Liquidador de renta personas naturales. Su declaración paso a paso con cálculos verificables. Descubrir cómo funciona →

Cómo liquidar la prima de servicios: fórmula y ejemplos

🎧Resumen del artículo

📄 Leer resumen

Según el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios se liquida al menos cada seis meses y equivale al 8.33% de los pagos salariales del periodo, que generalmente es de 6 meses. Se calcula como un mes de salario por cada año trabajado, o proporcionalmente si el tiempo es menor. Para su liquidación, se deben considerar todos los pagos que constituyen salario, incluyendo recargos y auxilio de transporte. Se recomienda promediar el salario mensual para incorporar a la base de liquidación todos los pagos salariales que recibe el trabajador.

De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, cada seis meses los responsables de la nómina de la empresa deben liquidar la prima de servicios de sus trabajadores, la cual corresponde al 8.33% de los pagos salariales del periodo a liquidar.

¿Cómo se liquida la prima?

La prima de servicios se liquida en función del salario devengado por el trabajador y en función del tiempo que se lleve laborado o desde la última liquidación que se haya realizado, correspondiendo a 1 mes de salario por cada año trabajado o proporcionalmente si el periodo a liquidar es inferior a 1 año.

Esto significa que la prima de servicios corresponde a la doceava parte del salario del periodo a liquidar, y la doceava parte es igual a 8.33%, valor al que se llega dividiendo 100/12 o 1/12.

Por consiguiente, la prima de servicios se liquida aplicando el 8.33% a los pagos laborales que el trabajador recibió en el periodo a liquidar, que generalmente son 6 meses.

Fórmula para liquidar la prima de servicios

La fórmula que se utiliza para liquidar la prima de servicios es la siguiente:

(Salario x días trabajados)/360

Donde:

  • El salario es la remuneración mensual que recibe el trabajador.
  • Los días trabajados son los que tiene el periodo a liquidar. Si son 6 meses, son 180 y si es un año, son 360.
  • 360 es el número de días que tiene el año para efectos laborales.

La fórmula anterior es la que se utiliza generalmente para provisionar las cesantías cada mes o cada quincena que se liquida la nómina, pero no es la forma más indicada para liquidar la prima de forma definitiva, como se explicará a continuación.

Base para liquidar la prima de servicios.

La fórmula anterior toma el salario del trabajador, pero el trabajador suele devengar conceptos distintos al salario básico, como recargos por horas extras, nocturnas, dominicales y festivas, etc., y todos esos pagos son constitutivos de salario, así que deben integrar la base para liquidar la prima de servicios. Hay dos formas de hacerlo: promediando el salario en el período a liquidar para luego aplicar la fórmula, o sumando todos los pagos salariales del período a liquidar y aplicando el 8.33% al resultado.

Se ha popularizado el criterio según el cual el salario solo se debe promediar cuando el trabajador devenga un salario variable, y eso no es cierto. La prima de servicios está regulada por los artículos 306, 307 y 308 del Código Sustantivo del Trabajo, y ninguno de ellos habla de salario promedio ni de salario variable. Se limita a decir que la prima corresponde a 1 mes de salario por año.

Ahora, cuando la norma habla de 1 mes de salario por año de trabajo, no debe interpretarse que solo se toma el salario básico, sino que se deben tomar todos los pagos que constituyen salario, como los recargos ya señalados. Una de las formas de incorporar a la base de liquidación los pagos remunerativos distintos al salario es utilizando el promedio y la fórmula antes mencionada, o sumando todos los pagos laborales que el trabajador recibió en el período y aplicándoles el 8.33%.

Para ilustrarlo, vamos a liquidar la prima de servicios correspondiente al período de enero a junio con los siguientes datos:

Mes Promedio Acumulativo
Enero $ 3.860.000 $ 3.860.000
Febrero $ 3.956.000 $ 3.956.000
Marzo $ 4.326.000 $ 4.326.000
Abril $ 3.650.000 $ 3.650.000
Mayo $ 4.080.000 $ 4.080.000
Junio $ 3.935.000 $ 3.935.000
Salario base $ 3.967.833 $ 23.807.000
Método Fórmula

($3.967.833 X 180) / 360

Porcentaje directo

$23.807.000 x 8.33%

Prima de servicios $ 1.983.123 $ 1.983.917

El valor de las dos formas es ligeramente diferente porque aplicamos el 8.33%, con 2 decimales, pero si utilizamos 6 decimales (8.333333%), el resultado es exactamente igual.

De acuerdo a lo anterior, la forma más precisa y práctica de liquidar la prima de servicios es determinando el promedio mensual devengado por el trabajador y aplicando la fórmula antes explicada.

Así se liquida la prima de servicios.

Una vez que se tienen los datos necesarios, se procede a liquidar la prima de servicios.

