Indemnización en el contrato de obra o labor

La indemnización en el contrato de labor cuando el trabajador es despedido sin justa causa, es similar a la indemnización en un contrato a término fijo.

La razón es que el contrato de obra o labor, o por destajo como también se le conoce, es una forma de contrato a término fijo, puesto que desde que se inicia el contrato se sabe a ciencia cierta que este terminará cuando se termine la obra o labor contratada.

Y es que así lo contempla el artículo 64 del código sustantivo del trabajo:

(…)En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días (…)

En ese sentido, la indemnización será igual al valor de lo que falte por terminar la obra o labor.

Por ejemplo, si el trabajador fue contratado para que pintara 100 casas de una urbanización y fue despedido sin justa causa cuando apenas había pintado 60 casas, la indemnización será igual a lo que el trabajador hubiera ganado si hubiera pintado las 100 casas, es decir a 40 casas, para lo cual se tendrá que computar el tiempo necesario para ello.

Aunque la norma habla de lapso de tiempo faltante para terminar la obra o labor contratada, ese lapso de tiempo se tendrá que determinar en función del avance de la obra hasta al momento del despido del trabajador, por cuanto un contrato de labor no se mide por días sino por la duración de la obra, obra que puede durar más o menos tiempo dependiendo de muchas circunstancias, y ese tiempo  no se puede determinar hasta tanto no se culmine la obra, y si esta no se termina, se determinará tomando como base lo realizado hasta el momento del despido.

Por último resaltar que la indemnización en el contrato de obra o labor, no podrá ser inferior a 15 días.

03 / 02 / 2011

Opinar o comentar

39 Opiniones en “Indemnización en el contrato de obra o labor”
  1. Marimar dice:

    Buena tarde, mira yo inicie a laborar con un contrato por un valor de $1.600.000 y luego a los cinco días me obligan a pasar carta de renuncia para firmar otro contrato por $940.000, pues uno por la necesidad firme pero me parece ilegal lo que hicieron y en esto momento estoy laborando pero ganando menos dinero

  2. diana quimbayo dice:

    Mira yo ingrse el 6de febrero del presente ano a trabajar a una empresa por medio de una temporal y firm e xontrato por obra o labor pero en nigunomento me dijeron cuanto tiempo seria y hoy me entere por medio de mi jefe directa que no durari a mucho hay que deberia hacer y parte de todo mi jefe y una persona muy grocera y tosca dime que podria hacer en este caso

  3. LUIS BANGUERA dice:

    saludos.

    si un trabajador bajo la modalidad de obra o labor contratada sufre un accidente laboral que lo incapacita varios meses y su reintegro ordena restricciones ocupacionales y teniendo en cuenta que la labor para lo cual se contrato finalizo que debe hacer la empresa contratante.

  4. edwin rodriguez dice:

    buenas tardes; me contrataron en una ARP reconocida por medio de una empresa llamada CODESS que funciona como una temporal, el contrato era con todas las prestaciones sociales pero decia “de obra o labor” a lo que yo pregunte

  5. Claudia dice:

    Es legal que si a uno se le pierde el celular que la empresa le da cuando uno tiene contrato por obra o labor se lo descuenten?

  6. jesus barrera dice:

    Si en la empresa donde trabajo se ñaña una maquina ,por lo cual se suspenden labores por unos dias; ¿es legal que yo quede debiendo a la empresa el tiempo perdido aunque no sea mi culpa el daño mencionado?

  7. natalia dice:

    me contrataron para ser recepcionista, por 4 meses. este se vencia en julio del presente año, y trabaje hasta el 20 de septiembre; ahora me despiden sin justa causa….. quiero saber si tengo derecho a recibir indemnizacion, por que creo que se renovo el contrato por un periodo igual de 4 meses.

    Gracias por sus respuestas

  8. Claudia dice:

    Mi esposo fue contratado para una multinacional a través de una temporal, inicialmente le dijeron que a los 6 meses pasaba por empresa,pasado este lapso le enviaron notificación para ingreso por empresa solicitándole documentación y exámenes médicos,finalmente no ingresó por empresa continúa a través de la temporal, no le han dado respuesta alguna por la cual no ingresó, le dicen que tranquilo que ellos están muy contentos con su desempeño y en 2 meses termina su contrato el cual tengo entendido por ser temporal no debe ser superior a un año, de acuerdo con la ley. Revisando el contrato aparece como contrato por obra o labor y no especifica ningún tiempo de duración de la labor, una vez complete el año cuál este contrato se puede renovar a través de la temporal en caso de haber sido pasado por empresa?

