar 22 dias + 30 dias de salud ?

    Tengo entendido que en los recibos de pago por disposicion legal debe aparecer que si yo entro en octubre, entonces la salud de ese mes me atienden en noviembre y asi sucesivamente.

    Necesito una pequeña aclaracion de esto y si me pueden remitir links u enlaces donde se exponga clamaente el asunto (que enriedo de las leyes colombianas)

  2. yayita dice:

    como se liquida una persona con salario promedio “el salario+horas promedio?

    • juanita dice:

      Con salario promedio, debes tomar todos los ingresos que haya percibido la persona durante el ùltimo año, que incluye horas extras, y demas, excepto bonificaciones – y lo divides en 360 dìas y de allì sale el promedio del salario base para liquidar

  3. luz dice:

    cuando liquido la prima de servicios, adicional de la mitad del sueldo cuando agrego de auxilio de transporte

    • Buenos días, Luz.

      La prima de servicios se calcula tomando como base el salario mas el auxilio de transporte, luego usted debe pagar la prima de servicios, el suelo y el auxilio de transporte.

      Supongamos un sueldo de 600.000 y el auxilio de transporte de 55.000.

      Tendría entonces que pagar lo siguiente:
      Prima de servicios 327.500
      Sueldo 600.000
      Auxilio de transporte 55.000

      Esto como un ejemplo sencillo ilustrativo.

      Saludos!

  4. german dice:

    Como se pueden manejar las comisiones de los vendedores para que no hagan parte del factor prestacional ni de seg. social??

    • juanita dice:

      Solamente lo debes acordar con el trabajador y por escrito, donde quede registrado que este valor no constituye salarios, y su nombre que no sea comisiòn sino bonificaciòn.

  5. juan luna dice:

    a que tengo deresho si lavore ciete meses con ceis dia aviles y vigente del año actual 2009

  6. ADRIANA DICE: dice:

    Labore en una compañia durante 5 (cinco años) ganaba el salario minimo y comisiones sobre las ventas, cuando me entrega la liquidacion me da cheques postfechados sobre las comisiones los cuales no los puedo cobrar por que no hay fondos en esas cuentas hablo con mi ex patron y no meda ninguna solucion y dice que no tiene y no que puedo hacer.
    Gracias

    • juanita dice:

      Mi querida Adriana: Lo ùnico que te queda es esperar y tener paciencia por que ya firmaste el recibo de estos cheques y siempre ir por las buenas para que esto se haga efectivo, pues de otra manera todo se torna lento y en ùltimas tu eres la que necesita el dinero.

  7. Rosa S. dice:

    Gracias por aclarar nuestras dudas.Soy docente con un contrato del 1 de febrero hasta el 30 de noviembre.Mi pregunta es, el calendario escolar es de 10 meses o 12 meses, pues la prima me la promedian a 10 por lo tanto mi liquidacion a final de año se afecta.Además por los dias de vacaciones escolares que no trabajo se me descuentan esos días de transporte ,es correcto o que debo exigir.Gracias

  8. erika aguilera dice:

    ¿me gustaria saber como hago para liquidar la prima a un trabajador que gana por comision?

  9. diana roa dice:

    Necesito por favor saber si trabajo 6 meses y hago retiro volountario cuanto seri mi liquidacion entre el 2 marzo del 2009 y trabajo hasta el 05 de sep 2009 contrato a termino indefinido.

  10. MARIELA dice:

    Quiero saber a partir de cuantos dias laborados se tiene derecho a recibir prima de servicio (30,50, 60 dias ) Gracias

  11. hermoxa dice:

    necesitho bases de toas las lii quidaciones ……

  12. amec dice:

    quiero saber si tengo derecho a una liquidacion adelantada.

  13. Liliana Rodriguez dice:

    Agradezco su colaboracion con el fin de liquidar la prima de servicios para alguien que gana 750000, es docente y su contrato es a 10 meses, mi pregunta es si se descuentan los 8 dias de receso escolar de octubre al calculo de dias laborados

  14. Eduardo dice:

    Para los trabajadores que ganan salario promedio, como se estima el promedio para el segundo semestre (prima navideña), partiendo de la base que se deben pagar el 20 de diciembre y éste último mes aún no ha terminado, desconociendo así la producción final de diciembre a fin de incluirlo en el calculo del promedio semestral….es valido calcular el promedio teniendo en cuenta solo los salarios obtenidos desde el 1 de julio hasta el 30 de Noviembre y dividirlos entre los 5 meses de la valoración??

    Gracias por sus prontos comentarios

  15. Yohana dice:

    Una pregunta: en caso de que el salario sea variable, es prudente que la empresa haga la provisión mensual del valor de la prima con base en los devengos constitutivos de salario?? pienso que seríua equivalente a realizar el promedio del último semestre para calcular el valor de la prima.
    Espero que sea aclarada mi duda.
    Gracias!

  16. MARIA dice:

    QUE FORMULA SE UTILIZA PARA SACAR EL PROMEDIO DE HORAS EXTRAS, EL CUAL SE UTILIZA EN LAS LIQUIDACIONES DE CONTRATO DE TRABAJO.

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