Partiendo del ejemplo antes señalado, aplicamos la fórmula previamente señalada:

  • Salario base: $3.967.833.
  • Días trabajados: 180 (de julio a diciembre)

Entonces tenemos:

Paso 1  $ 3.967.833 x 180 = $ 714.210.000
Paso 2   $ 714.210.000/360 = $ 1.983.917
Prima de servicios  $ 1.983.917

Como podemos observar, $1.983.917 equivale a la mitad del salario promedio, que es de $3.967.833, pues se está calculando una cuota de la prima de servicios, ya que la prima se liquida en junio, y la prima de servicios es igual a un salario mensual por cada año de trabajo, es decir, mitad en junio y la otra mitad en diciembre.

La prima se liquida con auxilio de transporte.

La prima de servicios se liquida con el auxilio de transporte, que, si bien no es un pago que constituye salario, se incluye dentro de la base para liquidar las prestaciones sociales, como lo es la prima de servicios por expresa disposición de la ley 15 de 1959.

Calculadora en línea para liquidar la prima de servicios.

Hemos elaborado una calculadora en línea para liquidar la prima de servicios con los valores que suministre el usuario.

Ingrese los datos para calcular la prima de servicios.

El formato permite ingresar los diferentes conceptos que hacen parte de la base para liquidar la prima de servicios, como salario, comisiones, horas extras, recargos y auxilio de transporte si el trabajador tiene derecho a él.

Preguntas frecuentes.

A continuación, respondemos las preguntas frecuentes que hacen nuestros lectores:

¿Cómo liquidar la prima de mitad de año?

Para liquidar la prima de servicios de mitad de año, que corresponde a 6 meses, se aplica la misma fórmula, pero con 180 días trabajados.

Esto suponiendo que el trabajador ha laborado el semestre completo, pues si no es el caso, los días serán menos de 180.

Lo mismo aplica para la prima de fin de año, que se liquida por el segundo semestre.

¿La prima se liquida con auxilio de transporte?

Sí. La prima de servicios se liquida con el auxilio de transporte en la medida en que este hace parte de la base para su liquidación.

¿Qué normas regulan la liquidación de la prima de servicios?

La liquidación de la prima de servicios está regulada por el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.

¿La prima de servicios es obligatoria para todos los trabajadores?

Sí, para todo trabajador que esté vinculado con un contrato de trabajo.

¿La prima de servicios incluye comisiones y bonificaciones?

La prima de servicios incluye las comisiones, que son de naturaleza remunerativa. Las bonificaciones se incluyen siempre que constituyan salario, o dicho de otro modo, siempre que las partes no las hayan pactado como pagos no constitutivos de salario.

¿Aún no tienes cuenta en Gerencie.com?
El registro es completamente gratis y desbloquea beneficios exclusivos.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2026, junio 6). Cómo liquidar la prima de servicios: fórmula y ejemplos [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/liquidacion-de-la-prima-de-servicios.html

Deje su opinión o su pregunta. Trataremos de darle respuesta.
Su comentario o pregunta será editada automáticamente por el sistema.

Regístrese para informarle cuando se responda su pregunta.

14 comentarios
  1. MJGT julio 8 de 2026

    Buenas tardes

    No es claro cómo se liquida la prima a un empleado que trabaja 2 veces por semana. La duda es, si son 2 días a la semana, esto sería 8 días al mes aprox, por 6 meses da 48 días. Entonces, ¿se multiplica el valor mensual que en el ejemplo es de 700.000, lo multiplico por los 48 días y lo divido en 360?

    Es que la fórmula multiplica siempre por 180 días, pero si realmente trabajó solo 48 días, que es lo real, ¿cuál debe ser el cálculo?

    Responder a MJGT
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a @MJGT julio 8 de 2026

      Se mensualiza el salario, esto es, se multiplica los días trabajados en el mes por el salario diario para hallar el valor mensual, y con base a ese valor se aplica la fórmula estándar.

      Si el salario mensual resulta en $700.000 y va a liquidar 6 meses, la fórmula es: $700.000 x 180 / 360

      Responder a Gerencie.com
  2. natalia florez junio 18 de 2026

    Tengo entendido que las novedades como vacaciones o incapacidades no afectan en el cálculo de la prima. Ejemplo: si es el primer semestre y tuvo 3 días de incapacidad, siguen siendo 180 días a liquidar. Pero, ¿aplica igual para el auxilio de transporte? Es decir, si él se incapacita o sale a vacaciones, ejemplo 10 días, ¿igual son 180 días para el auxilio de transporte o ahí sí serían 170?

    Responder a natalia florez
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a @natalia florez junio 18 de 2026

      El auxilio de transporte hace parte de la base para liquidar la prima de servicios, así que se incluye dentro del salario base junto con el salario, aplicando el mismo tratamiento, es decir, 180 días.