  9. Luisa dice:

    Buenas Tardes,
    Fui contratada por medio del contrato por obra o labor el 5 de Febrero de 2011, la temporal hacer este tipo de contratos y al año uno TIENE que pasar la carta de renuncia y al otro dia se firma un nuevo contrato por obra o labor, quede embarazada en Septiembre del 2011; mi contrato “vencia” el 5 de Febrero del 2012, como estaba en estado de embarazo no me lo finalizaron, me dieron una carta que debia firmar donde me informaban que mi ontrato fializaba el dia que finalizara mi licencia de maternidad precisamente por mi estado; tuve embarazo gemelar a lo que tuve inconvenientes en el embarazo y me inapacitaron muchas veces antes de nacer mis bebes, finalmente nacieron el 11 de abril del 2012, me dieron 112 dias de licencia de maternidad; la licencia finalizaba el 31 de Julio y el 1 de Agosto de 2012 me llamaron pars que me presentara en la temporal, cuando fui me entregaron la carta de finalizacion de mis labores. es esto legal?

  10. AlanBrito79 dice:

    Buenas tardes
    Soy empleado del sector de la salud (enfermero),me contrataron por una temporal y por la modalidad del contrato de obra y labor para trabajar para una clínica, duré trabajando 3 meses cuando la temporal me informo un día vía telefónica que el contrato había terminado, a los tres días me entregaron una carta que citaba que la causa del despido era la terminación de obra labor cuando la clínica sigue funcionando y se siguen recibiendo pacientes.
    Mi pregunta es, es esto legal o puedo o hay cabida para acciones legales? además que llevo más de un mes y no me han entregado la liquidación.
    Agradecería enormemente su colaboración

  11. Laura López dice:

    Hola, tengo un contrato por obra o labor, inicie el 3 de mayo de 2012 estipulando que no se trabajaban los dias domingos ni festivos, de un dia a otro nos dijeron “mañana domingo abrimos y asi quedará definitivamente” estipulando unilateralmente que se trabajaria dominical y festivo, mi pregunta es en un contrato por obra o labor se pagan horas extras, domin y festivo??? es una falta por parte de la empresa cambiar las condiciones del contrato sin previo aviso, que se puede hacer en esos casos cuando el outsourcing o el contratista te exige un horario que no pactaste con la empresa “temporal” que te contrato???

    • DIEGO FERNANDO GUTIERREZ dice:

      Tienes que verificar tu contrato, en el se deben plazmar las condiciones del mismo, por l0 menos debe indicar que el objeto de tu contrato es la prestacion de tus servicios en la entidad a la cual estas trabajando, en ese sentido te deben pagar lo definido en la ley, como horas extras dominicales y demas

  12. stefany dice:

    claro q te deben indemnizar por el resto del tiempo q falto para q cumplieras los 8 meses.

  13. leal roma dice:

    buenos dias
    dos preguntas 1. en los contratos de obra o labor cuando ya esta termina pero el contratista reuqiere en la misma obra que se le relicen otros detalles adicionales debe hacerse otro contrato o como se paga esto?

    2. en los contrtaos de obra o labor cuando se contratan tres veces a la misma persona si se neceita por una curata vez como hacer para q no se vuelve un contrato a termino fijo por un año?

    gracias

    • DIEGO FERNANDO GUTIERREZ dice:

      Debes tener claro que no puedes mezclar los dos tipos de contratos, si estas contratada por obra sera hsta tanto dure la obra, en este caso se supone que las prorrogas se dan hasta tanto se termine la obra. otra cosa distinta es que te hayan contratado a termino fijo menor a un año, en ese caso su contrato se convierte en un contrato definido a un año despues de la tercera prorroga

  14. isamio21 dice:

    hola
    hace 5 dias me contrataron para un trabajo y me dijeron que era por obra labor, el contrato fue por 8 meses y hoy me dicen que me cancelan el contrato porque cambiaron el perfil. Es eso valido? Me deben imdemnizar? por cuanto tiempo me deben indemnizar?
    agradezco su respuestas

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