      Responder a Gerencie.com
  3. Héctor Rodriguez junio 17 de 2025

    Los días de incapacidad se tienen en cuenta dentro de los días laborados de la fórmula general.

    Ej. Si una persona estuvo incapacitada 25 días dentro del semestre, se liquida la prima con 180 días, o con 155 días, que fueron los días realmente trabajados.
    Gracias

    Responder a Héctor Rodriguez
  4. Johana octubre 28 de 2024

    Buenas noches, mi pregunta es: si se laboró 9 meses que equivalen a 270 días, el cálculo de la prima se realiza por los 270 días, teniendo en cuenta que ya fue liquidada el primer semestre en junio, o equivale solo a partir del 1 de julio, a lo que serían 106 días?

    Responder a Johana
  5. SYLVIA junio 28 de 2022

    Buenas tardes,

    Tengo una duda. Me van a liquidar la prima del primer semestre de 2022. En el mes de enero tenía un salario de 1.014.000 y, a partir del mes de febrero, me lo cambiaron a 1.108.000. ¿Cómo lo liquidan? Porque lo están promediando y no están tomando en cuenta el salario de los últimos 6 meses.

    ¿Me pueden orientar?

    Responder a SYLVIA
    • Gbot
      Gbot en respuesta a @SYLVIA octubre 10 de 2024

      La prima de servicios se liquida con base en el salario del trabajador al momento de liquidarla, y si durante los 6 meses anteriores a la fecha de pago hubo cambios salariales, se promediará el salario devengado en esos 6 meses.

      En su caso, para liquidar la prima del primer semestre de 2022 (junio), que se paga a más tardar el 30 de junio, debe promediarse el salario correspondiente a los primeros seis meses del año. En enero tenía un salario de $1.014.000 y desde febrero tiene uno de $1.108.000.

      Para calcularlo:

      – Enero: $1.014.000
      – Febrero: $1.108.000
      – Marzo: $1.1080.
      – Abril: $1..080.
      – Mayo: $1..080.
      – Junio hasta ahora (suponiendo lo mismo):$1108000

      Los salarios correspondientes a cada mes son iguales o similares excepto por enero que es diferente; sin embargo, como sólo hay una diferencia no afecta mucho porque al hacer promedio da exactamente lo mismo.

      Por ejemplo:

      (1014000 + 1108000 + 1108000 + …)/6 = x

      x=1097667

      Si hubiera varios valores diferentes sí afectaría más.

      El artículo consultado detalla cómo realizar este cálculo y aclara las diferencias entre promediar salarios mensuales y tomar un promedio aritmético simple cuando solo hay dos cifras distintas en períodos específicos dentro del semestre considerado.

      No obstante, es importante mencionar que si bien esto aplica para la prima semestral ordinaria, existen consideraciones adicionales para situaciones específicas como pagos anticipados o ajustes posteriores según lo estipulado en otros artículos relacionados sobre la materia laboral.

      Responder a Gbot
  6. Dorothy junio 16 de 2022

    Buenas tardes. En la liquidación de la prima de servicios, se debe incluir el auxilio de transporte. Por favor, aclaren eso.

    Responder a Dorothy
    • Ernesto Piedrahita en respuesta a @Dorothy diciembre 16 de 2023

      Si el trabajador, debido al salario que devenga, tiene derecho al auxilio de transporte, este deberá ser incluido en el cálculo de la prima de servicios y también de las cesantías. Cordialmente, Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Respondo de manera gratuita a un máximo de dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi WhatsApp o llamando vía celular. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales y despidos con o sin justa causa.

      Responder a Ernesto Piedrahita
  7. Yannet enero 4 de 2022

    Buen día, necesito su asesoría, ya que encuentro dos conceptos diferentes para liquidar la prima de servicio a un empleado que trabajó solo 45 días durante el semestre. En la fórmula de Excel, se promedia en seis meses, lo que hace que mi promedio salarial baje. ¿Es correcto esto, o debo dividir el salario promedio entre los 45 días y multiplicarlo por la equivalencia de los días trabajados? (Si por 180 días corresponden 15 días de prima, por 45 días me da un equivalente de 3.5 días). Lo mismo ocurre con el sueldo: lo divido entre 45 días para obtener el valor diario y lo multiplico por los 3.5 días.

    Agradezco su ayuda.

    Responder a Yannet
    • Gbot
      Gbot en respuesta a @Yannet agosto 16 de 2024

      La prima de servicios se liquida con base a los días trabajados en el semestre, así que no es necesario promediar salarios ni nada por el estilo. La fórmula para liquidar la prima de servicios es la siguiente: (Salario mensual x Días trabajados)/360 Donde: – Salario mensual: Es el salario que devengó mensualmente el trabajador sin importar si fue un mes o varios meses pues estos se representan en los días trabajados.

      Responder a Gbot